¿Qué es el Programa de Contratación de Aprendices?
Consiste en una bonificación que reciben las empresas, por parte del Estado, por el contrato de jóvenes en calidad de aprendices. El contrato de aprendizaje podrá celebrarse sólo por mayores de 15 y menores de 25 años y tendrá una duración máxima de 2 años. 
De acuerdo al Estatuto de Capacitación y Empleo, esta bonificación mensual es del 50% de un ingreso mínimo por aprendiz, durante los primeros 12 meses de vigencia del contrato, tendiente a compensar los costos de formación en la empresa. Asimismo por una sola vez, recibirá un adicional de hasta 10 unidades tributarias mensuales por aprendiz, destinado a financiar los costos de la enseñanza relacionada.

Objetivos

¿Cómo postular?
Los jóvenes que quieran acceder a esta modalidad de contrato deben inscribirse en las Oficinas Municipales de Información Laboral (OMIL). Después pueden postular a trabajos de forma particular, señalando que buscan ser beneficiarios del Programa de Contratación de Aprendices.

Las empresas que quieran adherirse al Programa de Contratación de Aprendices, deben tomar como base las listas de personas que posea la OMIL de la comuna en que funcionan.

Perfil del postulante

Hombres y mujeres, mayores de 15 y menores de 25 años.
En el caso de postulantes de 15 y 18 años, la ley establece que deberán acreditar haber culminado su educación básica y media o encontrarse cursando cualquiera de estas durante la vigencia del contrato.