El sistema comunitario de protección de los derechos humanos tiene esencialmente naturaleza pretorial. Es, en efecto, el trabajo de uno de los más significativos organismos de la Unión Europea, la Corte de Justicia de la Comunidad Europea, al que se le debe la verdaera y propia creación, en la escasez de referncias normativas, de un verdadero y propio catálogo de los derechos funadmentales y de un sistema de tutela de los tratados de acentuada originalidad. Una actividad tal ha sido posible por la Corte gracias al recurso de las tradiciones constitucionales comunes de los Estados miembros y otras fuentes cuales la Carta de los derechos fundamentales, que, si bien no es jurídicamente vinculante, ha sabido cumplir una función importante de tipo "cultural".