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Se penaliza el robo de tapas de alcantarillado y cables eléctricos
La Ley N° 20.273, publicada el 28 de junio en el Diario Oficial, modifica el Código Penal en lo referente a delitos de robo de tapas de alcantarillado o de cauces y de cables eléctricos y establece penas para estos delitos.
La ley tiene por objeto reprimir el robo, el hurto y la receptación de elementos que forman parte de redes de suministro de servicios públicos o domiciliarios, tales como electricidad, gas, agua, alcantarillado, colectores de aguas lluvia o telefonía. Al mismo tiempo, penaliza legalmente el delito de interrupción de servicios eléctricos.
El hurto de cosas que forman parte de las redes de suministro de servicios públicos, será castigado con presidio menor en sus grados medio o máximo y de producirse la interrupción o interferencia del servicio, se aplicará la pena en su grado máximo.
Esta norma tiene su origen en dos mociones de diputados que fueron refundidas.
Esta norma tiene su origen en dos mociones de diputados que fueron refundidas.



