¿Quién es el responsable de mantener en buen estado los ascensores de un edificio?
El o los propietarios de un edificio son los responsables de la mantención de los ascensores, funiculares, montacargas y escaleras o rampas mecánicas ubicados en la propiedad. Ellos deberán celebrar los contratos de mantención, reparación y certificación correspondientes.
El administrador o quien cumpla esas funciones está facultado para contratar en nombre de la comunidad, la mantención y la certificación. Debe informar al comité de administración, de esta obligación y del momento en que debe hacerlo.

¿Quién debe pagar la mantención de los ascensores?
El o los propietarios de un edificio son los responsables de financiar los gastos de mantención y certificación. En el caso de los condominios, los dueños de departamentos u oficinas del edificio a través de las obligaciones económicas que les correspondan.

¿Cualquier técnico o empresa puede instalar, reparar y hacer la mantención a un ascensor?
No, solo los profesionales y empresas dedicados a la instalación y mantención de ascensores que estén inscritos en el Registro Nacional de Instaladores, Mantenedores y Certificadores de Ascensores, dependiente del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU).

¿Cómo saber si el ascensor del edificio donde vivo o trabajo está en buen estado?
Existe un proceso de certificación de la instalación y mantención de ascensores que garantiza su adecuado funcionamiento. En esta instancia se entrega un certificado que debe estar siempre expuesto en una parte visible del ascensor que acredita el cumplimiento técnico de la instalación.
Este certificado emitido por una entidad certificadora acredita que los ascensores, funiculares, montacargas y escaleras o rampas mecánicas, han sido adecuadamente mantenidos y se encuentran en condiciones de seguir funcionando. Además, le permite al propietario o propietarios acreditar el cumplimiento de la norma.

¿Qué organismo sanciona los incumplimientos?
En los juzgados de Policía Local reciben las denuncias por incumplimiento de la normativa y los tribunales penales, abordan las causas más graves. La multa puede llegar a ser de hasta 150 unidades de fomento en contra del propietario que incumpla esta obligación.

¿Qué pasa si se hacen transformaciones en las instalaciones de ascensores?
Las alteraciones o transformaciones en las instalaciones de ascensores y similares deberán ser ejecutadas por empresas o personas que cuenten con una inscripción vigente en el registro de instaladores, mantenedores y certificadores del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Además, deben contar con el acuerdo de la asamblea de copropietarios y el permiso de la Dirección de Obras Municipales, cuando corresponda.

¿Cómo se clasifican las infracciones al registro de instaladores y certificadores de ascensores?
Las infracciones de los instaladores se clasificarán en leves, graves y gravísimas.

  1. La infracción leve es aquella que corresponde al incumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulen la instalación, mantención y certificación de funcionamiento de los ascensores, que no sean graves ni gravísimas. La sanción es amonestación por escrito y multas de hasta 50 Unidades de Fomento.
  2. Las infracciones graves tienen el castigo de suspensión del Registro, hasta por el plazo de un año, y multa de hasta 100 unidades de fomento. Se cuentan en esta categoría los incumplimientos que provoquen fallas graves en el funcionamiento de los ascensores. Eso ocurre cuando la falla haya puesto en serio riesgo la seguridad de las personas.
    También es infracción grave el incumplimiento de los plazos o condiciones acordadas al contratarse los servicios, si hubiera perjuicio para el mandante. Además es grave la reincidencia en alguna infracción leve dentro de un período de dos años y la emisión de certificaciones erróneas.
  3. Las infracciones gravísimas se sancionan con la eliminación o suspensión del Registro, hasta por el plazo de tres años y multa de hasta 150 unidades de fomento.
    Se producen cuando:
    1. El incumplimiento cause daño a la seguridad de las personas, lesiones o muerte.
    2. Hay reincidencia en la comisión de alguna infracción grave dentro de un período de dos años.
    3. Que la empresa esté afectada por alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad, o haya perdido alguno de los requisitos de inscripción en el Registro.
    4. La emisión de certificaciones falsas.
    5. Ser condenado por sentencia firme debido a responsabilidades civiles o penales derivadas de la prestación de los servicios.

La ley de copropiedad establece, asimismo, obligaciones a los administradores por el cumplimiento de las mantenciones y certificaciones y establece sanciones a los administradores.

¿Cuándo prescriben las infracciones?
Las acciones para perseguir las infracciones prescriben en el plazo de dos años contado desde su comisión y su conocimiento corresponderá a los juzgados de policía local.
Pero si los incumplimientos causan lesiones menos graves, graves o la muerte de alguna persona, el caso queda en los tribunales penales, lo que implica que la investigación la dirige la Fiscalía del Ministerio Público.
Los tribunales competentes deberán solicitar informe a la Dirección del Registro para conocer las sanciones previas. Los juzgados y tribunales competentes deberán informar a la Dirección del Registro las sentencias definitivas que apliquen sanciones.