¿Qué son las áreas de manejo?
Las áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos son sectores de explotación definidos en lugares como playas de mar o hasta cinco millas marítimas mar adentro, a los que podrán acceder las organizaciones de pescadores inscritas en el Registro Pesquero Artesanal. En dichas áreas los pescadores artesanales organizados pueden hacer sus trabajos de pesca y recolección, incluyendo acuicultura (crianza y producción) y captación de semillas.
¿Qué hay que hacer para conseguir un Área de Manejo?
Para obtener un área de manejo, la organización de pescadores artesanales debe presentar un proyecto de manejo y explotación del área que solicite, el que deberá ser aprobado por la Subsecretaría de Pesca. Además hay que pagar cada año una patente equivalente a 0,18 UTM por hectárea que comprende dicha área. Sin embargo, para las áreas donde se autoricen actividades de acuicultura la patente será de 2 UTM por hectárea. La tramitación finaliza con un convenio de manejo con el Servicio Nacional de Pesca, que permite que se inicie el trabajo.
¿Cualquier pescador u organización puede solicitar un área de manejo?
No, sólo las organizaciones que estén inscritas en el Registro Pesquero Artesanal.
¿Qué pasa si dos organizaciones de pescadores quieren acceder a la misma área de manejo?
Si ambas cumplen con todos los requisitos, se podrá asignar el área en forma conjunta, siempre y cuando haya acuerdo entre las organizaciones, el cual debe constar por escrito y autorizado por un notario público. Si no, existen criterios de exclusión. Se preferirá a aquélla que no tenga ya un área asignada. Si no se puede decidir por este criterio, se elegirá a la organización que saque mayor puntaje de una tabla que considera factores como cercanía al área de trabajo, número de socios y antigüedad.
¿Hay ocasiones en que no se paga patente?
Sí, hay excepciones para el pago de la patente:
¿Hay algún tipo de reducción de patentes?
Sí. Para las organizaciones de pescadores que operaron en el período 2004-2009 se les descuenta un 75% del pago de su patente, descuento que será de 100% para los pescadores de las regiones V a IX. Estos últimos pescadores, además, no pagaron patente desde el año 2010 a 2012. Si ellos ya habían hecho esos pagos, se les consideraron como abonos para pagos futuros.
Adicionalmente, se reduce un 75% la deuda por patentes no pagadas a acuicultores que manejen áreas de menos de 1 hectárea (si son personas naturales) o de menos de 50 hectáreas (si son agrupaciones).
¿Qué pasa si los pescadores renuncian a un área de manejo?
No podrán volver a solicitarla hasta tres años después de la renuncia. Lo mismo ocurrirá para quienes pierdan la concesión por explotación indebida (que vaya en contra del plan de manejo presentado) o no pago de la patente.
¿Hay sanciones por extracción indebida?
Para quienes extraigan recursos de un área de manejo contra las normas, habrá multa de 30 a 100 UTM, monto que se duplicará en caso de reincidencia. Para quienes procesen, elaboren o almacenen productos derivados de la mencionada extracción ilegal, la multa será de 30 a 300 UTM, cierre del establecimiento comercial involucrado hasta por 30 días. En caso de reincidencia, las multas se duplicarán y los responsables arriesgan penas de cárcel.