¿Qué características tienen los Tribunales Tributarios y Aduaneros?

¿Cuáles son las funciones de los Tribunales Tributarios y Aduaneros?

¿Desde cuándo funcionan los Tribunales Tributarios y Aduaneros?

Comenzaron a funcionar el 1 de febrero de 2010, pero su implementación fue gradual. En total, hay 18 tribunales tributarios y aduaneros de primera instancia. Cuatro para la Región Metropolitana y uno en Arica, Iquique, Antofagasta, Copiapó, La Serena, Valparaíso, Rancagua, Talca, Concepción, Temuco, Valdivia, Puerto Montt, Coyhaique y Punta Arenas.

¿Se necesita el patrocinio de un abogado?

Sí, se necesita de un abogado para comparecer en juicio, excepto en las causas de un monto inferior a 32 UTM.

¿Cuál es el plazo para interponer un reclamo?

El plazo para interponer un reclamo es de 90 días, ya sea por la totalidad o por algunas de las partidas o elementos de una liquidación, giro, pago o resolución que incida en el pago de un impuesto o en los elementos que sirvan para determinarlo.

¿Dónde se publican las notificaciones del Tribunal?

Las resoluciones de los Tribunales Tributarios y Aduaneros, además de publicarse en el mismo tribunal, se publican en su sitio de Internet y se envían por correo electrónico a la parte que lo solicite. De todas formas, la no publicación en Internet o envío del correo electrónico no anulará la notificación.

¿Qué pasa si veo vulnerado mi derecho de propiedad o de desarrollar una actividad económica?

Usted puede presentar un recurso especial para reclamar la vulneración de derechos constitucionales. Lo puede hacer si considera que el Servicio de Impuestos Internos (SII), ya sea por un acto u omisión, ha vulnerado alguno de sus derechos constitucionales. Puede ser el derecho de propiedad; el derecho a desarrollar cualquier actividad económica que no sea contraria a la moral, al orden público y a la seguridad nacional. También puede presentar el recurso si sufrió discriminación arbitraria en el trato que deben dar el Estado y sus organismos en materia económica.

¿Habrá registro electrónico de los procesos?

A partir del 21 de octubre de 2018, será obligatorio que el tribunal mantenga registro de todos sus procedimientos, causas o actuaciones judiciales en medio digital o electrónico. Ese registro se denominará “Sistema de Administración de Causas Tributarias y Aduaneras”.

Las partes también podrán hacer sus presentaciones por medios digitales. Para eso, deberán cargar las presentaciones al sistema digital disponible en la web del tribunal.