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Ley de Transparencia: Cómo denunciar las faltas de los servicios públicos
21
de abril
2008
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Sólo resta que el Tribunal Constitucional le ponga el visto bueno y la Presidenta de la República, Michelle Bachelet, la promulgue. Ocho meses después de cumplidos dichos trámites, la nueva ley sobre acceso a la información pública, también conocida como Ley de Transparencia, será una realidad.
El texto despachado el 18 de enero desde el Congreso, regula el principio de transparencia de la función pública y el derecho de las personas a tener acceso a la información de los órganos de la administración del Estado, entendiendo como pública toda la información elaborada con presupuesto público y toda otra información en poder de los órganos estatales, al igual que todos los actos y documentos publicados en el Diario Oficial.
Esta obligación de los organismos estatales de hacer públicos todos sus actos y documentos es conocida como transparencia activa. Sin embargo, la ley -originada en un proyecto de los senadores Hernán Larraín (UDI) y Jaime Gazmuri (PS) cuando ambos ejercían como presidente y vicepresidente del Senado, respectivamente, en enero de 2005- también impone al aparato estatal exigencias en cuanto a la transparencia pasiva, es decir, que toda persona tendrá derecho a solicitar información de cualquier institución pública, las que tendrán a su vez, el deber de entregarla, salvo en algunos casos excepcionales enumeradas en las denominadas Causales de Reserva.
Al no cumplir con los requerimientos de información, los servicios públicos podrán ser denunciados por los ciudadanos ante el Consejo para la Transparencia, entidad creada por esta ley, como un organismo autónomo con facultades fiscalizadoras y sancionatorias, que velará por el cumplimiento de la norma y aplicará las sanciones correspondientes.
Conozca paso a paso, cómo operará esta nueva institución y cuáles serán los beneficios para los ciudadanos.
¿Cómo requerir información y denunciar al organismo que no la entrega?
Asumiendo que a partir de la promulgación de esta ley, las diferentes reparticiones del Estado no sólo deberán publicar en papel o en sus sitios web toda la información sobre su composición y actividades (transparencia activa), sino que además responder oportunamente al requerimiento de información específica que cualquier ciudadano les haga (transparencia pasiva), a continuación explicamos paso a paso cómo se concretará este procedimiento.
En primer lugar, cualquier persona podrá hacer una solicitud por escrito o vía Internet a un organismo del Estado en particular, detallando la siguiente información:
- Nombre, apellidos y domicilio
- Identificación clara de la información que requiere
- Órgano administrativo al que se dirige
- Firma
Una vez hecha la solicitud, el organismo requerido tendrá un plazo máximo de 20 días hábiles para entregar la información, el que podría extenderse en 10 días hábiles más, sólo excepcionalmente y previa comunicación al ciudadano interesado.
Si una vez cumplido el plazo, el solicitante no recibe la información que pidió o respuesta alguna sobre su requerimiento, podrá elevar un reclamo ante el Consejo para la Transparencia, el que contará con una sede en la localidad respectiva u operará a través de la Gobernación local.
Si el servicio público requerido se niega a entregar la información sin fundamento alguno, también se podrá reclamar ante el Consejo, durante los 15 días siguientes a la respuesta dada por el organismo en cuestión. El usuario deberá especificar en su queja la infracción cometida y adjuntar medios de prueba.
Asimismo, si se rechaza la entrega de información, excusándose en las Causales de Reserva estipuladas en la ley, y usted considera que el argumento de la oficina pública no califica para tal efecto, también podrá acusarla ante el Consejo para la Transparencia.
Para todos estos casos, la nueva institución creada por la recién aprobada ley opera de la misma forma. Primero se notifica a la entidad del Estado correspondiente del reclamo presentado y dentro de 10 días hábiles, su máxima autoridad o jefatura podrá presentar sus descargos u observaciones al Consejo, el que emitirá una resolución cinco días después.
Si el fallo es adverso para la repartición pública y el Consejo le exige que entregue la información al ciudadano, se definirá un plazo prudente para que se cumpla con el dictamen y se iniciará un sumario administrativo al interior del órgano estatal.
En ese sentido, la ley estipula duras sanciones para quienes no cumplan con las normas de transparencia, aplicando una multa de entre 20 y 50 por ciento de la remuneración, para el jefe superior que niegue sin fundamento el acceso a la información requerida.
