Colegio San Agustin -ANTOFAGASTA - Región de Antofagasta


Título iniciativa:

ECOLEGIOS: En vías de una sociedad sustentable.



Definición alternativa:

Necesidad regulatoria
Nuestra iniciativa tiene el carácter del, puesto que su regulación corresponde a las materias de ley establecidas en el artículo 63, número 20 que tiene como sustento la necesidad de crear una ley general y obligatoria para configurar las bases del ordenamiento, en este caso, jurídico ambiental. Ya que el tema propuesto, no ha sido propuesto de manera obligatoria y buscando los efectos que proponemos. Cabe considerar que en uno de los puntos propuestos de nuestra iniciativa, se busca modificar un artículo de la Ley N° 20.529 para complementar y hacer operativa nuestra idea.
Es una norma imperativa, por que manda a cumplir, sin excepciones.

I.- Antecedentes
En Chile producen 16,9 millones de toneladas de basura al año: 6.5 millones de toneladas corresponden a desecho domiciliario – 38.5 por ciento sobre el total –, mientras las 10.4 millones de toneladas restantes son residuos industriales, correspondientes al 61.5 por ciento. Los índices anuales de reciclaje en Chile bordea apenas el 10 por ciento y en Latinoamérica ningún país supera el 15 por ciento, cifras por muy debajo del promedio de la OCDE. A pesar de todo, el panorama no parece tan siniestro como se deslumbra, con la entrada en vigencia de la nueva Ley de Fomento al Reciclaje y Responsabilidad Extendida al Productor (REP) el gobierno buscaría cubrir en gran extensión la problemática del desecho industrial. No obstante, hay que tener en consideración que del total de la cuota de reciclaje: 9 por ciento corresponde de reciclaje industrial y el otro 1 por ciento sobrante corresponde a desecho domiciliario, estamos hablando que de 6.5 millones de toneladas son recicladas anualmente 65 mil toneladas de basura y en consecuencia aproximadamente el 98 por ciento del desecho domiciliario – vale decir, 6.435 millones de toneladas – es acumulado a lo largo del territorio nacional en los diversos vertederos ya sean oficializados o clandestinos.

II.- Fundamentos
Los bajo índice de reciclaje se dan porque los chilenos no reciclan, esta es la realidad: según la encuesta Adimark solo 17% de la población recicla, el grupo etario que más recicla es entre 55 a 64 años, siendo el grupo comprendido entre los 19 y 24 años los que menos reciclan. Sobre las principales razones de la abstención a reciclar se cuenta: la falta de sistemas de reciclaje disponible y el no saber cómo reciclar; ciertamente no existe una conciencia recicladora y mucho menos una conciencia sobre sustentabilidad, aun cuando los derechos y deberes constitucionales velen por la formación de dichas cualidades. En el capítulo III de la C.P.R, Artículo 19 se establece:

8º.- El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. Es deber del Estado velar para que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza.

Del mismo modo revisemos también que el sistema educacional chileno dispone dentro de sus principios el cuidado del Medio Ambiente, según lo estipula Ley General de Educación, Ley N° 20.370, Artículo 3º:

El sistema educativo chileno se construye sobre la base de los derechos garantizados en la Constitución, así como en los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes y, en especial, del derecho a la educación y la libertad de enseñanza. Se inspira, además, en los siguientes principios:
k) Sustentabilidad. El sistema fomentará el respeto al medio ambiente y el uso racional de los recursos naturales, como expresión concreta de la solidaridad con las futuras generaciones.

¿Esto se ha efectuado? Ciertamente el Estado no ha sido capaz de fomentar dicho valor – respeto al medio ambiente, preservación de la naturaleza, etc. – en sus ciudadanos y por lo tanto queda a simple vista la extrema urgencia de una intervención legislativa.


Propuesta legislativa:

III.- Proyecto de Ley

Para lograr una sociedad recicladora, se necesita una conciencia ecológica, vale decir, entender que somos dependientes de la naturaleza y responsables por su estado de conservación; para lograr una conciencia ecológica, hacen falta hábitos que la refuercen. Ciertamente crear hábitos es una de las tareas más difíciles de realizar, y esto es a lo que apunta nuestra iniciativa juvenil de ley, con el fin de avanzar en pos de una sociedad recicladora.

1.-Prohíbase el uso de basureros convencionales, vale decir, contenedores de desecho genéricos sin distinción por categorías, en los espacios destinados a patios de todos los establecimientos educacionales el país, sin excepción

2.- Reemplácese de forma definitiva y obligatoria los basureros convencionales por contenedores especiales, en adelante basureros ecológicos, en todos los establecimientos educaciones del país. Los basureros ecológicos deben de ilustrar de forma clara el tipo de desecho que estos permiten por medio de color e ilustraciones correspondientes a cada tipo.

Para todos su efectos entiéndase por basureros ecológico: Contenedores de desechos con recolección selectiva, vale decir, que poseen una distinción única y reconocible que facilita el tipo de desecho que se permite eliminar en ellos.

3.- Todos los establecimientos educacionales deben cumplir con un minino categorías de basureros ecológicos, estas son: Papel y Cartón, Plásticos y Latas; Desechos Orgánicos y otros. En el caso de establecimientos de carácter Industrial-Técnico agréguese un cuarto tipo: Desechos Peligrosos.

4.-Modifíquese el artículo 49, inciso a, de la ley N° 20.529 con el siguiente texto:
a.- Fiscalizar que los establecimientos educacionales y sus sostenedores reconocidos oficialmente cumplan con la normativa educacional y ambiental, como la ley lo señale.

5.-Norma transitoria, una vez publicada la Ley, los colegios tendrán el plazo de un año para implementar dichos basureros y educar respecto a la utilización de los mismos.

Esta iniciativa busca que desde la educación, las personas puedan generar, en la práctica cotidiana, un hábito de reciclaje y una conciencia medio ambiental, de tal manera que aquellos ciudadanos que salgan a la vida, luego de su escolaridad completa, lo hagan bajo la mirada crítica, practica y responsable en el cuidado del medio ambiente.