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Usted buscó: violencia digital , Derechos de la Mujer

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24/11/2023

Programas estatales para prevenir y erradicar la violencia contra la mujer.

Se revisan los programas que los Gobiernos en Chile a través de diversos ministerios y organismos públicos han desarrollado para prevenir, enfrentar, erradicar y reparar la violencia contra la mujer. En particular, se entrega información sobre programas en violencia intrafamiliar, femicidio y violencia sexual, así como también programas que buscan garantizar derechos económicos, como es el acceso al trabajo, disminución de la brecha laboral y la brecha salarial de género.

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15/11/2023

Desarrollo de marcos legales contra la violencia contra la mujer en Latinoamérica y El Caribe.

Cada año el 25 de Noviembre se conmemora el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, para denunciar la violencia que se ejerce sobre las mujeres en todo el mundo y reclamar políticas en todos los países para su erradicación. Es en este contexto que el Comité Técnico de Género de la Biblioteca del Congreso Nacional en trabajo coordinado con la Unidad de Género del Senado y la Coordinadora de Políticas de Género de la Cámara de Diputadas y Diputados de Chile, han desarrollado un programa de 16 días de actividades que buscan informar y sensibilizar sobre esta problemática, con el objetivo de prevenir la violencia de género, en particular aquella que se da en ambientes laborales. Para aportar con el programa, el presente documento busca mostrar, con un enfoque histórico, el desarrollo de algunas de las normativas más relevantes en Latinoamérica y el Caribe, que buscan prevenir, investigar, sancionar y erradicar la violencia de género.

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22/11/2024

Violencia de género en el ámbito laboral: Normativa internacional y nacional.

La legislación nacional paulatinamente ha incorporado disposiciones destinadas a regular las conductas susceptibles de afectar la dignidad de las trabajadoras y trabajadores. Aunque estas normas no están dirigidas exclusivamente a tratar las violencias que experimentan mayormente las mujeres en razón de su género, se entiende que estas las protegen especialmente y encuentran su fundamento en disposiciones constitucionales y en las obligaciones internacionales del Estado. Los derechos de las mujeres son reconocidos principalmente por dos tratados específicos: la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer CEDAW (Naciones Unidas); y la Convención de Belem do Para (Organización de los Estados Americanos). Complementan estos instrumentos, el Convenio N° 190 de la OIT que define la violencia y el acoso, y el acoso y violencia por razón de género. El Código del trabajo, tras diversas modificaciones, incluyendo la Ley N° 21.643 (o Ley Karin), ordena que las relaciones laborales siempre deben fundarse en un trato libre de violencia, compatible con la dignidad de la persona y con perspectiva de género, lo que importa adoptar medidas para promover la igualdad y erradicar la discriminación. Son contrarias a la dignidad de la persona trabajadora, entre otras, (i) el acoso sexual, (i) el acoso laboral, y (iii) la violencia en el trabajo ejercida por terceros ajenos a la relación laboral.

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30/09/2024

La promoción y preservación de los derechos de las mujeres y las niñas: hacer justicia, mantener la paz.

Los conflictos armados, las guerras y las crisis de seguridad exponen a mujeres y niñas a un alto riesgo de violación de sus derechos. En estas situaciones aumentan los niveles de violencia de género y con mayor frecuencias son víctimas de violencia sexual, utilizada como táctica de guerra. La violencia de género se mantiene en sociedades que recién superan situaciones de conflicto por la debilidad del Estado de Derecho y la normalización del ejercicio de la violencia. Las mujeres junto a sus hijos componen mayoritariamente las poblaciones desplazadas y de refugiados. Además, a pesar de liderar procesos de paz y jugar roles importantes en procesos de reconstrucción post conflictos, habitualmente quedan excluidas de las negociaciones de paz u ocupan espacios secundarios, al margen de la órbita de la toma de decisiones. Una vez superados los conflictos, la evidencia señala que las niñas tienen más dificultades de acceso a la educación que los niños en la misma situación. Las mujeres y las jóvenes enfrentan serias barreras para acceder a servicios básicos respecto de sus derechos sexuales y reproductivos.

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25/11/2025

Avances del marco normativo chileno para erradicar la violencia contra las mujeres y niñas.

El documento fue elaborado con el propósito de apoyar a las y los parlamentarios chilenos que participaron en el Primer Encuentro de la Red ParlAmericas sobre Seguridad humana y estabilidad regional, realizado los días 27 y 28 de noviembre, particularmente en la sesión dedicada a la seguridad ciudadana y al fortalecimiento de la acción legislativa frente a los desafíos hemisféricos. En este marco, se aborda específicamente la problemática de la violencia contra las mujeres y su erradicación, uno de los ejes temáticos del encuentro. El informe entrega un análisis de los avances legislativos alcanzados en Chile durante la última década en materia de prevención, sanción y erradicación de la violencia contra la mujer, identificando, a su vez, las principales brechas y desafíos normativos que persisten y que requieren actualización, fortalecimiento o la adopción de nuevas disposiciones legales. Asimismo, el documento contextualiza el fenómeno desde el sistema internacional y regional de protección de los derechos humanos, incorporando las definiciones y estándares vigentes sobre violencia contra la mujer y la niña. Finalmente, se recogen las principales observaciones y recomendaciones formuladas por el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (Comité CEDAW) con ocasión del examen del octavo informe periódico presentado por Chile a fines del año 2024.

