Este miércoles 28 de octubre, tras un trámite legislativo de seis meses, la Cámara de Diputados despachó finalmente el proyecto de ley que levanta el secreto bancario tras aprobar la iniciativa con 70 votos a favor y 2 abstenciones.
Esto implica que a partir del 1 de enero de 2010 el Director Nacional del Servicio de Impuestos Internos (SII) tendrá la facultad de solicitar la información bancaria de determinadas personas cuando exista la necesidad de investigar posibles irregularidades en sus obligaciones tributarias.
Este era el último proyecto pendiente de los cuatro necesarios para la postulación de Chile a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). Con esto, se espera que en la próxima reunión del comité de representantes de la organización, fijada para el 15 de diciembre próximo en París, se selle definitivamente el ingreso de Chile al grupo.
De acuerdo al titular de Hacienda, Andrés Velasco,
lo fundamental de esta nueva ley despachada es que asegura que “no se podrá usar el sistema financiero chileno para ocultar platas mal habidas en otras partes del mundo”.
¿Cómo operará el levantamiento del secreto bancario? El Director Nacional del Servicio de Impuestos Internos (SII) deberá solicitar la información tributaria que requiere de alguna persona investigada al banco correspondiente. Este, a su vez, deberá antes que todo notificar a la persona en cuestión antes de cumplir la solicitud. Si ésta se negara a que su información bancaria sea entregada, el SII deberá tomar la vía judicial a través de una resolución que deberá ser resuelta por un juez tributario, quien luego de una audiencia con las partes, resolverá si la información se entrega o no.
Respecto a esta facultad, queda establecido en el nuevo artículo 62 -que modifica el decreto ley N° 830 de 1974- que “la Justicia Ordinaria podrá autorizar el examen de información relativa a las operaciones bancarias de personas determinadas, comprendiéndose todas aquellas sometidas a secreto o sujetas a reserva, en el caso de procesos por delitos que digan relación con el cumplimiento de obligaciones tributarias. Igual facultad tendrán los Tribunales Tributarios y Aduaneros cuando conozcan de un proceso sobre aplicación de sanciones conforme al artículo 161”, estipula el proyecto.
Acogiendo las inquietudes de diversos parlamentarios, en relación a evitar la mala utilización de esta información bancaria, el proyecto señala claramente que las autoridades y funcionarios del SII deberán mantener “completa y estricta reserva” de esta información, la cual además no podrá permanecer en las bases de datos del SII y debe ser prontamente eliminada en caso de no ser utilizada. Incluso se establecen infracciones de no cumplirse estas condiciones: reclusión menor en cualquiera de sus grados (61 días a 5 años) y multa de 10 a 30 UTM, así como la destitución del cargo.
Si bien el despacho de la iniciativa que levanta el secreto bancario fue rápido, no estuvo exento de discrepancias, especialmente durante su segundo trámite en el Senado, donde fue aprobada finalmente el día martes 27 de octubre.
Primero, por la decisión del Ejecutivo de imponer discusión inmediata al proyecto, aspecto que generó la molestia de los senadores Alberto Espina (RN) y José Antonio Gómez (PRSD), presidente y miembro -respectivamente- de la Comisión de Constitución de la Cámara Alta, instancia en la cual pretendían recibir a constitucionalistas y representantes de organizaciones gremiales para profundizar el análisis.
En segundo término, el fondo del proyecto. Para muchos, levantar el secreto bancario era una señal de transparencia; para otros, sin embargo, vulnera derechos básicos de confidencialidad.
Entre los últimos está el senador UDI Juan Antonio Coloma, quien planteó sus reparos al proyecto en relación a la privacidad de las personas, argumentando que con esto se impondrá “la lógica del Gran Hermano". En la otra vereda, la senadora UDI Evelyn Matthei: "no veo ningún drama ni riesgo de constitucionalidad. Es un proyecto sencillo que ayudará a evitar la evasión de impuestos. No se van a publicar las cuentas corrientes y le hace bien a Chile", dijo en su intervención.
