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Beneficios a favor de bomberos: Experiencia extranjera de Canadá, España y Finlandia.
En Chile, la ley otorga a los bomberos atención médica integral gratuita, subsidio durante el periodo de incapacidad y renta vitalicia en caso de invalidez permanente y en caso de muerte, renta vitalicia para el/la cónyuge e hijos menores de 18 años y el pago del costo de los servicios funerarios y sepultación. Sólo en Chile la actividad de bombero es un voluntariado. En el Estado de New Brunswick, Canadá se indemnizan las lesiones o enfermedades derivadas de la prestación de sus servicios; considerando la ocurrencia de un infarto o de alguna enfermedad prescrita. En el caso de éstas últimas, el afectado debe haber estado expuesto -regularmentea los peligros de incendio y haber cumplido con una antigüedad mínima en servicio, la que va entre los 5 (leucemia primaria) a 20 años (por ejemplo, cáncer esofágico primario) y, con respecto al cáncer de pulmón, aplica sólo para quienes no hayan fumado cigarrillos durante un mínimo de 10 años desde el diagnóstico inicial. Recién en 2019, se incluyó en la lista el desorden de estrés post traumático. En Madrid, España si un bombero ve disminuida su capacidad para cumplir con el servicio puede ejercer -previo informe médico- una segunda actividad al interior del Cuerpo de Bomberos. Como alternativa a esta segunda actividad, podrá negociar su jubilación anticipada. En Madrid existen bomberos profesionales y voluntarios. En Finlandia -por otra parte- está considerada la asistencia médica y el pago de accidentes y enfermedades profesionales contraídas debido a su servicio; también con ocasión de su entrenamiento, e inclusive, cuando en éstos se haya detectado una enfermedad, lo que les habilita para una revisión médica gratuita. En el país coexisten bomberos contratados y voluntarios, así como, industriales y militares. Además, el país explicita la existencia de cuerpos de bomberos de otras organizaciones que operan en el ámbito de los servicios de rescate.
Consumo sustentable en Europa: regulaciones para la venta a granel y la reducción de envases Regulación en España, Alemania y Francia para fomentar la venta a granel y reducir residuos.
El documento analiza experiencias regulatorias enfocadas en fomentar el consumo sustentable, especialmente mediante la venta a granel en el comercio minorista. Esta práctica permite ofrecer productos sin embalaje o con envases reutilizables, ayudando a reducir residuos, en particular plásticos de un solo uso, y alineándose con los principios de la economía circular. En el ámbito europeo, se destacan avances legislativos. El Reglamento (UE) 2018/848 establece normas para productos ecológicos, y el Reglamento (UE) 2025/40 impulsa envases reciclables y sostenibles con metas para 2030 y 2040. De esta forma, España promueve la venta a granel mediante la Ley 7/2023 y el Real Decreto 1055/2022, que obliga a los comercios a destinar parte de su superficie a productos sin envase primario y aceptar envases reutilizables de los consumidores. Por su parte, Alemania, mediante la Ley de Envases (VerpackG), exige registro y cumplimiento ambiental para envases comercializados. En el caso de Francia, con la Ley contra los Residuos y la Economía Circular de 2020, define y promueve la venta a granel como un derecho del consumidor, permitiendo el uso de envases reutilizables propios. Estas regulaciones reflejan una creciente voluntad de reducir residuos desde la fuente, promoviendo hábitos de consumo responsables. Se busca avanzar hacia una economía con menor huella ambiental, incentivando la reutilización y disminuyendo la dependencia de plásticos, con un marco normativo claro para la transición en los países de la Unión Europea.
Tiempo legislativo: Seguimiento de Temas Ambientales en el Congreso - junio 2025.
Tiempo Legislativo sintetiza el trabajo legislativo con enfoque medio ambiental y sustentabilidad, basado en citaciones del Senado y de la Cámara de Diputadas y Diputados. El periodo va desde el 26 de mayo al 19 de junio de 2025. En el Senado, la Comisión de Medio Ambiente abordó iniciativas relevantes como la creación del instrumento de conservación “Río Protegido” (Boletín 16629-12). También, fueron trabajadas diversas modificaciones al Decreto Ley N° 1939 sobre bienes del Estado, recibiendo a autoridades como la Contralora General, ministros de Bienes Nacionales, Defensa y Seguridad Pública. En la Cámara de Diputadas y Diputados, la Comisión de Medio Ambiente debatió la modificación de la ley de Tribunales Ambientales y autorizaciones para productos de un solo uso reciclables. Además, se realizaron audiencias con comunidades y expertos sobre megaproyectos, áreas marinas protegidas, contaminación industrial y pesticidas que afectan la apicultura.
