¿Qué son las primarias?
Son elecciones realizadas para nominar candidatos a las elecciones populares. La ley establece y regula la realización de esos comicios que pasan a tener validez legal para la nominación de aspirantes a los cargos públicos.

¿Para qué cargos se pueden hacer primarias?
Se pueden hacer primarias para los cargos de Presidente de la República, senador, diputado y alcalde.

¿Es obligatorio que los partidos hagan primarias?
No, los partidos políticos, cuando así lo determinen sus organismos internos pueden participar en procesos de elecciones primarias para definir sus candidatos, pero no están obligados a hacerlas.

Cuando los partidos concuerden en hacer primarias en un pacto electoral deberán inscribir las candidaturas en el Servicio Electoral (Servel), que debe resolver si las acepta. Sólo habrá elecciones primarias en los territorios en que los partidos y pactos inscriban candidatos para esos procesos.

¿Cuándo deben hacerse las primarias para Presidente y para candidatos al Congreso?
La elección primaria para la nominación de candidatos a los cargos de Presidente de la República y de parlamentarios será de carácter nacional y deberá realizarse el vigésimo domingo anterior a la fecha de la elección de Presidente de la República.

¿Cuándo deben hacerse las primarias para candidatos a alcalde?

La elección primaria para la nominación de candidatos a alcalde deberá realizarse el vigésimo domingo anterior a la fecha de las elecciones municipales. Sólo habrá primarias en las comunas en que los partidos o pactos resuelvan decidir por esta vía sus candidatos.

¿Cómo se realizan las elecciones primarias para parlamentarios?
Los partidos pueden realizar las primarias entre sus propios candidatos o por pacto con otros partidos. Los independientes podrán participar en las elecciones primarias ya sea nominados por un partido político o como integrantes de un pacto electoral.

¿Un partido puede elegir todos sus candidatos al Congreso través de primarias?

No, la ley señala que el partido que decida participar en primarias para elegir candidatos a diputados o senadores no podrá elegir más del 40 por ciento de sus aspirantes a cualquiera de las cámaras mediante primarias. Una vez terminadas las primarias, se debe completar la nómina y asegurar que no haya más de un 60 por ciento de hombres o mujeres en la nómina. Esta norma asegura el principio de paridad de género en las candidaturas al Congreso.

¿Quién decide si un partido va a primarias?
El Consejo General de cada partido político adopta la decisión de participar en elecciones primarias para la nominación de candidatos a los cargos de parlamentarios y de alcaldes.

¿Qué plazo hay para inscribir candidatos a primaria?
 Las declaraciones de candidaturas a Presidente de la República, a parlamentarios y a alcalde para participar en las elecciones primarias, sólo podrán hacerse hasta las veinticuatro horas del sexagésimo día anterior a aquél en que deba realizarse la elección primaria.

¿Los independientes pueden participar en primarias?
Sí, pero sólo si son nominados por  partidos políticos o integran pactos electorales.

¿Quiénes pueden votar en las primarias?
Cada partido político o pacto electoral que participe en las elecciones primarias, deberá presentar al Servicio Electoral qué sistema de participación elegirá. Hay cinco opciones:

¿Cuántas opciones puede marcar el votante?
Al igual que en las elecciones habituales, los votantes podrán marcar sólo una opción por voto.

¿Cuántas mesas habrá por cada elección primaria?
Eso lo determinará el Servicio Electoral, que también dispondrá de los útiles electorales.

Las  mesas estarán constituidas por tres vocales, sin perjuicio de que la mesa pueda funcionar con un mínimo de dos, que serán designados por la Junta Electoral respectiva.

El sufragio será secreto, informado y voluntario.

¿Quién decide quién gana las elecciones primarias?
El Tribunal Calificador de Elecciones es el que proclama los ganadores. En el caso de las elecciones primarias para la nominación de candidatos al cargo de alcalde, dicha proclamación corresponderá al Tribunal Electoral Regional respectivo.

¿Puede declararse la nulidad de una elección primaria?
En el caso que el Tribunal Calificador de Elecciones o el Tribunal Electoral Regional, según corresponda, declaren por cualquier causa la nulidad de una elección primaria, ya sea de Presidente de la República, de parlamentarios o de alcaldes, ésta no podrá repetirse.

Los candidatos ganadores proclamados por el Tribunal Calificador de Elecciones o el Tribunal Electoral Regional, si corresponde serán considerados candidaturas aceptadas.

¿Cómo son los votos de las primarias?
El elector recibirá de la mesa receptora  las cédulas electorales (votos) de acuerdo con las primarias que se realicen en su territorio electoral (Presidente, senador, diputado o alcalde) La persona recibirá un voto para cada elección. Cada elector recibirá sólo el o los votos de la elección en la que esté habilitado para votar. Si el elector puede votar para un cargo determinado en más de una primaria recibirá un solo voto que contendrá a todos los candidatos a ese cargo de las primarias en las que puede sufragar. Por ejemplo, si puede votar en las primarias presidenciales de la agrupación X y también en las primarias de la agrupación Y recibirá un solo voto con todos los candidatos. Para que su voto sea válido, debe marcar su preferencia sólo por un aspirante.
Los votos para una misma elección deben ser iguales en su aspecto exterior.

¿Puedo ser designado vocal de mesa para las elecciones primarias?
Sí. Aunque para las elecciones primarias se requerirán menos vocales que para las elecciones generales, los vocales de mesa son designados entre las mismas personas que venían ejerciendo esa función desde la anterior elección, puesto que la designación se extiende por cuatro años.

¿Quién me avisará si soy vocal?
Las nóminas de los designados para ser vocales de mesa aparecerán en el diario 22 días antes de la elección. Además, cada vocal recibirá en su domicilio una carta certificada informándole de su responsabilidad durante el sufragio. También puede consultar e informarse a través del sitio web www.servel.cl. Sin embargo, debe hacer esta consulta dos veces pues puede haber sido designado(a) como reemplazante de un vocal excusado.

¿Los vocales reciben un bono por ejercer durante las primarias?
Sí, cada vocal recibe un bono de 2/3 de UF por cada acto eleccionario en que participe. Se considera acto eleccionario también cada elección primaria.

¿Cómo resguardarán el secreto del voto los vocales de mesa?
Los vocales de mesa deberán tomar los resguardos suficientes y necesarios para que las cédulas entregadas a los electores para las primarias de cada cargo y los candidatos que contienen se mantengan en reserva y sean conocidas sólo por ellos, por los apoderados que integran la mesa y por quien eventualmente asista al elector y en ningún caso por otras personas y por los demás electores que esperan para sufragar.

Asimismo, los vocales de mesa, apoderados, delegados de la Junta Electoral y quienes presten funciones al Servicio Electoral deberán mantener reserva absoluta de los padrones electorales utilizados en las mesas de votación, donde consten las firmas de los electores de las elecciones primarias en que sufragaron.

El incumplimiento de estas normas será sancionado con multa de cinco a 50 Unidades Tributarias Mensuales (UTM).