De igual forma, la no entrega oportuna de la información en la forma decretada por algún instructivo del Consejo para la Transparencia, será sancionada con una multa que variará en el mismo rango de la remuneración correspondiente.
Si la autoridad o jefe persiste en su falta, se le aplicará el doble de esta sanción y será suspendido de su cargo por cinco días.
También se dispone que el incumplimiento injustificado de las normas sobre transparencia activa sea sancionado con una multa de 20 a 50 por ciento de las remuneraciones del infractor.
Las sanciones aplicadas por el Consejo deberán ser publicadas en las páginas en Internet del Consejo de la Transparencia y del respectivo órgano o servicio multado, en un plazo de cinco días hábiles desde la resolución.
Consejo para la Transparencia: La gran novedad
Consejo para la Transparencia: La gran novedad de la ley
Considerado por todos los sectores como la gran novedad de la ley, este organismo de carácter autónomo e independiente estará integrado por cuatro personas nominadas por el Presidente de la República, con el acuerdo del Senado, y que ejercerán sus funciones por seis años.
Entre sus funciones se cuentan la de fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones de la ley y aplicar las sanciones correspondientes, debiendo resolver además los reclamos por denegación de acceso a la información que presente algún individuo.
Asimismo, el Consejo podrá dictar instructivos que son obligatorios para la administración del Estado.
Por otra parte, se destacan las atribuciones del organismo para velar por la aplicación de la ley de protección de datos personales, antecedentes que deberán ser cuidadosamente resguardados ahora que empresas públicas, del Estado y organismos como el Banco Central, harán públicas sus acciones.
En este sentido, el ministro secretario general de la Presidencia, José Antonio Viera-Gallo ha subrayado que “uno de los problemas que tienen las empresas internacionales de transferencia de datos para invertir en Chile, es que nuestro país no está acreditado ante el OSD (Órgano de Solución de Diferencias, dependiente de la Organización Mundial de Comercio) como un país que tenga un resguardo suficiente a los datos de las personas, porque existía una ley, pero no una institución responsable”.
Por tal motivo y siguiendo el modelo inglés, se le dio una atribución genérica al Consejo para que vigile esta materia, aunque la voluntad del gobierno, a medida que la institución entre en rodaje, es aumentar y precisar sus atribuciones, respecto de los datos de las personas.
Los alcances de la ley
La nueva legislación consagra el principio de transparencia en la función pública, en cuanto a respetar y cautelar la publicidad de los actos, resoluciones, procedimientos y documentos de los órganos estatales, y en facilitar el acceso de cualquier persona a esa información, a través de los medios y procedimientos que establezca la normativa.
De esta forma, toda la información relacionada con las funciones, competencias y responsabilidades de los órganos del Estado, deberán estar a disposición permanente del público en forma material y de manera virtual en los sitios electrónicos respectivos.
Junto con las facultades, funciones y atribuciones de cada institución, deberán publicarse antecedentes tales como el detalle de la planta funcionaria y del personal a contrata y a honorarios, junto con sus respectivas remuneraciones; las adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios, junto con las empresas contratistas a cargo, especificando las identidades de los socios y accionistas principales de dichas firmas.
Ministerios, intendencias, gobernaciones, gobiernos regionales, municipalidades, Fuerzas Armadas y de Orden, órganos y servicios públicos en general, estarán sometidos a las exigencias de la nueva ley que se enmarca en la llamada Agenda de Probidad impulsada por el gobierno, con miras al Bicentenario de nuestra nación.
Sin embargo, uno de los aspectos más relevantes que ofrece el texto legal es que se incluyen en esta normativa organismos autónomos como la Contraloría General de la República y el Banco Central, al igual que las empresas públicas, las del Estado y las sociedad en que éste tenga una participación mayoritaria o superior al 50 por ciento.
En el caso del Congreso, la norma dispone que el Poder Legislativo también se regirá por el principio de transparencia en el ejercicio de la función pública, consagrado en la Constitución y en esta ley, informando en sus sitios electrónicos respecto a sus funciones y atribuciones, pero especialmente de la asistencia de los parlamentarios a las sesiones de sala y comisiones, de la misma manera que de las votaciones y elecciones a las que concurran, sus dietas y asignaciones.
