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Incremento en el número de generales de Carabineros de Chile
La Ley Nº 20.231, publicada el jueves 29 de noviembre de 2007 en el Diario Oficial, aumenta en tres el número de generales de Carabineros, con el fin de atender los requerimientos de las nuevas regiones de Arica y Parinacota, y de los Ríos.
El texto modifica la Ley N° 18.291 (de carácter secreta), que fija la planta y grados de Carabineros de Chile. La ley, iniciada en mensaje del Ejecutivo, tiene por objeto adecuar la legislación vigente sobre dotación de Carabineros, a las necesidades actuales de personal de esa institución, en especial, cubrir las nuevas jefaturas de zona de Carabineros correspondientes a las nuevas regiones.
La iniciativa crea tres nuevas plazas de general (grado 3) en el Escalafón de Fila de Orden y Seguridad, suprime una plaza de general (grado 3), en el Escalafón de Sanidad Dental, y establece que la aplicación de esta ley se financiará, anualmente, con los recursos que se contemplen en el presupuesto vigente de Carabineros de Chile.
La normativa incorpora un artículo transitorio el que señala que dentro de los 90 días contados desde la publicación de la presente ley, deberán efectuarse en los textos reglamentarios de Carabineros de Chile las adecuaciones que se deriven de la aplicación de este cuerpo legal.
El texto modifica la Ley N° 18.291 (de carácter secreta), que fija la planta y grados de Carabineros de Chile. La ley, iniciada en mensaje del Ejecutivo, tiene por objeto adecuar la legislación vigente sobre dotación de Carabineros, a las necesidades actuales de personal de esa institución, en especial, cubrir las nuevas jefaturas de zona de Carabineros correspondientes a las nuevas regiones.
La iniciativa crea tres nuevas plazas de general (grado 3) en el Escalafón de Fila de Orden y Seguridad, suprime una plaza de general (grado 3), en el Escalafón de Sanidad Dental, y establece que la aplicación de esta ley se financiará, anualmente, con los recursos que se contemplen en el presupuesto vigente de Carabineros de Chile.
La normativa incorpora un artículo transitorio el que señala que dentro de los 90 días contados desde la publicación de la presente ley, deberán efectuarse en los textos reglamentarios de Carabineros de Chile las adecuaciones que se deriven de la aplicación de este cuerpo legal.



