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01/07/2020

DEPA: Acuerdo de Asociación de Economía Digital suscrito entre Chile, Nueva Zelanda y Singapur: Objetivo, negociación y carácter del tratado.

El Acuerdo de Asociación de Economía Digital (por su sigla en inglés DEPA: Digital Economy Partnership Agreement) es el primer acuerdo en su tipo desarrollado exclusivamente para regular el comercio electrónico y los asuntos relativos a la economía digital. El DEPA fue suscrito el pasado 11 de junio entre Chile, Nueva Zelanda y Singapur de manera completamente remota, y concreta un régimen especial para la facilitación del comercio electrónico profundizando aspectos establecidos en recientes acuerdos de cooperación económica. Uno de los objetivos principales del DEPA es facilitar y potenciar las oportunidades de intercambio comercial en el entorno digital para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas. El DEPA es un acuerdo vivo, que se encuentra abierto a la incorporación de nuevos miembros, y a que otros regímenes de cooperación incorporen sus principios y definiciones o que éstas puedan ser utilizadas como referencia para el diseño de políticas públicas. Los tres países precursores de este acuerdo pionero son economías de similares características, comparten una visión común sobre el comercio exterior, y participan en bloques de cooperación económica como el P4, vínculos que determinaron la decisión de materializar el Acuerdo y explorar en éste nuevos temas de comercio digital, como inteligencia artificial, cooperación en ciberseguridad y sector Fintech, así como protección al consumidor, entre otras disciplinas que van más allá de las contenidas en el marco de otros acuerdos comerciales como el CPTPP.

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19/07/2016

Conceptos de violencia doméstica y sus clases, Chile y derecho comparado.

Se analizan los conceptos de violencia física, psíquica, patrimonial y sexual consagrados en las legislaciones de Costa Rica, Panamá, Uruguay, México, Argentina y España. En todos estos casos, las legislaciones han definido expresamente estas especies de violencia. Sin embargo, los conceptos presentan diferencias en sus elementos constitutivos y, por tanto, en los requisitos para su configuración. Las normas analizadas son: Argentina, Ley Nº 26.485 de protección integral a las mujeres; Chile, Ley N° 20.066, de Violencia Intrafamiliar; Costa Rica, Ley N° 7586 contra la Violencia Doméstica; España, Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género; México, Ley general de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia; Panamá, Ley N° 38 de 2001 y Uruguay, Ley N° 17.514, sobre Violencia Doméstica.

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09/01/2024

Violencia vicaria: Definición, normativa y evidencias de la problemática en España.

A pesar de que en las últimas décadas los países, en general, han desarrollado marcos normativos y protocolos de intervención para actuar en contra de la violencia de género, pareciera ser que todas estas medidas continúan siendo insuficientes para detener o, al menos, reducir la violencia contra las mujeres; en particular aquella que comienza cuando la mujer plantea la ruptura de la pareja y/o luego de la separación/divorcio. En este marco, en los últimos años se ha relevado la violencia vicaria como una forma más de violencia de género. Ésta se entiende como aquella que es ejercida sobre las hijas e hijos, con la intención de ocasionar un daño psicológico en la mujer. Estudios llevados a cabo en diversos países en Iberoamérica constatan que de las mujeres que vivían o habían vivido violencia de género a manos de su ex pareja, el 98,7% de los niños y niñas sufría violencia vicaria, mayoritariamente a manos del padre y, en particular, al momento de retirar o entregar al menor luego de una visita, o bien durante el tiempo de visitas con el progenitor.

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06/07/2018

Violencia en las relaciones de pareja sin convivencia, legislación comparada

Se encuentran en tramitación iniciativas de ley que sancionan las conductas de violencia intrafamiliar y contra la mujer a aquellas que se producen entre parejas actuales o pasadas entre las que no existe ni ha existido convivencia. Este informe ilustra, resumidamente, como algunas legislaciones extranjeras sancionan expresamente ese tipo de violencia. Según el caso de que se trate, la normativa se encontrará incorporada en leyes de violencia doméstica o intrafamiliar (Uruguay, España y Australia) como también en leyes de violencia de género (Argentina, España y Uruguay).

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05/06/2019

Políticas públicas y planes nacionales para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres: Chile, Dinamarca y Reino Unido.

