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Extiende funcionamiento de juzgado del crimen de la jurisdicción de la corte de apelaciones de santiago
La Ley N° 20.408, publicada en el Diario Oficial de 22 de diciembre de 2009, extiende el funcionamiento del Juzgado del Crimen de la jurisdicción de la Corte de Apelaciones de Santiago.
Esta ley sustituye el inciso quinto del artículo 5° transitorio de la ley N° 19.665, el guarismo “2010” por “2011”.
El actual inciso quinto del artículo 5° transitorio de la Ley N° 19.665 señala:
“Sin perjuicio de lo señalado en los incisos precedentes, en el territorio jurisdiccional de la Corte de Apelaciones de Santiago, al término del segundo año subsistirán seis juzgados del crimen; dos, desde el 1° de enero de 2009, y uno, desde el 1° de enero de 2011.
La Corte de Apelaciones de Santiago señalará los juzgados del crimen subsistentes, los que tendrán a su cargo el conocimiento de las causas relativas a hechos acaecidos con anterioridad a la fecha que señala para la Región Metropolitana el artículo 4º transitorio de la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público, entendiéndose, para todos los efectos constitucionales y legales correspondientes, que dichos juzgados son el continuador legal de todos aquéllos suprimidos en la respectiva jurisdicción.”



