¿Qué es el consejo comunal de seguridad pública?
Es un órgano consultivo del alcalde en materia de seguridad pública comunal y es además una instancia de coordinación interinstitucional a nivel local. Los consejos deben existir en todas las comunas.
¿Quiénes deben integrar el consejo comunal de seguridad pública?
Es presidido por el alcalde y lo integrarán, a lo menos, las siguientes personas:
Habrá además un representante del Servicio Agrícola y uno del Servicio Nacional de Aduanas en las comunas que tengan pasos fronterizos, puertos y aeropuertos. En las comunas rurales también habrá un representante del SAG (sobre 20% de ruralidad) y en las comunas turísticas, habrá un representante de Sernatur.
¿Siempre habrá un director de seguridad pública?
Existirá un director de seguridad pública en todas aquellas comunas donde lo decida el concejo municipal, a proposición del alcalde.
Para desempeñar este cargo se requerirá estar en posesión de un título profesional o técnico de nivel superior otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocidos por éste.
¿Qué pasa con las comunas pequeñas?
En los casos de aquellas comunas cuyo número de habitantes no supere las 5 mil personas, dos o más de ellas podrán constituir un consejo intercomunal de seguridad pública, o bien alguna de ellas participar del consejo comunal de una comuna colindante de mayor número de habitantes.
¿Cuándo debe sesionar el consejo comunal?
El alcalde convocará a sesión ordinaria, como mínimo, una vez al mes y, en forma extraordinaria, cada vez que lo estime necesario.
Cada semestre debe haber al menos una sesión del consejo para recoger la opinión de cada una de las instituciones que lo integran. En esa reunión, los integrantes deberán pronunciarse acerca de las acciones concretas que las instituciones podrían realizar para mejorar la seguridad pública comunal y para dar cumplimiento a lo propuesto en el plan comunal de seguridad pública.
¿Qué pasa con los acuerdos?
Dentro de los diez días hábiles siguientes de celebrada una sesión del consejo comunal de seguridad pública, el alcalde deberá informar a la Subsecretaría de Prevención del Delito del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y a la intendencia respectiva, de la convocatoria y celebración de la misma, los temas tratados y los acuerdos adoptados, si los hubiere.
Las instituciones participantes deben establecer compromisos cuyo cumplimiento se exigirá.
¿Qué funciones tiene el consejo?
Si las instituciones no cumplen los compromisos, el alcalde deberá oficiar de dicho incumplimiento al superior de la respectiva institución y a la Subsecretaría de Prevención del Delito.
¿Qué es el plan comunal de seguridad pública?
El plan comunal de seguridad pública es el instrumento de gestión que fija las orientaciones y las medidas que la municipalidad y los órganos que participan del consejo dispongan en materia de seguridad pública a nivel comunal.
El alcalde requerirá el acuerdo del concejo para aprobar el plan comunal de seguridad pública y sus actualizaciones.
¿Qué debe tener el plan?
Debe tener un diagnóstico de la situación de seguridad de cada comuna y establece objetivos, metas, acciones y mecanismos de control de gestión conforme a los compromisos que cada integrante del consejo comunal de seguridad pública realice, de acuerdo a su disponibilidad presupuestaria y en el ámbito de sus respectivas competencias.
Se debe contemplar la priorización de ciertos delitos o problemáticas en materia de seguridad que afecten a la comuna sobre la base de factores tales como la frecuencia o gravedad del delito.
Además debe considerar medidas de prevención en materia de infracciones de ley cometidas por niñas, niños y adolescentes; prevención de la deserción escolar, prevención y rehabilitación del consumo de drogas, mejoramiento urbano y de convivencia comunitaria, prevención de la violencia intrafamiliar y de la violencia contra las mujeres y proyectos específicos de prevención del delito.
¿Qué función corresponde a la Subsecretaría de Prevención del Delito en el ámbito de los consejos comunales?
Emitir opinión sobre la coherencia de los planes comunales de seguridad pública con la Política Nacional de Seguridad Pública Interior y con los instrumentos de gestión y directrices del Ministerio del Interior y Seguridad Pública en este ámbito.