¿Quiénes se benefician con este subsidio?

Del total del subsidio entregado por el Estado, dos tercios corresponden al trabajador, y un tercio al empleador.

¿Qué requisitos debe cumplir el empleador para recibir este subsidio de fomento al empleo juvenil?

Tener o contratar trabajadores que:

Además, el empleador debe tener al día el pago de las cotizaciones de seguridad social de ese trabajador.

¿Qué requisitos debe cumplir un trabajador para recibir este subsidio?

Para el caso de los trabajadores dependientes:


Los trabajadores independientes, además de cumplir todos los requisitos anteriores, deben ser contribuyentes del impuesto a la renta de segunda categoría, y estar al día en el pago de sus cotizaciones obligatorias de pensiones y salud.

El trabajador que recibe el beneficio no debe laborar en una institución del Estado o en una empresa con aporte estatal superior al 50%.

¿Cómo y quién paga este subsidio?

Al empleador se paga en forma mensual, mientras el trabajador puede elegir si lo quiere recibir en forma mensual o anual. El subsidio lo entrega el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) o las instituciones con las que celebre convenios para ello.

¿Cómo se calculan los montos del subsidio?

Se calculan de acuerdo a porcentajes calculados según los ingresos del trabajador.

Las personas pueden consultar con su rut en la página web del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) en el área de Subsidio al empleo joven.

¿Qué trabajadores reciben el subsidio en forma anual?

El subsidio anual al empleo considera las rentas del trabajo percibidas el año anterior a aquel en que se pague el subsidio.

¿Qué pasa si tengo más de un empleador?

Recibirá sólo un subsidio. En este caso, todas las remuneraciones se sumarán y sobre ese monto se aplicará el porcentaje del subsidio.

¿Qué pasa si soy trabajador dependiente e independiente al mismo tiempo?

Recibirá el pago del subsidio mensual de acuerdo a las remuneraciones que reciba como trabajador dependiente.

¿El subsidio sólo se recibe hasta los 25 años de edad?

En el caso de las mujeres madres trabajadoras (dependientes o independientes), ella y su empleador tendrán derecho a un plazo adicional para acceder a este subsidio, por cada hijo nacido vivo que la trabajadora hubiere tenido entre los 18 y antes de los 25 años de edad, equivalente a la duración del descanso maternal (pre y post natal).

Este plazo se contará a partir del mes siguiente en que la trabajadora cumpla los 25 años de edad.

Existe otro caso, que entró en vigencia el 1 de enero del año 2012. Se trata del trabajador dependiente o independiente que haya cursado estudios regulares entre los 18 y antes de los 25 años, en una institución de Educación Superior del Estado o reconocida por éste. A él y a su respectivo empleador se le dará un plazo adicional para recibir este subsidio, el que será directamente proporcional al período en que el trabajador haya cursado estudios regulares según lo determine el reglamento, pero sólo se podrá extender hasta el mes siguiente en que el trabajador cumpla 27 años de edad.

Sólo se considerarán los estudios cursados después de la entrada en vigencia de esta ley.

¿En qué casos se suspende el subsidio?

El subsidio correspondiente al empleador se suspenderá mientras el trabajador perciba:


En estos casos el empleador deberá comunicarlo y abstenerse de cobrar el subsidio.

Este subsidio ¿es compatible con otro tipo de subsidio o bonificación a la contratación?

No, en el caso de que el empleador reciba otro tipo de beneficios como:


Deberá optar de acuerdo a lo que determine el reglamento.