Alinear legislaciones nacionales a los compromisos internacionales sobre calentamiento global.
América Latina y el Caribe, pese a ser responsables de una fracción menor de las emisiones globales de gases de efecto invernadero (GEI), uno de los principales fenómenos asociados al Cambio climático, se encuentran entre las regiones más afectadas por sus consecuencias, dada su alta exposición geográfica, su matriz productiva extractiva, su desigualdad social y su limitada resiliencia institucional. En este contexto, las respuestas al cambio climático no pueden ser exclusivamente nacionales, ni tampoco sólo de índole global. La naturaleza del problema —glocal, como se le ha denominado en diversos foros académicos y multilaterales— exige soluciones que combinen la acción local con la cooperación internacional. Desde la adopción de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) en 1992, y especialmente tras el Acuerdo de París de 2015, los estados han asumido obligaciones crecientes de mitigación, adaptación, financiamiento, transferencia tecnológica y desarrollo de capacidades. Estas obligaciones, aunque formalmente adoptadas en el plano internacional, requieren ser operativizadas a través de leyes nacionales, planes sectoriales, presupuestos públicos, regulaciones ambientales y mecanismos de rendición de cuentas.
Valparaíso como sede de la Secretaría del Acuerdo BBNJ: una propuesta-país para liderar la gobernanza oceánica del siglo XXI.
La adopción del Acuerdo BBNJ (Acuerdo de Diversidad Biológica más allá de la Jurisdicción Nacional) por parte de las Naciones Unidas representa un hito en la historia de la gobernanza oceánica. Este tratado busca proteger la biodiversidad en alta mar, una zona que cubre casi la mitad del planeta pero que carecía hasta ahora de un marco jurídico vinculante. Es un paso crucial hacia una gobernanza más justa y equitativa de los bienes comunes globales, como lo es el Océano Pacífico. Chile ha postulado a la ciudad de Valparaíso como sede de la Secretaría del Acuerdo BBNJ. La propuesta chilena se fundamenta en algo más que una postulación meramente administrativa: más bien, representa una visión-país para posicionar a Valparaíso como capital oceánica del hemisferio sur. A lo largo de su historia, Valparaíso ha sido reconocida como una ciudad- puerto estratégica del Pacífico Sur, puerta de entrada al comercio marítimo de Chile y nexo vital entre América del Sur y otros continentes. Sin embargo, esta vocación oceánica no se ha visto reflejada en una planificación de infraestructura portuaria que esté a su altura. Las obras emprendidas a lo largo del tiempo muestran un patrón de improvisación, falta de continuidad institucional y descoordinación entre los distintos niveles de gobierno: local o municipal, regional y el Gobierno Central.
Regulación del acceso vehicular a campos dunares costeros Preservación de dunas costeras: Francia, España, Brasil, Uruguay y Estados Unidos de Norteamérica
Este documento se enfoca en las regulaciones que restringen o prohíben el acceso de vehículos motorizados a campos dunares costeros en cinco países: Francia, España, Brasil, Uruguay y Estados Unidos. El informe está orientado a mostrar los marcos normativos destinados a proteger estos ecosistemas frágiles frente al impacto ambiental asociado al tránsito vehicular. En resumen, la mayoría de las regulaciones tienden a proteger los campos dunares de la circulación de vehículos motorizados debido a su fragilidad ecológica. Las excepciones suelen ser en áreas designadas específicamente para la recreación motorizada, donde se aplican permisos, límites de velocidad, y otras medidas de seguridad y protección medio ambiental.
Contaminación por micro y nano plásticos: Fuentes, impactos y amenazas para la salud humana y ecosistemas acuáticos.
