Presentación de reclamo
Permite reclamar ante la Honorable Comisión de Biblioteca, en el caso que observe que la Biblioteca del Congreso Nacional no cumple con las obligaciones de publicación de Transparencia Activa en su sitio electrónico.
Presentación de amparo
Permite dirigirse ante la Honorable Comisión de Biblioteca, cuando, tras solicitar información mediante formulario de solicitud que este sitio proporciona, lo que conocemos como Transparencia Pasiva, la Biblioteca del Congreso Nacional le negó la información sin justificación normativa, no entregó respuesta en el plazo de 20 días hábiles o cuando habiéndola entregado ésta no lo deja conforme, ya sea porque la información no guarda relación con lo solicitado, o bien la respuesta fue incompleta.
Información Adicional
Conocimiento
Puede reclamar ante la Honorable Comisión de Biblioteca en caso que la Biblioteca del Congreso Nacional, infrinja las normas que regulan el derecho de acceso a la información pública, por escrito o a través del formulario electrónico dispuesto por la institución en este portal Transparencia. El plazo para recurrir será de 15 días desde la notificación de la denegación de acceso a la información o desde que haya expirado el plazo previsto para efectuar la entrega de la misma.
Subsanación
Si el reclamo y/o amparo no cumple con todos los requisitos señalados en el artículo 22 del Reglamento de Transparencia de la Biblioteca del Congreso Nacional, correspondientes a los datos requeridos en el presente formulario, se requerirá al reclamante que lo subsane o corrija, dentro del plazo de 5 días hábiles desde la notificación del requerimiento de subsanación. En caso de no hacerlo se declarará inadmisible.
Procedimiento
La Honorable Comisión de Biblioteca dará traslado al Director de la Biblioteca y al tercero si lo hubiere, quienes en el plazo de 10 días hábiles podrán presentar descargos u observaciones al reclamo y/o amparo. La Honorable Comisión Biblioteca previo a resolver, puede fijar audiencias para la prueba, luego resuelve en el plazo de 15 días hábiles.
Resultado
Si la resolución de la Honorable Comisión de Biblioteca que falle el reclamo declara que la información que lo motivó es secreta o reservada, también tendrán dicho carácter los escritos, documentos y actuaciones que hayan servido de base para su pronunciamiento. Si, por el contrario, la Honorable Comisión de Biblioteca resuelve que la información y sus antecedentes y actuaciones serán públicos, el reclamante podrá acceder a copias de la información una vez que quede ejecutoriada la resolución que así lo declare.