“Estamos frente a una buena ley, que es el resultado de un serio esfuerzo conjunto realizado por el Ejecutivo y los parlamentarios. Por supuesto que la ley no es perfecta, pero es un reflejo de los esfuerzos que se han sumado por igual, tanto del Ejecutivo como del Parlamento, y creo que hemos tenido un buen resultado gracias a eso”, sostuvo el Presidente de la Comisión de Constitución Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados, Edmundo Eluchans (UDI).
Beneficios y carencias de la ley
La importancia y los alcances de la nueva Ley de Transparencia fueron analizados por distintos expertos en un seminario organizado por la Universidad Andrés Bello y el Instituto Libertad y Desarrollo, en el que todas las voces coincidieron en destacar el gran avance que esta normativa representa para terminar con la cultura del “secretismo” en nuestro país.
Reconociendo que la legislación aprobada por el Congreso todavía es perfectible, los especialistas enumeran una serie de beneficios que acarrea el texto legal, en pos de lo que algunos llaman el “empoderamiento” de los individuos.
La creación del Consejo para la Transparencia es destacada por todos como el mayor aporte de la nueva norma, recalcando su carácter revisor, fiscalizador y regulador, asegurando además plena autonomía en su funcionamiento.
Sobre este punto, el director del Programa Legislativo del Instituto Libertad y Desarrollo, Sebastián Soto, valoró además que sean cuatro personas “notables” las que van a estar dedicadas íntegramente a velar por el cumplimiento de la ley, las que al mismo tiempo podrán ser evaluadas por lo que hacen. “Si hay poca transparencia en Chile, será por culpa de ellos”, sentenció.
Asimismo, se subrayan las fuertes exigencias en materia de transparencia activa. “La cantidad de información que se debe disponer en los sitios web es muy extensa, sobre todo, los contratos, remuneraciones y transferencias a terceros”, afirmó Tomás Vial, director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Andrés Bello.
Sin embargo, el académico también menciona las carencias de las que adolece le ley, especialmente porque considera que las Causales de Reserva dispuestas son muy amplias, lo que a su juicio, facilita que los organismos estatales pudieran negar la información requerida.
Entre estas causales se cuentan el que una información requerida pudiera afectar la investigación de un crimen o la vida privada de una persona, perjudicar la seguridad o la defensa nacional y alterar el orden o la seguridad pública
En tal sentido, planteó la necesidad de entrenar a los funcionarios públicos para lograr un “cambio de cultura secretista” y la necesidad de implementar un efectivo sistema de archivos dentro del Estado, que hoy día no existe.
Por otra parte, se hace hincapié en la ausencia de normas de rendición de cuentas para el Consejo para la Transparencia, el que según planteó Vial “no debe informar a nadie sobre lo que está haciendo, lo que sí pasa en otras legislaciones, donde se rinde cuenta al Congreso”.
Finalmente, se critica que todavía no se clarifique el presupuesto que involucrará la implementación de esta ley, considerando la creación de una nueva institucionalidad.
¿Cómo requerir información y denunciar al organismo que no la entrega?
Consejo para la Transparencia: La gran novedad
Los alcances de la ley
Beneficios y carencias de la ley
#1 |
Escrito por
cristian monsalves toledo
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27/05/2009 09:29
primero que nada hola quiero hacer la siguiente consulta ya que soy gendarme soy casado y padre de una hermoza hija . el problema es el siguiente mire mi señora es funcionaria de gendarmeria y desde que llego ala ciudad de coyhaique ha tenido problemas con su jefatura ( el encargado de ellla ) lo cual hemos luchado mucho por solucionar los problema pero nos dan algo de esperanza por la jefatura mayor de esta region (aysen ) pero luego de diaz no pasa nada lo que esta viendo esta jefatura nos mira como gendarmes resien salido de la escuela por que somos los menos antiguos dentro de gendarmeria y creen que nos pueden pisotear pero bueno quiero saber si esta ley tiene algo como presentar un reclamo asia esta jefatura ya que mi señora la enviaron ala ciudad de pto aysen casi una hora de coyhaique mas con las condiciones crimaticas pesimas y mi hija quedando en la sala cuna de coyhaique ya que contamos con residencia en la ciudad de coyhaique yo trabajando en coyhaique y mi hija menor de un año ocho meses quedando bajo el cuidado dela tias del jardin casi por 11 horas ya que yo cuento con turnos y mi señora no pero el viaje la hace llegar tarde bueno de nesecitar mas imformacion y esperando su respueta cuente con mi . EMAIL. CRISTIANMON61@HOTMAIL.COM FONOS : 82030798 , 84383780 DE ANTE MANOS ME GUSTARIA CONTAR CON CON SU AYUDA YA QUE SOMOS LOS TRES Y CONTAMOS CON MUY POCA AYUDA GRACIAS.....
