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Bono extraordinario para vocales en elecciones municipales de 2008
La Ley N° 20.298, publicada en el Diario Oficial de 21 de octubre de 2008, establece un bono extraordinario para quienes ejerzan como vocales de mesas receptoras de sufragios en la elección municipal de 26 de octubre de 2008.
Esta ley autoriza la entrega, por una sola vez, de un bono extraordinario de $7.000, a las personas que ejerzan, de modo efectivo, las funciones de vocales de mesas receptoras de sufragios, con ocasión de las elecciones municipales a realizarse el 26 de octubre de 2008.
El bono no constituye remuneración o renta y no es imponible ni tributable y afecto a descuento alguno.
El bono lo cancela la Tesorería General de la República a través de cheque nominativo que se deposita en la cuenta corriente del vocal de mesa o es enviado a su domicilio.
El bono no constituye remuneración o renta y no es imponible ni tributable y afecto a descuento alguno.
El bono lo cancela la Tesorería General de la República a través de cheque nominativo que se deposita en la cuenta corriente del vocal de mesa o es enviado a su domicilio.



