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Ampliación de plazo para pago de impuestos adeudados
La Ley Nº 20.221, publicada el sábado 29 de septiembre en el Diario Oficial, amplía hasta tres años el plazo para el pago de impuestos adeudados.
La normativa señala que el Servicio de Tesorerías otorgará facilidades para el pago de impuestos adeudados, sólo respecto de aquellos impuestos girados hasta el día 30 de junio de 2007 y que se encuentren sujetos a cobranza administrativa o judicial.
La facultad excepcional que se concede al Servicio de Tesorerías para el tratamiento de estos casos se podrá ejercer por el lapso de seis meses, contados desde la fecha de vigencia de esta ley.
La primera de las cuotas deberá ser enterada al momento de suscribir el convenio, no pudiendo exceder su monto una treintaiseisava parte del monto total adeudado, salvo que el deudor, en forma expresa, solicite pagar un monto mayor.



