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Usted buscó: violencia digital , Redes Sociales

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13/08/2026

Violencia digital: respuestas normativas. Legislación comparada y desafíos de la respuesta penal.

Le presentación aborda temáticas asociadas a la violencia digital. Se tratan aspectos asociados a regulaciones, legislación comparada, la situación en Chile y proyectos de ley asociados.

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07/08/2023

Efectos en cifras de la televisión y redes sociales sobre la comisión de delitos y de actos violentos.

Muestra una revisión preliminar de literatura que oriente la indagación de los efectos de las redes sociales en la violencia y la comisión de delitos. Se exponen resultados de una revisión de artículos científicos, a partir de variaciones de las siguientes palabras clave: “efectos representación violencia medios audiovisuales TV redes sociales” en español e inglés, y búsquedas asociadas. No es una revisión sistemática. Se privilegiaron los resultados de: revisiones, investigaciones altamente citadas, estudios explicativos de fenómenos, así como estudios de entidades oficiales.

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07/05/2025

Autoridades regulatorias en el ámbito digital: Unión Europea, Australia, Reino Unido, Corea, Sudáfrica, Estados Unidos y otros.

Según la OCDE, varios países están estableciendo organismos reguladores del contenido audiovisual en Internet o redes digitales, terminando con el paradigma de la autorregulación del contenido audiovisual emitido en medios digitales. Reino Unido, Australia, Fiji e Irlanda tienen actualmente leyes de seguridad en línea, mientras que el conjunto de regulación de la Unión Europea tiene el mismo objetivo. De forma general, el objeto de las regulaciones europeas y de los otros países analizados busca equiparar las restricciones que los contenidos regulados en medios tradicionales también lo estén si están en línea, y que acciones restringidas o ilegales (como el acoso, la pornografía infantil, la violencia extrema o la manipulación) sean objeto de una regulación. Además, definen qué regula de las distintas empresas y de los servicios que elaboran y/o distribuyen contenido, así como aquellas que administran plataformas de redes sociales, asignando responsabilidades y penas en caso de incumplimiento. Entre las responsabilidades propias de los servicios digitales está la regulación de algoritmos de recomendación, el desarrollo de mecanismos de restricción de contenidos por edad y la restricción efectiva de contenidos considerados restringidos para niños, niñas y adolescentes. El cambio regulatorio se relaciona con la evolución de los organismos reguladores de telecomunicaciones (tanto de empresas de comunicación como de contenidos audiovisuales) frente a la aparición de nuevas fuentes de información que utilizan Internet como infraestructura de transporte. La nueva normativa no aplica a los Estados Unidos de América, país donde están las casas matrices de la mayoría de las grandes empresas de contenido en línea del mundo a excepción de China, y donde el regulador distingue entre contenidos altamente regulados en medios tradicionales como televisión y radio, de contenidos no regulados en medios en línea. También se informa sobre la regulación en Chile y Brasil. Se entrega, en la primera parte de este informe, un análisis contextual de la historia reciente de las entidades reguladoras de medios de comunicación.

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15/06/2022

El ambiente de información errónea y desinformación, y las medidas e iniciativas para su combate en el entorno OCDE.

Esta Minuta ha sido elaborada para apoyar la participación de la delegación de la Cámara de Diputadas y Diputados en la Reunión sobre la marcha de la Red Parlamentaria Mundial de la OCDE “Construyendo un futuro digital seguro e inclusivo en el mundo post-COVID”, organizado por la Saemia de la República de Letonia, que tendrá lugar en Riga (Letonia) los días 30 de junio y 1 de julio de 2022. En particular, entrega antecedentes para asistir al cuarto panel, titulado “Combatir la información errónea y la desinformación digital: visión desde el frente oriental”. El auge de la desinformación ha sido evidente desde hace poco menos de una década, a partir de un uso malicioso de las TIC, en especial de las redes sociales, para diseminar las llamadas “noticias falsas” (fake news).

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17/08/2026

Regulación extranjera sobre representante legal de plataformas en línea Alemania, Australia, Reino Unido, Unión Europea, Brasil.

Esta minuta contiene legislación extranjera sobre la obligatoriedad de establecer representantes legales (u otras figuras similares) a plataformas digitales no residentes en el país, con poderes que garanticen una comunicación diligente entre autoridades, usuarios y empresa digital, dando cumplimiento al régimen normativo e institucional del país de destino. Al cierre de este informe se constató la existencia de este tipo de regulación en 44 países (incluyendo la Unión Europea), en una revisión no exhaustiva. De ellos, se describen las soluciones normativas adoptadas por Alemania, Unión Europea, Australia, el Reino Unido y Brasil, países y bloque que han sido referentes en la regulación de plataformas respetando los derechos humanos. Se resumen conceptos de contexto sobre economía digital y modelos de negocio de plataformas digitales sobre uso datos de usuarios, publicidad segmentada, mínima infraestructura física en países de destino, entre otros, y las principales tensiones con las regulación tradicional, internacional y local, en materias como tributación, cooperación judicial y regulación de contenido. Finalmente se sintetiza un catastro internacional de una veintena de países (incluyendo a India, Turquía, Rusia, Corea del Sur, México y Japón) que han implementado figuras obligatorias de representación o enlace operativo. La revisión muestra una tendencia regulatoria global destinada a superar los vacíos de deslocalización, garantizar canales expeditos de notificación judicial y administrativa, y equiparar las obligaciones de las plataformas digitales transfronterizas con las exigidas a los actores económicos tradicionales.