#2 |
Escrito por
maria genoveva contreras rojas
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03/07/2009 19:18
Escribo por lo siguiente, fui destituida por Res.Ext Nº 315 del 27 de marzo de 2003 de mi cargo como soporte del SML. San Fernando debido a una acusación, por un supuesto cobro de autopsia del que salí absuelta en el 2º juzgado (sentencia ejecutoriada) lo que tiene mayor fuerza legal que un sumario administrativo (misma causa judicial que administrativa).
Los antecedentes de esta causa fueron entregados a la abogada del Min. De Justicia Sra. Neva karzulovic, en los que yo solicitaba la aplicación del recurso de reposición o reincorporación al cargo y la indemnización que corresponde, Art.141 (ley 18.834, Art.135) decreto con fuerza de ley Nº29 edición 2007, lo anterior se sustenta en lo expresado en el art. 120 titulo V de la responsabilidad administrativa, siendo este recibido en el sml el 31 de enero de 2007.
Llevo 6 años sin poder trabajar en la administración publica, soy madre soltera y jefa de hogar, mi situación la puse en conocimiento de la presidenta en el año 2007.
Pienso que el estar en lista uno de distinción (calificaciones) y mi trabajo haber sido reconocido, no solo por los tribunales, y los usuarios del servicio, pensé que podría haber tenido un poco mas de consideración por parte de mis superiores debiéndose basarse en hechos y no en supuestos decires, me hicieron creer que al menos al día de hoy podría tener una respuesta positiva a mi apelación, tanto en el SML como en el Min. De Justicia.
#3 |
Escrito por
luis lizama
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28/07/2009 16:14
como ciudadano de mi comuna y dirigente sindical de los trabajadores de aseo de la ciudad de chiguayante en representacion del sindicato vengo en denunciar lo siguiente 1.-la empresa que presta el servicio de aseo en la comuna desde el 1ºde septiembre del 2001su contrato era por 6 años prorrogables por 2 añosa lo que solamente se amplio uno, en concecuencia terminaba el 31/08/08 pero en ese intertanto la I.M.de chiguayante le adjudica mediante aprobacion del concejo la cotratacion directa para la continuidad del servicio por cuatro meses desde el 1/09/08 al 31/12/08 mientras la I.M.llamaba a licitacion publica a esto señalar que la I.M le envio a la fiscalia nacional economica las bases administrativas y tecnicas para su aprobacion lo que a su vez esta le reparo solamente sobre los plazos, no de publicacion si no los de inicio despues de la adjudicacion los que estipulaban 15 dias producto del tramite de las bases la I.M.lleva a efecto la suspencion del referido llamado en el mes de diciembre del 2008.a esto el alcalde lleva nuevamente al concejo el tema de la contratacion directa pero esta vez por 6 meses aduciendo que por razones de urgencia sanitaria el concejo debia aprobar la contratacion directa mientras se llevaba a efecto el tramite del llamado a propuesta pubica sin que se procediera a realizar el llamado a propuesta publica para tal efecto mas aun estando estipulado en el articulo 6º de la ley 18695 donde el contrato bordea los 46.000.000 mensuales,
#4 |
Escrito por
luis lizama
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07/08/2009 15:23