A favor también se manifestó el senador PS Pedro Muñoz Aburto, quien desestimó las dudas recordando que en la actualidad, los mismos ejecutivos de instituciones financieras manejan la información bancaria de las personas, pues “todo sistema tributario moderno necesita esta verificación cuando hayan dudas o sospechas".
Un tercer aspecto que generaba dudas tenía relación con la facultad para solicitar el levantamiento de información, aspecto que no estaba del todo definido en el proyecto hasta ese instante. A través de una indicación presentada por el Senador Guillermo Vásquez (PRSD) -y que finalmente fue incorporada- dicha facultad recaerá exclusivamente en el Director Nacional del SII, quien entonces será quien pueda solicitar al juez de garantía correspondiente el levantamiento de información bancaria sometida al secreto o reserva.
Para el Ejecutivo, era vital la aprobación de esta iniciativa para sus pretensiones de incorporar a Chile a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), compuesta por 30 Estados que a través de ella coordinan sus políticas económicas y sociales.
Chile actualmente comparte junto a Eslovenia, Estonia, Israel y Rusia la lista de candidatos a ingresar a este grupo. Brasil, China, India, Indonesia y Sudáfrica, en tanto, también se encuentran actualmente interesados en participar.
Previo a la discusión del proyecto en el Senado, y en el contexto del Segundo Encuentro de los Sistemas Nacionales de Inversión Pública de América Latina y el Caribe, celebrado en Lima durante el mes de octubre, fue dado a conocer un informe donde Chile encabeza el ranking de los países más aptos para la inversión en Latinoamérica.
En la oportunidad, el senador Jorge Pizarro (DC) expresó no estar sorprendido por la posición de privilegio de Chile respecto al resto de América Latina: “lo que debemos hacer es seguir profundizando y mejorando toda nuestra legislación en materia de mercado de capitales, para una mayor transparencia y mejor fiscalización del funcionamiento de las entidades del sector financiero", expresó luego de conocerse la publicación del ranking, elaborado con datos del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), el Fondo Multilateral de Inversiones (Fomin) y The Economist Intelligence Unit (EIU).
El senador Jaime Orpis (UDI), por su parte, destacó los alcances del auspicioso informe, asegurando que “si Chile va aumentado sus estándares en materia de transparencia y profundizando el mercado de capitales, creo que va creando un escenario importante para la inversión cuidando sobre todo la calidad". Para Orpis, las áreas más sensibles para la inversión son "la estabilidad política y el respeto a las reglas del juego, porque un inversionista -cualquiera sea su naturaleza, pero principalmente extranjero- lo que necesita es certeza para sus inversiones".
Los otros proyectos relativos al ingreso de Chile a la OCDE
La OCDE pidió a Chile la promulgación de cuatro proyectos de ley en su afán por ingresar a la Organización, todo ellos tendientes a mejorar los estándares de transparencia y manejo de instrumentos financieros. Con la concreción del levantamiento del secreto bancario, se completó el trabajo legislativo de los cuatro.
A continuación, los otros tres proyectos:
Responsabilidad penal de las personas jurídicas
Hasta la aprobación de este proyecto, remitido al Ejecutivo el 27 de octubre pasado, nuestro Código Penal establecía que sólo las personas naturales respondían por la comisión de los delitos relativos a lavado de dinero, financiamiento del terrorismo y el cohecho a funcionarios públicos y extranjeros, que ahora se hará extensiva también a las empresas o personas jurídicas.
Gobierno Corporativo de Codelco
Despachado a comienzos de octubre -con más de alguna diferencia entre los parlamentarios, particularmente respecto a las facultades fiscalizadoras que tendrá la Cámara de Diputados sobre la empresa y la representación de los trabajadores el nuevo directorio-, la iniciativa permitirá, entre otros aspectos, una capitalización por más de 1.000 millones de dólares para la nacional cuprífera.
Gobiernos Corporativos de los privados
Promulgada a mediados de octubre (Ley N°20.382) entre otros aspectos obliga a los accionistas que controlen el 10 por ciento o más de las acciones de una sociedad abierta, así como a sus ejecutivos principales, a informar a la Superintendencia de Valores y a cada una de las bolsas, de toda adquisición o enajenamiento de valores de esa sociedad a más tardar al día siguiente en que se ha materializado la operación.