Establece medidas para apoyar a las familias que presenten un sobreendeudamiento
Mensaje Presidencial
Número boletín: 16408-05
La Ley 21.673 se originó a partir de un Mensaje ingresado al
Congreso Nacional en noviembre de 2023 , que se estructuró
en torno a seis artículos y seis disposiciones transitorias, que
buscaron modificar la Ley 21.543, que crea un Fondo de Garantías
Especiales (FOGAES); reformar el Decreto con Fuerza de Ley 251,
de 1931, del Ministerio de Hacienda, con el fin de reemplazar
en su articulado la mención a la Superintendencia de Bancos
e Instituciones Financieras por la Comisión para el Mercado
Financiero (CMF); cambiar las normas para las operaciones de
crédito y otras obligaciones de dinero, con el objetivo de facultar
a la CMF para determinar la fórmula de cálculo del monto mínimo,
o las variables a considerar para su determinación, que se debe
pagar en las operaciones de crédito de dinero originadas en el uso
de tarjetas de crédito; modificar la Ley 20.009, de responsabilidad
para titulares o usuarios de tarjetas de pago y transacciones
electrónicas en caso de extravío, hurto, robo o fraude, para
incorporar medidas destinadas a evitar los llamados “autofraudes”
bancarios; y establecer disposiciones transitorias específicas de
entrada en vigencia de la ley.
Con fecha 2 de abril de 2024, la propuesta fue aprobada en primer
trámite en el Senado, tanto en general como en particular, para
siete días más tarde ser visada sin modificaciones, en segundo
trámite, por la Cámara de Diputadas y Diputados.
La iniciativa se convirtió en ley, tras ser publicada en el Diario
Oficial en mayo de 2024.
Fecha publicación: 2024-05-30
