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Modifica Ley General de Pesca y Acuicultura en materia de acuicultura
La Ley N° 20.434, publicada en el Diario Oficial de 8 de abril de 2010, modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura en materia de acuicultura.
Las materias contenidas en esta ley son las siguientes: áreas de manejo sanitario; relocalización de concesiones; registro de transferencias y actos de cesión de derechos; ordenamiento de la acuicultura regional basado en las áreas de manejo sanitario; áreas de manejo sanitario en áreas apropiadas para acuicultura; garantías constituidas sobre las concesiones; normativa ambiental y sanitaria; fortalecimiento de las facultades fiscalizadoras del Servicio Nacional de Pesca; aumento del monto de la patente única y las sanciones administrativas.
Establece un plazo de concesión acuícola de 25 años renovables por igual periodo, a menos que la mitad de los informes ambientales hayan sido negativos o se verifiquen las causales de caducidad. Ninguna persona o empresa podrá solicitar concesiones de acuicultura que representen más del 20% del total de la superficie concesible de una región.
Establece sanciones y crea la Subdirección Nacional de Acuicultura, cuya función será planificar y coordinar, a nivel nacional, regional y local, la fiscalización y otras funciones en materia de acuicultura.
Establece un plazo de concesión acuícola de 25 años renovables por igual periodo, a menos que la mitad de los informes ambientales hayan sido negativos o se verifiquen las causales de caducidad. Ninguna persona o empresa podrá solicitar concesiones de acuicultura que representen más del 20% del total de la superficie concesible de una región.
Establece sanciones y crea la Subdirección Nacional de Acuicultura, cuya función será planificar y coordinar, a nivel nacional, regional y local, la fiscalización y otras funciones en materia de acuicultura.
(9 artículos y 16 artículos transitorios)