Este informe aborda la creciente preocupación por la presencia de microplásticos y nanoplásticos en ecosistemas acuáticos como océanos, lagos y ríos. Los microplásticos son partículas de plástico de hasta 5 milímetros, clasificándose en "primarios" (diseñados para ser pequeños, como en cosméticos o pellets industriales) y "secundarios" (resultado de la fragmentación de plásticos más grandes por factores ambientales). Los nanoplásticos, de menos de 1 micrómetro, representan una amenaza emergente debido a su capacidad para penetrar tejidos biológicos y causar efectos tóxicos a nivel celular en organismos acuáticos, con el potencial de afectar a los seres humanos a través de la cadena trófica. Estos contaminantes se originan de fuentes primarias y secundarias, y su acumulación en el ambiente se correlaciona con la producción global de plásticos desde antes de la década de 1950. En aguas continentales, se encuentran microplásticos como poliuretano y PVC, que pueden adsorber contaminantes químicos. En el medio marino, ríos y lagos provienen de redes de pesca, envases, aguas residuales, escorrentía urbana/industrial, desgaste de neumáticos, entre otras. Las fuentes terrestres contribuyen con aproximadamente el 80% de los microplásticos en ambientes acuáticos. La detección de nanoplásticos es más limitada, aunque siguen rutas similares. Los microplásticos generan potenciales impactos negativos en ambientes marinos y de agua dulce, afectando a organismos por obstrucción digestiva, alteraciones en la alimentación, reproducción y comportamiento, además de transportar contaminantes tóxicos. También, alteran los ecosistemas y representan riesgos para la salud humana, al incorporarse en la cadena alimentaria. La OMS y la FAO advierten sobre sus efectos potenciales, como disrupción endocrina, estrés oxidativo y posibles efectos cancerígenos. Se necesita más investigación para comprender sus consecuencias a largo plazo.
Delitos de robo o hurto de mascotas. Legislación comparada.
Regulación comparada de los delitos de robo o hurto de mascotas. Se describen las normas de España y de dos estados de Estados Unidos de América (Michigan y Nueva York), por ser las jurisdicciones donde se encontraron delitos específicos de robo de animales, animales de compañía o mascotas. En Chile, conforme al artículo 432 del Código Penal, existe delito de robo cuando: “El que sin la voluntad de su dueño y con ánimo de lucrarse se apropia cosa mueble ajena usando de violencia o intimidación en las personas o de fuerza en las cosas, comete robo; si faltan la violencia, la intimidación y la fuerza, el delito se califica de hurto”. Asimismo, de acuerdo con el artículo 2 No. 1 de la Ley No. 21.020 sobre tenencia responsable de mascotas y animales de compañía, son “mascotas o animales de compañía: aquellos animales domésticos, cualquiera sea su especie, que sean mantenidos por las personas para fines de compañía o seguridad. Se excluyen aquellos animales cuya tenencia se encuentre regulada por leyes especiales”.
Contaminación por plásticos: La crisis del plástico y los esfuerzos internacionales por una regulación medio ambiental efectiva.
El documento se enfoca en la crisis medio ambiental derivada de la producción y el vertido masivo de plásticos, destacando sus impactos en la salud humana y los ecosistemas. Desde 1950 se han producido más de 9.200 millones de toneladas de plástico, de las cuales cerca de 7.000 millones se han convertido en residuos. Cada año, 8 millones de toneladas llegan a los océanos, alterando la biodiversidad marina. Además, las características del plástico, tal como su resistencia a la degradación, ha generado su acumulación en el medio ambiente. Al mismo tiempo, el informe revisa el marco regulatorio impulsado por la Unión Europea, destacando directivas sobre residuos y envases, el Reglamento REACH sobre sustancias químicas, y la Directiva (UE) 2019/904 que limita productos plásticos de un solo uso. Estas políticas fomentan la economía circular, la reducción del uso de plásticos y el reciclaje obligatorio. En 2022, la Asamblea de la ONU para el Medio Ambiente aprobó la Resolución 5/14, que inició las negociaciones para un tratado mundial jurídicamente vinculante sobre plásticos. Uno de los hitos recientes fue la Conferencia Internacional de la ONU sobre plásticos de noviembre de 2024 en Busan, Corea del Sur. Se espera que, en agosto de 2025, en Ginebra, Suiza, se celebre una reunión diplomática para la adopción formal del tratado. Este acuerdo representará un paso decisivo hacia la reducción global de plásticos.