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Incremento de subvención escolar en distintos ámbitos de la enseñanza
La Ley Nº 20.247, publicada el 24 de enero de 2008 en el Diario Oficial, incrementa la subvención base por alumno en un 15%, la subvención por ruralidad en un 10 % adicional y la subvención para adultos, entre otras.
La normativa modifica el DFL. Nº 2, de 1998, sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales, que se aplica a todos los establecimientos educacionales, en todos los niveles y modalidades de enseñanza, cuenten o no con jornada escolar completa.
La ley incorpora en este aumento al primer nivel de transición con los mismos valores que el segundo nivel de transición y establece un aumento adicional del 10% para la subvención por ruralidad.
La ley aumenta la subvención mínima para aquellos establecimientos educacionales rurales que tengan una matrícula igual o inferior a 17 alumnos (59,68675 U.S.E), y modifica la subvención para la educación de adultos, otorgando montos de subvenciones separados para educación básica y media.
La ley establece la obligación de los sostenedores de rendir cuenta de sus ingresos y gastos, anualmente, al ministerio de Educación, por un período mínimo de 5 años.



