¿Cuál es el objeto de la ley?
La ley tiene por objeto el reconocimiento a todas las personas del derecho al cuidado, que comprende tanto el derecho a cuidar, como el derecho a ser cuidado y el derecho al autocuidado.
¿Qué es el Sistema Nacional de Apoyos y Cuidados (SNAC)?
Es una institucionalidad pública cuyo objetivo es promover la autonomía, autovalencia y la vida independiente; prevenir la dependencia; y proveer apoyos y cuidados en un marco de corresponsabilidad social y de género (reparto equitativo de las labores de cuidado entre hombres y mujeres).
El Sistema estará formado por las instituciones competentes, así como por el conjunto de programas, planes, políticas, servicios, prestaciones, normas, acciones y demás instrumentos destinados a los apoyos y cuidados.
¿En qué consiste la Secretaría de Apoyos y Cuidados?
Se trata de una entidad del Ministerio de Desarrollo Social y Familia que estará a cargo de una jefatura de división de la Subsecretaría de Evaluación Social.
Se le asignan funciones de planificación, coordinación y supervisión de la gestión del Sistema Nacional de Apoyos y Cuidados; es contraparte técnica para los planes y programas y monitorea el avance de los programas, entre otras funciones. Estará a cargo de promover la inversión y cooperación pública y privada en los servicios de apoyos y cuidados, conforme a estándares de calidad y sostenibilidad.
La Secretaría de Apoyos y Cuidados ejercerá la supervisión sobre los órganos de la Administración del Estado para que celebren y adecuen sus convenios o instrumentos de gestión según las orientaciones generales aprobadas por el Comité Interministerial de Desarrollo Social, Familia y Cuidados.
¿A quiénes considera el sistema como personas titulares de sus servicios?
Son titulares del Sistema los niños, niñas y adolescentes; las personas con discapacidad; las personas mayores y las personas con dependencia, en la medida que requieran apoyos o cuidados. También son titulares de este Sistema las personas cuidadoras.
Las personas titulares accederán a la oferta programática y a aquella que se incorpore gradualmente al Sistema, cuando cumplan con los requisitos de acceso determinados por la normativa vigente.
¿Quién se hará cargo de proveer programas y servicios?
La administración y provisión de programas, servicios y prestaciones se realizará por los órganos de la Administración del Estado que cuenten con oferta relacionada con servicios de apoyo y cuidados, así como por las comunidades, organizaciones de profesionales y de la sociedad civil y de los privados, según corresponda.
El Estado será el garante principal de la provisión, regulación y promoción de los apoyos y cuidados de calidad, y asegurará la participación activa de las personas cuidadoras y de quienes reciben cuidados en las decisiones que les afecten.
¿Qué reconocimiento hace la ley de las labores de cuidado no remuneradas?
Se reconoce a los cuidados no remunerados como un trabajo y una labor que cumple una función social y familiar, que contribuye al desarrollo económico y social del país.
¿Qué derechos garantiza el sistema para las personas titulares (que requieren cuidados o son cuidadores)?
Para quienes requieren cuidados:
¿Qué se denomina apoyos?
Los apoyos constituyen una condición para que las personas que los requieran puedan participar en la sociedad, con pleno respeto a su dignidad, autonomía, autovalencia y vida independiente. El Estado contará con una oferta adecuada, necesaria y suficiente en materia de apoyos, de acuerdo con su capacidad presupuestaria y financiera.
¿Qué instituciones forman el Sistema Nacional de Apoyos y Cuidados?
El Sistema estará conformado por las siguientes instituciones:
¿Qué es el Comité Regional de Apoyos y Cuidados?
Es una entidad que operará en cada región del país, cuya principal función será facilitar la coordinación de la oferta regional en materia de apoyos y cuidados.
La integración de los Comités Regionales considerará, al menos a la Gobernadora o el Gobernador Regional, quien lo presidirá; las secretarias o secretarios Regionales Ministeriales de los ministerios que forman parte del Comité Interministerial de Desarrollo Social, Familia y Cuidados; la Secretaría Regional Ministerial de la Mujer y la Equidad de Género; las alcaldesas y los alcaldes de las comunas de la región y dos representantes del Consejo Regional de la Sociedad Civil para los Apoyos y Cuidados.
¿Qué es el Consejo Regional de la Sociedad Civil para los Apoyos y Cuidados?
Es un organismo cuya función será asesorar al Comité Regional de Apoyos y Cuidados en sus funciones y monitorear la implementación de la oferta programática regional en la materia.
¿Qué son la Política Nacional de Apoyos y Cuidados y su plan de acción?
La Política Nacional de Apoyos y Cuidados tiene como objetivo definir los lineamientos del Sistema e impulsar la creación de las condiciones político-institucionales que fomenten una nueva organización social del cuidado y garanticen el ejercicio del derecho al cuidado y el acceso a los servicios de apoyo.
La Política Nacional de Apoyos y Cuidados deberá contener, a lo menos, un diagnóstico de la situación del Sistema, que considere su objetivo general y sus fines estratégicos.
¿Qué es el Plan Nacional de Apoyos y Cuidados?