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16/06/2020

Violencia psicológica contra las mujeres en Chile.

Esta minuta se elabora respondiendo a la solicitud de información respecto de cifras o estadísticas de violencia psicológica contra las mujeres, ejercida por sus parejas. Se presentan algunas definiciones básicas como encuadre conceptual de la solicitud, luego se señalan las mediciones nacionales más recientes respecto de la temática y finalmente se anexan algunos antecedentes complementarios que buscan evidenciar la importancia de la articulación, el establecimiento de criterios comunes a nivel interinstitucional y la aplicación del Enfoque de Género para el registro y la sistematización de información relativa a la ocurrencia de situaciones de violencia contra las mujeres.

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08/06/2026

Campañas de violencia contra la mujer mediante letreros informativos en servicios higiénicos: Estados Unidos, Reino Unido, Argentina, Chile y México.

Presentación que trata sobre los antecedentes e instrumentos internacionales referidos a la prevención de la violencia contra las mujeres; las campañas de prevención de la misma en los servicios higiénicos, donde se realiza un análisis comparado entre diversos países que realizan este tipo de campañas; por último, se señalan algunas normativas en Chile que abordan la prevención de este tipo de violencia.

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03/09/2026

Notificación de medidas cautelares en casos de violencia familiar y de género: Chile y legislación comparada.

En Chile, las medidas cautelares dictadas en procedimientos de violencia intrafamiliar o en causas relativas a hechos de violencia de género deben notificarse de manera expedita y con especial resguardo de la seguridad de la víctima. Practicada la diligencia, debe informarse al tribunal y a los organismos competentes. Por otra parte, La legislación comparada muestra, en primer lugar, que la notificación formal y el conocimiento efectivo no siempre son tratados como cuestiones equivalentes. En algunos ordenamientos, como Inglaterra y Brasil, la atribución de responsabilidad por el incumplimiento puede depender de que se acredite que la persona conocía efectivamente la existencia o contenido de la orden. En segundo término, Dinamarca y Finlandia muestran que la utilización de medios electrónicos no necesariamente supone una reducción de las garantías asociadas a la notificación. Ambos sistemas incorporan mecanismos destinados a dejar constancia verificable de la recepción o acceso a la comunicación. Finalmente, los ordenamientos examinados contemplan respuestas específicas frente al fracaso o evasión de la notificación. Suecia ha reforzado las facultades de las autoridades para localizar a quienes intentan evitarla; Nueva Zelanda permite al tribunal autorizar formas sustitutivas de notificación cuando los mecanismos ordinarios han resultado infructuosos; y Finlandia contempla modalidades subsidiarias cuando existen antecedentes de que el destinatario se está ocultando.

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19/10/2022

Algunas dimensiones de la situación de las mujeres en Jordania.

El presente documento reproduce información procedente de diversas fuentes internacionales en torno a la situación de las mujeres en Jordania, particularmente violencia y brecha laboral, abordándose movilizaciones ciudadanas de mujeres que culminaron exitosamente en recientes modificaciones legales y programas de apoyo laboral para mujeres orientados a la inclusión y la no discriminación organizados por la OIT. Este trabajo apoya la próxima reunión del grupo interparlamentario chileno-jordano. La violencia de género persiste en Jordania, y la protección jurídica y la rendición de cuentas por esos delitos siguen siendo escasas. En el primer semestre del año 2021, varias organizaciones de derechos de las mujeres, así como la ONU, informaron que los incidentes de violencia de género habían aumentado más de un 50% en comparación con el año anterior.

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29/06/2021

Parto humanizado y violencia obstétrica en parámetros de la Organización Mundial de la Salud: Legislación de Argentina, Venezuela y México.

La promoción del parto humanizado implica restablecer a la mujer que está dando a luz como un sujeto activo y empoderarla, poniéndola en el centro y en control de su parto, donde el equipo médico trabaje al servicio de ésta y del proceso que está viviendo. Al mismo tiempo, busca que los servicios de maternidad se basen en evidencia científica y no en prácticas médicas que neutralizan a la mujer, que al final dificultan que se lleve a cabo el parto natural vaginal. Finalmente, exige cambiar el foco de los servicios maternales hacia la atención primaria basada en la comunidad y no en los hospitales, lo que también implica reconocer y validar prácticas ancestrales que los pueblos originarios han tenido respecto al parto, respetándolas,y por tanto, introduciendo la multiculturalidad en el proceso del nacimiento.

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