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Supresión de funciones administrativas de Carabineros
La Ley Nº 20.227, publicada en el Diario Oficial el 15 de noviembre de 2007, modifica diversos cuerpos legales para suprimir funciones administrativas de Carabineros, con el fin de que los efectivos se concentren en funciones policiales, con especial énfasis en su papel preventivo. Esta ley, cuyo trámite se inició en julio de 2006, formó parte de la llamada “agenda corta contra la delincuencia”, junto a la futura normativa que otorga mayores facultades a las policías.
De este modo, la nueva ley exime a los policías de hacer las notificaciones de la justicia criminal y laboral, del control de la Ley del Tabaco, de otorgar salvoconductos para los cambios de domicilio, y de notificar las resoluciones del Servicio Agrícola Ganadero (SAG), que declaran el control obligatorio de determinadas especies, ante la existencia de una plaga vegetal.
Los antecedentes sobre accidentes de tránsito que soliciten los interesados, ya no serán entregados por Carabineros, sino que los entregarán el tribunal competente o el Ministerio Público mediante el correspondiente certificado. De la misma manera, los funcionarios del SAG deberán efectuar las notificaciones de las resoluciones en las que se declare el control obligatorio de determinadas especies.
Los salvoconductos para los cambios de casa deberán tramitarlos los propietarios o arrendatarios, mediante una declaración jurada ante el notario o ante el oficial de Registro Civil de la comuna en que reside. Por este servicio deberán pagar un arancel de declaración jurada notarial, no superior a 18 milésimas de UTM (alrededor de $607, a valores de octubre de 2007). Si no se cumplen estos requisitos, Carabineros impedirá la mudanza y aplicará una multa de 4 UTM ($135 mil), señala la ley.
En cuanto a la Ley Sobre Publicidad y Consumo del Tabaco, la fiscalización recaerá sólo en la autoridad sanitaria.
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