Chile desarrolló entre los años 2014 y 2018 el Plan Nacional de Acción contra la Violencia hacia las Mujeres. Dicho plan -intersectorial, descentralizado, basado en la participación social y la capacitación en “violencia contra la mujer” (VCM)- cuenta con 4 líneas estratégicas: 1) prevención, 2) articulación y fortalecimiento del sistema de atención; 3) acceso a la justicia y sanción efectiva, y 4) información y conocimiento. Sin embargo, no se encuentra disponible información respecto a qué medidas y programas están relacionados con cada una de esas líneas estratégicas. Asimismo, con anterioridad al señalado plan nacional, se han desarrollado los Programas de Prevención Integral de la Violencia contra las Mujeres (iniciado en 2015) y el Programa de Atención, Protección y Reparación Integral de Violencias contra las Mujeres (iniciado en 2013). Ambos formarían actualmente parte del Plan Nacional. Estos cuentan con 103 Centros de la Mujer, 40 casas de acogida a nivel nacional, 3 Centros de Atención Reparatoria a Mujeres Víctimas de Agresiones Sexuales (CVS) y 15 centros de reeducación para “Hombres que Ejercen Violencia de Pareja” (HEVPA), uno por cada región. Respecto de ambos programas, la evaluación de la DIPRES da cuenta de la incorporación de un enfoque integral que trasciende el ámbito privado, transitando desde un enfoque de problema centrado en dinámicas de las familias, a uno que concibe todas las formas de violencia contra las mujeres. Sin embargo ambos programas muestran con una escasa cobertura. Además, está pendiente el registro único de víctimas de violencia de género, recomendado por organismos internacionales.

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30/03/2026

Principales hitos legislativos relativos al abordaje de la violencia contra la mujer en Chile.

Desde la Declaración sobre la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (1967), los instrumentos del derecho internacional han consignado que las creencia y prácticas que estén basadas en la idea de una superioridad de los hombres y la subordinación de las mujeres, se constituyen en actos de discriminación, al impedir la participación económica social y cultural de la mujer en condiciones de igualdad. Pero es la Recomendación General No. 19 (1992) del Comité de la CEDAW, la que reconoce a la violencia contra la mujer como una forma de discriminación, estableciendo un vínculo jurídico inequívoco entre discriminación y violencia de género. La violencia intrafamiliar es una de las primeras manifestaciones de violencia contra la mujer que condujeron al tratamiento jurídico en Chile. Primero con la Ley No. 19325 (1994) y posteriormente con la Ley No. 20066 (2005), que busca prevenir, sancionar y erradicar la “violencia intrafamiliar”. Posteriores reformas a esta ley crearon la figura del femicidio, el femicidio no íntimo y el suicidio femicida, así como un régimen de reparación integral en favor de las víctimas de estos delitos. En materia de acoso, este se ha legislado de forma separada. Así, se reguló primero el acoso sexual en el ámbito del trabajo (2005) y luego el acoso laboral (2012). Posteriormente vendrían las leyes de acoso en espacios públicos, en el deporte, en la educación superior y la

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27/04/2026

Programas de prevención y atención a agresores en violencia intrafamiliar (VIF).

El documento entrega información relativa a las características de los programas de prevención y rehabilitación para agresores en el marco de la violencia intrafamiliar, así como la vigencia de estos programas. Los Centros de hombres que ejercen violencia de pareja (HEVPA) también llamados Centro de reeducación para hombres, surgen en el año 2011, como parte del programa de atención, protección y reparación de violencia contra la mujer del Sernam. Los centros formaban parte de una red de acción coordinada con centros de atención para mujeres, de manera tal de trabajar en la disminución y prevención de la violencia ejercida por los hombres en contra de las mujeres en el ámbito de la pareja, así como también disminuir las posibilidades de reincidencia de ellas. En el año 2023, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia revisó la oferta programática en violencia contra la mujer para el período 2024 y a la luz del alto nivel de deserciones y el alto costo del programa, se recomendó el cierre de los centros y que los recursos dispuestos para el año 2024, se traspasaran al Programa de Prevención. Actualmente, el SernamEG incluye dentro del Programa Prevención de las Violencias de Género un plan de trabajo en Sensibilización y conocimiento sobre la violencia, enfoque de género y masculinidades