este contrato se ha seguido adjudicando por contratacion directa hoy por otros 6 meses del 1/07/09 al 31/12/09 bajo las mismas modalilades ademas indicar que a las bases admtvas le exlcuyeron el art.3º inc. 3º modificando el art. 18 e incluyendo un inciso al art.3ºmis preguntas son a.- por que durante todo este proceso en ningun momento se ha llevado a efecto el llamado a licitacion publica aun habiendoce señalado en los concejos, por algunos concejales b.-porque el municipio procedio a a excluir ,modificar e incluir articulados en las bases cuando de acuerdo a las observaciones sugeridas por la fiscalia creo fue por los plazos bases 09/08 obs.plazo 01/09 se declara desierta y se realizan modificaciones segun sugeridas por la fiscalia hoy del 07/09 todavia no sabemos como vendran las bases para su 3º llamado. nos preguntamos entonces si las bases originarias en su momento contenian clausulas que a lo mejor imposibilitaban a algunos oferentes a participar mas aun habiendo la contraloria efectuado una fizcalizacion al contrato de aseo vigente donde le encontro una serie de observaciones que en cualquier municpiodel pais ameritaba caducacion inmediata del contrato por incumplimiento del mismocomo ocurrio en antofagasta y otros municipios , ademas de instruirce sumario admnistrativo debido a la poca fiscalizacion del servicio contratado por la I.M. de chiguayante entoces la pregunta es a quien o quienes se pretende previligiar con la exclucion,modificacion y/o inclucion de los articulados a las bases admtvas o sera que estamos frente a algun trafico de influencia con respecto a la adjudicacion del futuro contrato de aseo de la comuna que ascenderia a la suma no despreciable de aproximadamente entre 78 y 88 millones mensuales por un periodo de aprox.5 a 7 años es por ello que como ciudadano tenemos plenos derechos a saber como se invierten nuestros recursos de acuerdo a los procedimientos y normas establecidas en la ley 18695 ademas de la ley de tranparencia en que todo ciudadano tiene derecho a informarce
#5 |
Escrito por
luis lizama
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06/08/2009 09:30
de acuerdo a lo señalado en los comentarios desde el 28/07/2009 vengo en solicitar vuestra respuesta si es posible al correo lizamalucho para llevar a efecto las reclamaciones al o los organismos competentes para su investigacion y procedimientos sobre el tema
#6 |
Escrito por
LUCIA JESUS ALVAREZ RIAÑO
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11/08/2009 11:22
MI NOMBRE ES LUCIA, SOY UNA INTEGRANTE DEL PROGRAMA JEFAS DE HOGAR DE COPIAPO, ESPERAMOS A NUESTRA PRESIDENTA EN SU ULTIMO VIAJE REALIZADO A COPIAPO, EN LAS PUERTAS DE LA INTENDENCIA, DONDE TENDRIA LA OPORTUNIDAD DE CONOCERLA EN PERSONA Y ENTREGARLE UN SOBRE CON DOCUMENTOS Y EXPONIENDO UNA SITUACION SOCIAL QUE ME AFECTA Y PERJUDICA. CONVERSE CON LA COORDINADORA, UNA SRTA, QUE VESTIA UNA TENIDA NEGRA QUE NO QUISO DAR SU NOMBRE, SEGUNDOS ANTES QUE ARRIBARA EN EL AUTO LA PRESIDENTA, PERO ELLA COORDINABA TODO. ME ASEGURO QUE ERA MEJOR QUE ELLA LLEVARA EL SOBRE AL GABINETE DE LA PRESIDENTA, PARA NO MOLESTARLA. LO TRISTE DE ESTA HISTORIA, AL PARECER LA PRESIDENTA NUNCA, SUPO, EL SOBRE, AL PARECER, JAMAS LLEGO A DESTINO. ES SU INTERIOR HABIAN DOCUMENTOS CONFIDENCIALES,
CON UNA CARTA. ME PREGUNTO YO; SI LA PRESIDENTA, SE ACOMPAÑA CON PERSONAS, QUE NO DAN SU IDENTIFICACION CUANDO UNO INSISTE EN UNA INFORMACION QUE SE REQUIERE, POR LA SERIEDAD DEL CASO QUE SE EXPONE, SITUACIONES COMO ESTA, SE CONTRAPONEN AL TRABAJO E IMAGEN DE TRANSPARENCIA, POR LO CUAL HA TRABAJADO DE MANERA INCANZABLE NUESTRA PRESIDENTA Y SUB ALTERNOS, REACCIONAN DE ESA MANERA Y A LA VEZ, TENDRE ALGUNA RESPUESTA DE LA EXPOSICION DE MI PROBLEMA, A QUIEN LE RECLAMO, SI UNA PERSONA QUE COORDINA LOS MOVIMIENTOS DE DESPLAZAMIENTO DE LA PRESIDENTA, NO SE IDENTIFICA CON SU NOMBRE, QUE PUEDO HACER Y QUE PUEDO ESPERAR. DESILUCIONANTE, TODO ESTO, CONTRAPRODUCENTE, CON LO QUE SE QUE SE QUIERE PLASMAR EN LA HISTORIA, ES UN CASO AISLADO, PERO PARA MI IMPORTANTE, SOY UNA CHILENA MAS, QUE A PESAR DE ESTO SIGUE AGRADECIENDO TODA LA GESTION SOCIAL, QUE HA DESARROLLADO LA SRA MICHELLE BACHELET, QUE LA HISTORIA Y EL TIEMPO, ME DARA LA RAZON, QUE LABOR SOCIAL, MAS INTEGRAL EN LA HISTORIA DE CHILE, NO CREO QUE LA VUELVA A REALIZAR UN GOBERNANTE. MUJER EN TODO CASO TENIA QUE SER.
