Boletín Legislativo Mujeres y Género
Nº 23 | SEPTIEMBRE, 2021
Argentina
Ley N° 269 de 1999 creó el Registro de Deudores/as Alimentarios/as Morosos/as.
El artículo 2 señala que son
funciones del registro, por una parte, llevar un listado de todos/as
aquellos/as que adeuden total o parcialmente tres cuotas alimentarias
consecutivas o cinco alternadas, ya sean alimentos provisorios o definitivos
fijados u homologados por sentencia firme, y, por la otra, expedir certificados
ante requerimiento simple de persona física o jurídica, pública o privada, en
forma gratuita.
El artículo 4 establece las
consecuencias de estar incorporado en el Registro, prescribiendo al respecto
que: las Instituciones y los Organismos Públicos de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires no pueden abrir cuentas corrientes, otorgar tarjetas de crédito,
habilitaciones, concesiones, licencias o permisos a quienes se encuentren
incluidos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos. En caso de tener que
designar como personal de planta permanente, transitoria o personal contratado,
la Dirección de Recursos Humanos debe notificar detalladamente la nueva
relación laboral o contractual al Registro a fin de que éste lo comunique al
Juez, si correspondiere.
El Registro se encuentra radicado en
el Poder Ejecutivo
NOVEDADES
Publicaciones especializadas recientes
MARCO INTERNACIONAL DD.HH DE LAS MUJERES
Principales instrumentos internacionales (Declaraciones, Convenciones, Protocolos) que promueven los DDHH de las mujeres y la igualdad de género.
ORGANISMOS ESPECIALIZADOS
Divulgación de organizaciones nacionales e internacionales creadas para promover y/o colaborar con la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres.
ESPACIO LEGISLATIVO
Información jurídico legislativa del país en materia de derechos humanos de las mujeres e igualdad de género
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