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24/10/2022

Identidad digital: conceptos y legislación

Varios países del mundo están implementando sistemas de identificación digital. El proceso implica la adopción de normas legales y reglamentarias, así como la implementación de sistemas tecnológicos que entreguen seguridad informática y protección a la identidad digital de las personas. Desde un punto de vista jurídico, el derecho a la identidad es considerado un derecho de la personalidad, y, el derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica es reconocido como un derecho humano por el derecho internacional. El ejercicio de este derecho se garantiza mediante la ejecución de medidas destinadas a la obtención de una identificación reconocida por un Estado, traducida en un documento que certifique la identidad (por ej. La cédula de identidad chilena es un medio identificatorio). Por tanto, identidad e identificación son conceptos diferentes que, en el ámbito digital, requieren de sistemas tecnológicos que otorguen el mismo nivel de seguridad online que en el mundo físico. Mientras la identidad física incluye atributos inherentes a la persona (nombre, edad, huella digital, fecha de nacimiento), la identidad digital se construye con más datos, como los acumulados (datos médicos, gustos, datos de comportamiento) y atribuidos (número de teléfono, correo electrónico o número de identificación nacional).

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18/08/2025

Alfabetismo digital en Chile y en la Experiencia comparada.

La discusión en torno a la brecha digital es de larga data, y como concepto emergió a comienzos de la década de 1990. Se lo comprendió originalmente como una división binaria entre personas que tienen acceso a computadores e internet y quienes no lo tienen, definición que actualmente es denominada “brecha digital de primer nivel”. Es sólo a partir de comienzos de los 2000 que el concepto comienza a ser desarrollado de manera más amplia en la literatura, considerando una variedad de factores más amplios que la mera distinción entre “tener y no tener” acceso a computadores e internet, sino que actualmente considera factores como la accesibilidad a contenido relevante, la calidad de la conexión a internet (tanto en estabilidad como en velocidad) y el conocimiento y habilidades relativas al uso de internet entre las personas. Este cambio hacia entender la brecha digital considerando el acceso, capacidades y calidad de la conexión es conocido como “brecha digital de segundo nivel”.

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09/09/2024

Institucionalidad para la prevención, denuncia y sanción de la violencia en el deporte. Caso de la Unión Europea, Francia, Canadá, Argentina y Perú

Informe que presenta la institucionalidad para la prevención, denuncia y sanción ante casos de violencia, abuso y acoso en el deporte, que difieren en naturaleza y funciones. Así, en la Unión Europea (UE) no existe una entidad centralizada para la gestión de denuncias, sino que ofrece directrices generales con énfasis en la protección de los derechos humanos y una política de tolerancia cero hacia la violencia y la discriminación en el deporte. En Francia Signal-Sports gestiona directamente las denuncias y coordina los procedimientos administrativos y judiciales. Al 2023, en 3 años de trabajo, ha adoptado más de 600 medidas contra los responsables en colaboración con diversas instituciones para asegurar una respuesta rápida. En Canadá, Abuse-Free Sport tiene un proceso estructurado para la gestión de denuncias y sanciones a través de tres componentes: la Oficina del Comisionado para la Integridad en el Deporte (OSIC), el Director de Sanciones y Resultados (DSO) y el Tribunal de Salvaguarda, garantizando un proceso exhaustivo. Por su parte, Argentina, el Ente Nacional de Alto Rendimiento Deportivo (ENARD) implementa un protocolo para prevenir la violencia en el deporte, promoviendo un entorno libre de acoso y garantizando apoyo a las víctimas, mientras que la Ley Micaela exige capacitaciones sobre género y violencia, con programas específicos para el sector deportivo. Finalmente, Perú el Consejo Superior de Justicia y Honores del Deporte estableció la Defensoría del Deportista como una entidad independiente con el mandato de -entre otras cosas- defender los derechos e intereses de las personas deportistas y recibir quejas. En todos los casos estudiados la formación y capacitación son elementos fundamentales. Se promueve la educación para prevenir la violencia y capacitar a los profesionales del deporte sobre cómo manejar y prevenir abusos. Además, se promueve la aplicación de políticas y medidas concretas para abordar y prevenir la violencia en el deporte.

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