#7 |
Escrito por
carmen miranda rojas
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25/09/2009 10:01
pertenesco desde el año pasado a una agrupacion de gimnasia aerobica para dueñas de casa, el la cual se motiva a participar en actividades en esta zona de
Coquimbo,Tierras Blancas para ser mas especifica a nosotras se nos pide una cuota mensual que seria para comprar utiles de aseo para el techado ya que aunque es municipal tal institucion no aporta para este fin, como habian dudas al respecto de gastos que se supone que se realizaban, pedi un balance de ingresos y gastos el cual por parte de la profesora Maria Arias se negó a entregarla siendo que ella es profesora y socia y como tal yo tambien puedo exigir mis derechos ¿ o no? tambien se les pide a las personas de la comunidad una cuota semanal ya que las clases para todo publico tiene un horario en las mañanas y este sueldo se lo paga el municipio pero ¿ donde estan las clases de la agrupacion las que deberian realizarse en un horario y en un lugar ajeno a este y las que tambien son pagadas pero no relizadas? y quien fiscaliza todo las anomalias como entrega de ropa deportiva por Patricio Walker y que no fue pareja para todos como ellos creen, hasta los obsequios de chile deporte no se esntregaron bien, el alcalde y el delegado Sergio Contador contratan personas que no tienen los cursos elementales como para ejercer como monitoras para el deporte como Maria Alfaro ¿será que le habrän hecho un esquema especial? y por tal razon las consideran intocables ¨Chile deporte esta al tanto de todo pero al parecer no toma cartas en el asunto, creo que esperan que todo esto se haga mas publico y asi como vamos así será. Como no contamos con el municipio o con los encargados del techado en exigir los derechos que nos toca, como tambien en poder tener otras monitoras acreditadas q seguramente darian un ejemplo en cuanto a como deben ser los ejercicios segun la edad y condiciones de salud , porque hasta la fecha no hay un control correcto para poder mantener una salud sana gracias a este genial deporte.
#8 |
Escrito por
Georgina Peñaloza
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01/10/2009 16:17
hola:me llamo Georgina,tengo un hermano demandado por paternidad en molina, se hizo una muestra de ADN en curicoy quiere venir a Santiago a ver su examenel original,solicitó al tribunal de molina una carta en que el juez lo autorizara a ver el examen a Santiago y quizo darle las explicaciones pero el juez se negó a todo.
Una de las grandes dudas que tiene mi hermano es que quizo hacerse el segundo examen de ADN en talca o Santiago y la demandante se negó rotundamente,lo que me llama mucho la atencion,y la otra duda es que el primer examen de ADN se lo hizo en curicó y la persona que le sacó sangre se conocen con la demandante y tambien que el Servicio Medico Legal de Curico (SML)no es transparente para trabajar, ya que no se puede acceder a los resultados.
Mi solicitud es que el SML de Santiago le muestre el examen de ADN.
por su comprensión gracias y espero que me contesten.