La Política Nacional de Apoyos y Cuidados contará con el Plan Nacional de Apoyos y Cuidados. El plan contendrá acciones sectoriales e intersectoriales concretas y medibles en materia de apoyos y cuidados, dirigidas a ejecutar las orientaciones o ámbitos de acción de la Política Nacional de Apoyos y Cuidados.
La Política será presentada a la Presidencia de la República por la ministra o el ministro de Desarrollo Social y Familia, y se aprobará por decreto exento de este mismo ministerio.
¿Cómo se organizarán los programas del sistema?
Existirá una oferta principal. Además, se podrán incorporar al Sistema programas y servicios en materia de apoyos y cuidados, a través de un decreto supremo del Presidente de la República.
¿Qué es el Programa para el acompañamiento y la atención de las personas con dependencia y sus personas cuidadoras no remuneradas?
Es una iniciativa que se instalará en todo el territorio nacional, que entregará acompañamiento a las personas con dependencia severa y sus personas cuidadoras no remuneradas, a través de servicios de apoyo y cuidados. Podrá incorporar el acompañamiento a las personas con otros grados de dependencia y sus personas cuidadoras no remuneradas.
El Ministerio de Desarrollo Social y Familia estará a cargo del diseño, ejecución y evaluación del programa, y entregará las orientaciones, instrucciones y lineamientos necesarios para su implementación. En su diseño, ejecución y evaluación se deberá considerar la Política Nacional de Apoyos y Cuidados y su plan, así como los principios establecidos para el Sistema.
¿Qué funciones tienen los ministerios en el marco del sistema?
El Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género velará por la promoción, coordinación, consistencia y coherencia de las políticas, planes, servicios y prestaciones en materia de género relacionadas con apoyos y cuidados.
El Ministerio de Educación promoverá políticas y medidas de corresponsabilidad social y de género, y de protección de la maternidad y la paternidad, para estudiantes, facilitará el ingreso a establecimientos educacionales, desde la educación parvularia, de niños, niñas y adolescentes que pertenezcan a grupos familiares compuestos por personas que accedan o puedan acceder a servicios de cuidados, como grupo de especial protección, y reconocerá las trayectorias educativas de personas cuidadoras, a través de programas de continuidad de estudios en la educación básica, media y superior, según corresponda.
El Ministerio del Trabajo y Previsión Social promoverá la autonomía económica y la generación de condiciones para un trabajo decente de las personas cuidadoras, impulsará su ingreso y mantención en el mercado del trabajo con empleos formales, así como las capacitaciones y certificación de competencias del trabajo y labores de cuidado, el mejoramiento de sus condiciones laborales, y promoverá la sociabilización del cuidado.
El Ministerio de Salud fomentará el desarrollo de acciones de promoción, prevención, protección, tratamiento, rehabilitación y cuidados paliativos para las personas con dependencia y para las personas cuidadoras, según corresponda, a fin de contribuir a retrasar, prevenir y atender la dependencia por motivos de salud o de discapacidad y promover la autonomía.
El Ministerio de Vivienda y Urbanismo promoverá el desarrollo de proyectos y el mejoramiento de entornos construidos para los cuidados, a través de infraestructura, espacios públicos y equipamientos asociados a la oferta programática del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones promoverá políticas y normas que consideren la movilidad para promover el acceso efectivo de las personas titulares del sistema. También promoverá medios de transportes adecuados y accesibles a las personas titulares del Sistema en las diferentes zonas territoriales y adecuarlos a las necesidades de los territorios.
¿Qué es el Sistema de Gestión de Información de Apoyos y Cuidados?
Es un mecanismo diseñado y administrado por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, a través de la Subsecretaría de Evaluación Social, cuya finalidad es asegurar el funcionamiento y el acceso a información oportuna y mejora continua del Sistema de cuidados.
¿Qué es el Registro Nacional de Prestadores de Servicios de Apoyos y Cuidados?
Es un registro diseñado, implementado y administrado por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, a través de la Subsecretaría de Evaluación Social. Este Registro será público y tendrá como objetivo reunir y mantener los antecedentes de las personas jurídicas (entidades) que presten servicios de apoyos y cuidados.
La información contenida en el Registro estará a disposición del público.
La inscripción en este Registro será obligatoria para aquellas personas jurídicas privadas que presten servicios de apoyos y cuidados.
¿En qué consiste el Registro Nacional de Personas Cuidadoras No Remuneradas?
El Registro Nacional de Personas Cuidadoras No Remuneradas será diseñado, implementado y administrado por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia. Tendrá por finalidad identificar, reunir y mantener antecedentes de las personas cuidadoras no remuneradas, así como de las personas que son cuidadas para el diseño y asignación de planes, programas e instrumentos.
¿Qué es la Red de Instituciones Colaboradoras del Sistema Nacional de Apoyos y Cuidados?
Es una red creada por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, a través de la Subsecretaría de Evaluación Social, con el fin de promover la corresponsabilidad social del cuidado como contribución al desarrollo del país. Podrán ser parte de la Red las instituciones públicas o privadas que impulsen acciones para promover la corresponsabilidad social del cuidado, así como el bienestar de las personas titulares del Sistema.
¿Qué es el Consejo de la Sociedad Civil para los Apoyos y los Cuidados?
Es una entidad que tendrá como funciones: