Liceo Comercial Diego Portales -RANCAGUA - Región de O'Higgins


Título iniciativa:

Iniciativa de Ley Juvenil de Prevención a Patologías que culminen en Suicidio



Definición alternativa:

El suicidio es una realidad que se ve influenciado por dos grandes causales: las disposiciones orgánicas-psicológicas y el medio físico en que se desenvuelve un individuo, en Chile la tendencia suicida se ha incrementado en los últimos años llegando a categorizar a nuestro país como el segundo que más ha aumentado su tasa a nivel mundial, esto demuestra la clara despreocupación que se ha visto protagonizada esta acción, por tales razones hemos visualizado la caída en un vacío legal, comparándolo con otros países más desarrollados como lo es Estados Unidos, poseedor de múltiples fundaciones, corporaciones, e incluso una línea telefónica para atacar directamente esta problemática. Ahora la duda a plantearnos ¿Cuál es la mejor opción para acabar con una tendencia tan mortal como es el suicidio?, debemos atacar el fondo de la situación, por ende los pacientes deben ser tratados a conciencia para evitar que la conducta se vea fortalecida a lo largo del tiempo, por medio de un sistema eficaz y eficiente, tales razones dan paso a la creación de Fundación Viva la vida, la cual tendría como función principal tratar a las personas que recaen en dicha problemática, ya sea por padecer de una enfermedad o una situación particular que ocasiona como consecuencia la tendencia suicida. Esta alternativa es una vía más práctica y conveniente tanto para los beneficiarios como para el gobierno, quién sería el principal benefactor junto con los centros médicos aledaños a la fundación.
Respaldando su función de servicialidad del Estado consagrado en nuestra carta fundamental, debiendo velar por la integridad física y síquica de los ciudadanos.
A continuación presentaremos las estadísticas, las cuales hablan por sí solas:
- El suicidio es la tercera causa de muerte entre los jóvenes de 10 a 25 años.
- Los adultos mayores de 70 años son los que tienen más probabilidad de morir por suicidio.
- Los hombres tienen 4 veces más probabilidades de morir por suicidio que las mujeres, aunque las mujeres realizan más intentos de suicidio.
- El método más común de suicidio en la región es la sofocación (incluyendo el ahorcamiento), seguido del uso de armas de fuego y el envenenamiento (incluyendo sobredosis de drogas e ingesta de pesticidas).
- El suicidio descendió ligeramente en América del Norte 2005 y 2009, pero se incrementó en América Latina y el Caribe.
- Las enfermedades mentales son un factor presente en el 90% de los casos de suicidio.
- Cerca de 65.000 personas se quitan la vida cada año en América, más de 7 cada hora.
- A nivel mundial, las tasas de suicidio han aumentado en un 60% durante los últimos 50 años.
- Por cada persona que comete un suicidio, hay 20 o más que intentan suicidarse.
- Chile ha aumentado sus tasas de suicidio un 55% entre 1995-2009, quedando como el segundo país de la OCDE donde más se han aumentado dichas tasas.
- El suicidio es la segunda causa de muerte entre los jóvenes del mundo.
- Las tasas son 2,6 veces más altas en hombres que en mujeres.
- Durante los últimos 10 años nuestro país duplicó su tasa de suicidio adolescente, representando el segundo mayor aumento en los países de la OCDE
- El año 2013, la tasa de suicidios adolescentes era de 8 por cada 100 mil.
- Más de un 50% de las hospitalizaciones de niños y adolescentes en unidades psiquiátricas han sido modificadas por intentos de suicidio.
- Una persona se suicida cada 40 segundos en algún lugar del planeta.
- En personas entre 15 y 44 años, el suicidio es una de las 3 primeras causas de defunción. Es la segunda causa en el grupo de 10 a 24 años.
- Según cifras de la OMS del 2012, del total de suicidios consumados anualmente, 250.000 corresponden a menores de 25 años.
- Entre el 10% y 15% de quienes han intentado suicidarse fallecen por esta conducta. De estos, un 2% lo hace en el año siguiente del intento previo.
- El 80% de los casos habían dado señales o insinuaciones de lo que iban a hacer.
- Según un informe de la OCDE de 2013, Chile se ubica en el lugar 13 con una tasa de 13,3 por 100.000. Por lo tanto, a nivel nacional mueren por suicidio entre 5 a 6 personas al día, lo que es cerca de un 2% del total de muertes.
- En Chile, 2148 muertes son por suicidio al año.
- Las estadísticas mundiales establecen que el 25% de personas con transtorno bipolar se suicida, el 20% entre los depresivos y el 10% entre los esquizofrénicos.
- En Chile, el mayor número de suicidios se registra entre los mayores de 65 años, principalmente hombres. La proporción es de 32 casos por 100 mil habitantes en el sexo masculino, y 3,2 por 100 mil habitantes en el femenino.
- La tasa de mortalidad por suicidio en la Región de O’Higgins, acumulada desde 2007 a 2009 es de 15,26. La mayor mortalidad por suicidios se concentra en las comunas de Marchihue, Navidad y Chépica, seguidas de Coltauco, Machalí y Santa Cruz
- Las mayores tasas se encuentran en el grupo de 25 a 29, seguido del grupo 60 a 64 con una tasa de 19,6 por 100.000 habitantes.


Propuesta legislativa:

TITULO I: DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1: Objeto de la Ley

1.1 En virtud de esta ley se estipula la creación de la entidad de carácter público sin fines de lucro, “Fundación Viva la Vida” regulando la estructura orgánica, competencias y funciones de la misma.

Artículo 2: Características básicas

2.1 Defínase Tendencia suicida como: Conducta que conlleva al intento, acción o efecto voluntario de terminar con su propia existencia, ya sea consumado o frustrado.

2.2 Su función corresponderá a la atención médica especializada que esté estipulada en esta ley de pacientes que requieran un tratamiento para prevenir la tendencia suicida.

2.3 La entidad poseerá potestades exclusivas y compartidas con el Ministerio de Salud, el Ministerio de Desarrollo Social y Centros de Rehabilitación a Adicciones de cualquier tipo.

Artículo 3: Facultades Exclusivas

3.1 Planificar, formar, planear, dirigir, direccionar y estratificar campañas y propagandas cuya finalidad sea la prevención del suicidio.

3.2 Nombramiento de especialistas de salud aptos para la atención de pacientes

3.3 Soberanía absoluta en la facultad de diagnóstico sobre la categoría de “Paciente dado de alta”. Si la entidad considera que el paciente sigue requiriendo un tratamiento médico, esta puede impedir su salida del recinto.

3.4 Supervisar centros de rehabilitación para la drogadicción y alcoholismo.

3.5 Solicitar a las autoridades competentes aumentar el número de profesionales que presten servicios médicos, si el comité lo considera necesario

Artículo 4: Facultades Compartidas

4.1 El financiamiento de tratamientos y medicamentos que sean estipulados por esta ley y/o sean financiadas por Las Garantías Explicitas de Salud.

4.2 Nombramiento de cargos en la Administración de la entidad.

TITULO II: ESTRUCTURA

Artículo 5: De la organización del personal

5.1 Contendrá como autoridad el cargo de director en cada sección o área, el cual será nombrado mediante el sistema de alta dirección pública.

5.2 Las secciones propiamente tales serán: Área de psiquiatría, Área de psicología, Área de neurología.

5.3 La contratación del personal se realizará a través de concursos públicos a los cuales se postulará, una vez abierta la oferta en el Diario Oficial, además del o los medios que la Fundación y la alta dirección pública consideren necesarios para informar el proceso de integración de profesionales.

Artículo 6: Estructura interna de la entidad

6.1 Su funcionamiento estará basado en dos secciones niño-adolescentes y adultos.

6.2 Entiéndase por sección niño-adolescente de 13 a 17 años y adultos desde 18 años en adelante.

6.3 El área niño-adolescente trabajará en conjunto con las campañas realizadas por la Policía de Investigaciones de Chile, abarcando la totalidad de pacientes, enfocándose principalmente en alumnos de colegios y liceos municipales, particulares y subvencionados.

6.4 El área adulto tratará casos derivados del Hospital Regional, realizando un trabajo en conjunto con psicólogos, psiquiatras, neurólogos y todos los profesionales de la salud que participen de la completa recuperación del paciente.

TITULO III: TRATAMIENTOS

Artículo 7: Tratamientos médicos de urgencia

7.1 Entiéndase tratamiento médico de urgencia como toda consulta referente sobre algún aspecto físico o psicológico, a causa de un accionar o conducta del individuo en cuestión. Catalogando a estos como lesiones autoinflingidas por el paciente.

7.2 Accederán a éstos todos los pacientes que ya se encuentren en tratamiento por la entidad y que posean un historial clínico, además de personas que padezcan características que hagan suponer que la causa de su desagravio es depresión o alguna patología similar.

Artículo 8: Tratamiento médicos ambulatorios

8.1 Entiéndase tratamiento médico ambulatorio como toda consulta referente un aspecto físico o psicológico, a causa de un accionar o conducta del individuo que se haya manifestado en distintas ocasiones a lo largo de un periodo de tiempo respectivo. Llámese a esto ciertos meses, semanas, o días. Estas han de ser de carácter ambulatorio por el hecho de que los pacientes han de llevar una atención constante, manteniendo un cuadro clínico con una revisión periódica por parte de los especialistas de la Fundación.

8.2 Accederán a éstos todos los pacientes que ya se encuentren tratados por la entidad y que posean un historial clínico previo, por la cual se pueda diagnosticar la patología definida que padezca el individuo para su tratamiento.

Artículo 9: Plano económico y cobertura

9.1 Los medicamentos financiados completamente serán los estipulados en la Canasta GES, según las enfermedades que aparezcan consagradas en esta ley.

9.2 Serán consideradas como factores de la tendencia suicida:
-Trastorno bipolar
-Trastorno límite de la personalidad
-Depresión endógena
-Trastorno de estrés postraumático
-Alcoholismo y drogadicción