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Consagra santuario ballenero en Chile
La Ley N° 20.293, publicada en el Diario Oficial de 25 de octubre de 2008, protege a los cetáceos e introduce modificaciones a la Ley 18.892 General de Pesca y Acuicultura.
Esta ley se inició en Mensaje del Ejecutivo y acogió en su formulación, una serie de mociones de parlamentarios que tenían como objetivo principal crear figuras jurídicas para proteger a los cetáceos, especies vulnerables y, en algunos casos, en peligro de extinción.
Esta ley prohíbe dar muerte, cazar, capturar, acosar, tener, poseer, transportar, desembarcar, elaborar o realizar cualquier proceso de transformación, o de comercialización o almacenamiento de cualquier especie de cetáceo que habite o surque las aguas marítimas de jurisdicción nacional.
El que dé muerte o realice actividades de caza o captura de un ejemplar de cualquier especie de cetáceos será sancionado con la pena de presidio mayor en su grado mínimo y comiso, sin perjuicio de las sanciones administrativas que correspondan de conformidad a la ley.
Asimismo, será sancionado con la pena de comiso y presidio menor en su grado medio, el que tenga, posea, transporte, desembarque, elabore o comercialice o almacene especies vivas o muertas o partes de éstas.
La Subsecretaría de pesca, establecerá el procedimiento y características a las que deberá someterse el rescate de las especies que se encuentren en amenaza evidente e inminente de muerte.
La Subsecretaría de pesca, establecerá el procedimiento y características a las que deberá someterse el rescate de las especies que se encuentren en amenaza evidente e inminente de muerte.



