¿Qué son las áreas de manejo?
Las  áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos son sectores de explotación definidos en lugares como playas de mar o hasta cinco millas marítimas mar adentro, a los que podrán acceder las organizaciones de pescadores inscritas en el Registro Pesquero Artesanal. En dichas áreas los pescadores artesanales organizados pueden hacer sus trabajos de pesca y recolección, incluyendo acuicultura (crianza y producción) y captación de semillas.

¿Qué hay que hacer para conseguir un Área de Manejo?
Para obtener un  área de manejo, la organización de pescadores artesanales debe presentar un proyecto de manejo y explotación del área que solicite, el que deberá ser aprobado por la Subsecretaría de Pesca. Además hay que pagar cada año una patente equivalente a 0,18 UTM por hectárea que comprende dicha área. Sin embargo, para las áreas donde se autoricen actividades de acuicultura la patente será de 2 UTM por hectárea. La tramitación finaliza con un convenio de manejo con el Servicio Nacional de Pesca, que permite que se inicie el trabajo.

¿Cualquier pescador u organización puede solicitar un área de manejo?
No, sólo las organizaciones que estén inscritas en el Registro Pesquero Artesanal.

¿Qué pasa si dos organizaciones de pescadores quieren acceder a la misma área de manejo?
Si ambas cumplen con todos los requisitos, se podrá asignar el área en forma conjunta, siempre y cuando haya acuerdo entre las organizaciones, el cual debe constar por escrito y autorizado por un notario público. Si no, existen criterios de exclusión. Se preferirá a aquélla que no tenga ya un área asignada. Si no se puede decidir por este criterio, se elegirá a la organización que saque mayor puntaje de una tabla que considera factores como cercanía al área de trabajo, número de socios y antigüedad.

¿Hay ocasiones en que no se paga patente?
Sí, hay excepciones para el pago de la patente:

  1. Durante los dos primeros años de vigencia del convenio de manejo.
  2. Las áreas donde no haya habido actividad durante el año calendario anterior.
  3. Para las que están en explotación en zonas arrasadas por una catástrofe natural (como por ejemplo el terremoto y tsunami del 27 de febrero de 2010), siempre y cuando una autoridad competente declare su estado.

¿Hay algún tipo de reducción de patentes?
Sí. Para las organizaciones de pescadores que operaron en el período 2004-2009 se les descuenta un 75% del pago de su patente, descuento que será de 100% para los pescadores de las regiones V a IX. Estos últimos pescadores, además, no pagaron patente desde el año 2010 a 2012. Si ellos ya habían hecho esos pagos, se les consideraron como abonos para pagos futuros.

Adicionalmente, se reduce un 75% la deuda por patentes no pagadas a acuicultores que manejen áreas de menos de 1 hectárea (si son personas naturales) o de menos de 50 hectáreas (si son agrupaciones).

¿Qué pasa si los pescadores renuncian a un área de manejo?
No podrán volver a solicitarla hasta tres años después de la renuncia. Lo mismo ocurrirá para quienes pierdan la concesión por explotación indebida (que vaya en contra del plan de manejo presentado) o no pago de la patente.

¿Hay sanciones por extracción indebida?
Para quienes extraigan recursos de un área de manejo contra las normas, habrá multa de 30 a 100 UTM, monto que se duplicará en caso de reincidencia. Para quienes procesen, elaboren o almacenen productos derivados de la mencionada extracción ilegal, la multa será de 30 a 300 UTM, cierre del establecimiento comercial involucrado hasta por 30 días. En caso de reincidencia, las multas se duplicarán y los responsables arriesgan penas de cárcel.