#9 |
Escrito por
geraldine vega
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05/10/2009 12:51
Agradeceria mucho me pudieran informar si la Fundación PRODEMU e INTEGRA tambien deben someterse a esta Ley de Transparencia
Muchisimas gracias
#10 |
Escrito por
Cesar Riggi Ancalipe Duhart
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30/11/2009 08:55
mi nombre es Cesar Ancalipe Duhart,padre de gemelas nacidas el 4 de agosto de 2009,con la fatal perdida de una de nuestras hijas,FABIOLA TAMARA ANCALIPE PEREZ, a la fecha hemos estado esperando resultados que nos aclaren este fatal acontecimiento sufrido,respuestas a nuestras interrogantes si se ubiese podido evitar este desenlase, a su vez se nos pide una autorisacion para realisar una autopsia con el objeto de aclarar diagnosticos tanto por el fallecimiento y por nuestra hija que nos queda, sin embargo no los han respondido como corresponde;con fecha 25 de noviembre el DIRECTOR DEL SERVICIO DE SALUD AYSEN los resive en audiensia,para conversar sobre el tema,el cual nos lee unos parrafos de la auditoria, y responde algunas preguntas, del caso,una vez que mi señora le pide que si nos puede nadar una copia de la informacion o si nos aria llegar una respuesta por escrito;este respondio "que con la autorisacion de un juez lo aria,y lo iva a pensar si los respoderia o no", con respecto a la peticion del infome de autopsia nos dijo , ¡¡¡¡¡ PARA QUE QUERIAMOS UN INFORME DE AUTOPSIA!!!!!...Esta actitud por parte de jefaturas indolentes,nos da a pensar y siembra aun mas la duda de que si se ubiese podido evitar esta desenlase fatal de nuestra hija,y se da la interrogante que hay algo que no quieren que sepamos.
Esta situacion nos tiene completamente devastados,tanto en lo emocional como en lo psicologico, necesitamos cerrar ciclos,y las situasiones como se dieron de un pricipio(periodo prenatal).deja mucho que pensar.
Todo esto acrecentan nuestras dudas,la poca transparencia,y la negativa tajante de mencionada jefatura.
Queremos que senos aclaren nuestra dudas.
No sabemos que otro camino tomar,y que puertas tocar.
Atte.
CESAR RIGGI ANCALIPE DUHART
#11 |
Escrito por
Luis Alberto Bustamante Pardo
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21/12/2009 10:23
Estimados permitanme presentarme quien suscribe es presidente de la junta de vecinos portezuelo de tobalaba de la comuna de Puente Alto, hace ya unos meses que estoy preguntando como se constituye una asosiación de juntas de vecinos me tramitan en la municipalidad y me dicen que no tienen estatutos tipos, en el registro civil me dicen que ya no ayudan con la contitucion, al hacerlo por un notario público este nos cobra la sorprendente suma de $ 300.000 pesos por constituirla y ser ministro de fe, que verguenza si esta organización es para ir en ayuda del bien comun y público.
En definitiva que puedo hacer somos 15 juntas de vecinos que estamos tratando de constituirnos, se agradeceria su ayuda y orientación.
Atte.
Luis Bustamante Pardo
#12 |
Escrito por
Alejandro
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28/12/2009 15:40
Fui miembro de la Armada de Chile por 10 años
el año 2003 fui dabo de baja en condiciones totalmente poco transparentes:
Hubo un accidente que sufri el cual trajo como consecuencias una lesion cronica segun informe medico, pero dicho accidente jamas fue reconocido por la institucion, ademas se falsifico mi firma en mi ultima calificacion ante lo cual la Insititucion no ha sido capaz de dar explicaciones.
Estos hechos los mencione a traves de una carta a la Subsecretaria de Marina e hice incapie del delito grave de falsificacion de firma y tambien de tomar en cuenta el informe medico emitido por el Hospital Naval, y que producto de esto solicito una pension de invalidez para realizarme un tratamiento digno en extremidad dañada (rodilla), ya que los medicos que me intervinieron no fueron capaces de brindarme una atencion digna, ya que quede con secuelas hasta la fecha. Considero que hubo negligencia medica de parte de los profesionales medicos, pero para variar la Armada hace vista gorda de estos acontecimientos.
A quien mas podre recurrir para solicitar ayuda y recibir verdaderas soluciones y que de una vez por todas se hagan las cosas con transparencia y se considere la parte humana en este caso?.
He golpeado muchas puerta si los portazos duelen.
alejandrojunio@gmail.com
#13 |
Escrito por
luis uribe
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28/01/2010 14:42
buenas tardes quisiera saber si se puede postular a una contrata como secretario solo teniendo cuato medio esa es mi gran duda y lo siguiente es si una pareja puede estar en casa fiscal siendo que los dos trabajan en el mismo servicio publico.
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