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13/07/2021

Edad mínima de consentimiento en redes sociales. Experiencia comparada: Estonia, España, Estados Unidos de Norteamérica (EE.UU.), Finlandia, Francia, Irlanda y Rumania.

Si bien, no existe una edad única -una mayoría de edad- que otorgue a un usuario de redes sociales la categoría de usuario digital, existe un estándar, a partir de la cual se considera que la persona posee las capacidades necesarias para comprender y, por ende, para dar consentimiento respecto al procesamiento de sus datos personales, privados y la protección de éstos. El Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea define esta edad de consentimiento en 16 años, es decir, la edad en la que no se necesita el consentimiento de los padres para el procesamiento de información personal. Sin embargo, permite que los países miembros establezcan en sus legislaciones nacionales, la edad que consideren como adecuada para el consentimiento inequívoco, fijando así un umbral mínimo de edad de consentimiento que puede reducirse hasta los 13 años. En este contexto, encontramos países como Estonia y Finlandia que establecen el consentimiento en la edad más baja, es decir, 13 años. En tanto, España y Francia predeterminan la edad de consentimiento en 14 y 15 años, respectivamente. Por su parte, Irlanda y Rumania se mantienen en el otro extremo, definiendo la edad de consentimiento en 16 años. Finalmente, se presenta la experiencia de Estados Unidos de Norteamérica (EE.UU.) que establece el consentimiento en menores de 13 años. Sin embargo, en mayo de 2021, se presenta una moción legislativa que modifica y propone una nueva ley que amplia la protección a niños de 12 a 16 años.

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03/08/2026

Regulación de redes sociales virtuales, experiencia comparada.

El análisis comparado de la regulación digital en Australia, Alemania, Brasil, China, Estados Unidos, Reino Unido y la Unión Europea muestra una transición global desde la autorregulación a sistemas de corresponsabilidad legal, integrando la protección de menores en marcos más amplios sobre servicios digitales, inteligencia artificial y privacidad. Además, la protección de menores se está integrando en leyes generales de servicios digitales, datos y competencia, con el desafío de establecer deberes legales de prevención y transparencia sin vulnerar la libertad de expresión ni las garantías del Estado de Derecho.

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28/08/2019

Regulación de uso de datos de identificación personal fidedignos en las redes sociales.

El interés de regular (y exigir) la suscripción a redes sociales utilizando datos fidedignos es de data reciente: países como Colombia y España han presentado proyectos de ley sobre la materia, si bien estos no han prosperado. Las principales dificultades para la regulación de éste (y otros aspectos relacionados a las redes sociales) residen en: (1) su naturaleza de acuerdo entre privados, y (2) que las compañías matrices (de Facebook, WhatsApp y otras) se encuentran, en su mayoría, dentro de territorio norteamericano. Con un enfoque diferente pero el mismo objetivo, Dinamarca desarrolló recientemente la figura del “Embajador tecnológico”, con oficinas en California (Estados Unidos de Norteamérica), Holanda y China, para manifestar directamente los intereses de ese país a las empresas responsables. Por su parte, la legislación existente -resultante de una búsqueda en países de América y Europa- relativa a la creación de cuentas falsas, está centrada en fraudes relacionados con la creación y uso de cuentas falsas automatizadas (bots) para influir en decisiones de compra o de votaciones, así como el aumento de popularidad o visibilidad (casos de Estados Unidos de Norteamérica), o por cometer un crimen usando como medio cuentas falsas (Reino Unido).

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21/03/2023

Enfrentar la desinformación como parte de la estrategia para reforzar la democracia de la OCDE.

Esta Minuta ha sido elaborada para apoyar la participación de la delegación de la Cámara de Diputadas y Diputados en la reunión de la Red Parlamentaria Global de la OCDE, en conjunto con la Asamblea Parlamentaria de la OTAN y con el patrocinio de Women Political Leaders (WPL), que tendrá lugar en París (Francia) los días 4 y 5 de abril de 2023. En particular, entrega antecedentes para participar en la discusión del cuarto tema de la agenda, titulado “Combatting mis- and dis-information”.

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01/12/2022

Los Bots en las Redes Sociales y los Riesgos para la Democracia.

El presente Informe fue elaborado para entregar antecedentes sobre las definiciones y características de los bots en general y los social bots en particular. El informe entrega información sobre su funcionamiento, sus usos, su relevancia y sobre los efectos de su utilización para la formación de la opinión pública así como los procesos de toma de decisión democráticos. A modo de anexo presentamos un resumen del escándalo Facebook – Cambridge Analytica.

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