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Modificación de normas tendiente a acortar plazos para que niños abandonados puedan ser adoptados y respecto a distribución de Subsidio Único Familiar
La Ley Nº 20.203, publicada en el Diario Oficial el 3 de agosto de 2007, acorta de 4 a 2 meses el plazo para que un niño o niña abandonado pueda ser declarado susceptible de ser adoptado.
La normativa modifica la Ley 19.620, sobre adopciones, señalando que en caso de menores de un año, el plazo se acortará a 30 días.
El texto también elimina el actual sistema de distribución del Subsidio Único Familiar (SUF) por cupos regionales fijos, creando los Fondos Nacionales de Subsidio Único Familiar y Pensiones Asistenciales (Pasis).
Los SUF se otorgarán durante todo el año y se entregarán a todas las embarazadas y niños desde su nacimiento y hasta los 18 años de edad, siempre y cuando cumplan con los requisitos de acceso.
La ley remite a un reglamento, que dictará el ministerio del Trabajo, el cual normará el procedimiento para entregar los subsidios familiares a las personas carentes de recursos. El mismo reglamento indicará la forma en que los alcaldes deberán publicar la nómina de beneficiarios.
Las personas que vivan en zonas aisladas, rurales o alejadas de los centros urbanos, dispondrán de 15 días hábiles para reclamar si la resolución del alcalde no les otorga el beneficio. La ley representará un costo para el fisco de $4.800 millones durante este año.
Las personas que vivan en zonas aisladas, rurales o alejadas de los centros urbanos, dispondrán de 15 días hábiles para reclamar si la resolución del alcalde no les otorga el beneficio. La ley representará un costo para el fisco de $4.800 millones durante este año.



