espaciador espaciador Biblioteca del Congreso Nacional de Chile.
En todo el sitio   Sólo leyes  
     






 Logo RSS Suscríbase | ¿Qué es?
Encuesta imagen del Congreso Nacional, Datavoz 2006

NOVEDADES BCN
· Día del Patrimonio Cultural 2012 en la Biblioteca del Congreso
· BCN presentó su portal de Historia Política en seminario sobre uso de las TIC’s
· Horario de funcionamiento de la sala de lectura Valparaíso 11 y 12 de mayo

Descargue lector de PDF Acrobat

Descargue lector Flash

 
Portada > Resúmenes de leyes > Crea sistema institucional para el desarrollo del turismo
Acciones de Documento
  • Atrás
  • Enviar a un amigo
  • Print this page
  • Agranda letra
  • Achica letra
  • Compartir

Crea sistema institucional para el desarrollo del turismo

 
La Ley N° 20.423 , publicada el 12 de febrero de 2010 en el Diario Oficial, crea una nueva institucionalidad para el desarrollo del turismo, dependiente de un Consejo de Ministros y de la Subsecretaría de Turismo.
 
Estel texto legal establece que el turismo constituye una actividad estratégica para el desarrollo del país, siendo prioritaria dentro de las políticas de Estado. Se establecerán programas encaminados a fortalecer las organizaciones empresariales, especialmente las de menor tamaño.

Precisa que la Política Nacional de Turismo tendrá por propósito determinar los objetivos, acciones y prioridades que regirán al sector; y deberá considerar, para el desarrollo y promoción de la actividad, el rol de las regiones y comunas en su cumplimiento.


También promoverá el desarrollo de programas sociales que, junto con permitir el acceso a los diferentes grupos de interés social, contribuyan a crear empleo; fomentar la inversión de las empresas, especialmente las de menor tamaño; disminuir la estacionalidad turística y a la descentralización del país.

Crea un  Comité de Ministros del Turismo, encargado de asesorar al Presidente de la República en la fijación de los lineamientos de la política gubernamental para el desarrollo de la actividad turística. Este Comité el que estará integrado por el Ministro de Economía, quien lo presidirá; y los Ministros de Obras Públicas, Vivienda, Agricultura, Bienes Nacionales, el Ministro Presidente de la CONAMA y el Ministro de Cultura.

Crea además, una Subsecretaría de Turismo en el Ministerio de Economía, que entre otras materias deberá elaborar y proponer al Comité los planes, programas y proyectos para el fomento, promoción y desarrollo del turismo, así como de otras materias que requieran de su estudio o resolución.

La normativa regula las zonas de interés turístico que se incluirán en los instrumentos de planificación, pues requerirán medidas de conservación y una planificación integrada para promover las inversiones del sector privado.

Respecto a la Política Nacional de Promoción del Turismo, se indica que el Estado impulsará, por intermedio de sus organismos, una imagen del país tanto en el territorio nacional como en el exterior, que promueva sus atractivos patrimoniales, naturales culturales y con cualquier otro valor turístico, que conduzca a la inserción de Chile en los mercados internacionales.

Por otra parte, se crea un Consejo Consultivo de Promoción Turística, encargado de asesorar y colaborar en la formulación de la Política Nacional de Promoción del Turismo.

 

  Construido por la BCN en Plone, software libre    ·    Políticas de privacidad    ·    Mapa del sitio   ·     Ubicación horarios y teléfonos   ·     Senado    ·    Cámara de Diputados