Colegio Santa Emilia -ANTOFAGASTA - Región de Antofagasta


Título iniciativa:

Colegio Santa Emilia ANTOFAGASTA Región de Antofagasta Mensaje Presidencial Proyecto de ley: “Recreación y seguridad para todos.”



Definición alternativa:

Chile tiene 4.754 hectáreas de plazas y parques según el catastro realizado por el Ministerio de Vivienda en el año 2014. El subsecretario de Vivienda Francisco Irarrázabal, este diagnóstico se realizó debido a que, hasta 2009 no existía información sobre esta situación. “Cuando asumimos este Ministerio, no existía registro de cuántos parques había y cuántos parques urbanos podrían emplazarse. Esperamos que esta sea una herramienta poderosa de diseño de políticas públicas para el futuro”, señala la autoridad. La Región Metropolitana tiene 272 parques, mientras que en otras zonas del país, como Magallanes, hay solo 2 centros de recreación.
La Organización Mundial de la Salud recomienda tener 9 metros cuadrado por persona. Antofagasta posee una población de 390.832(2014), por lo que la región debería tener 351 hectáreas destinadas para parques de recreación de la ciudadanía. Sin embargo, solo posee 35 hectáreas. En Antofagasta no existen lugares que fomenten la creatividad de infantes, puesto que al momento de querer realizar actividad física no están disponibles o su equipamiento (juegos, baños, alumbrado, entre otros) no es el adecuado. Esto se debe a que los Gobierno no ha mostrado preocupación por la recreación de aquellos, que no tienen todavía la autosuficiencia ni los medios para hacerlo por ellos mismos.
Debido a la carencia de áreas verdes en la región, la necesidad de tener al alcance parques recreativos los cuales tengan las medidas adecuadas y la falta de parque en los lugares marginales, buscamos crear un proyecto de ley que fiscalice y estructure parques adecuados. Con esto se pretende la creación de nuevos espacios seguros y equipados para todo tipo de circunstancia.
La motivación que nos llevó a crear este proyecto de ley fue la poca cantidad de centros recreativos, la mala infraestructura de estos, la escasa seguridad y además que no existe en Chile ninguna ley que regule ni fomente los lugares de esparcimiento familiar. Se pretende que con este proyecto aumente la recreación de los niños. Asimismo gracias a la seguridad de los parques las familias visiten los mismos, los niños aprendan sobre la cultura de su país, junto con la historia de la región, gracias a la convivencia que tendrán con otros niños disminuirá la discriminación o el ejercicio físico que podrán realizar, los mantendrá saludables.La finalidad es brindar una mejor calidad de vida a las futuras generaciones a través de lugares destinados al esparcimiento social, cultural y educativo en los parques que contengan indumentaria segura en sus recintos y que sean mantenidos. Esto considerando lo importante que es la recreación de niños y adolescentes, quienes serán los usuarios, para fomentar así la cultura en relación al país, la historia, valores y a los principios en los niños y jóvenes, y se desarrollen en un entorno saludable y beneficioso, que les permita desenvolverse en la sociedad actual tomando decisiones.
La iniciativa va dirigida a toda la comunidad pero en especial a niños, quienes como necesidad básica requieren estimulación del entorno; cuando los infantes son pequeños, el juego les ayuda a aprender cosas nuevas como las normas de conducta o valores sociales, desarrollar su cuerpo y convivir con otros niños.
Este proyecto busca crear espacios que permitan una sana convivencia social con el fin de lograr un equipamiento urbano que posibilite el desarrollo y esparcimiento de sus pobladores, considerando medidas de carácter obligatorio, como la fiscalización y mantención de los parques.
Como proyección se va a producir un cambio en el entorno en el que viven a diario niños y adolescentes, pues tendrán acceso a lugares con los elementos necesarios para su desarrollo; una salida en áreas verdes, mejor culturización con respecto a la historia de la región y actividades semanales que les permitirán desarrollar valores y tomar decisiones con respecto a su integración social. También va a permitir a las familias compartir de manera segura y saludable fortaleciendo sus lazos. Por lo tanto, se puede afirmar que esta propuesta contribuirá en toda la comunidad.
Actualmente las leyes solo establecen medidas de carácter minoritario en cuanto a parques recreativos, es decir, no hacen énfasis a la importancia de tener parques recreativos en la comunidad, dejando a libre decisión la implementación de parques. Estas normativas no son tomadas en cuenta por ninguna ley. En este sentido la propuesta busca crear una ley que permita la implementación de los objetivos antes señalados.
La propuesta de ley tiene como principal objetivo establecer como obligatorio el cumplir con requisitos mínimos de centros de esparcimiento y creatividad en una ciudad, los que deben cumplir con la normativa determinada. Así se estipula: “En Chile, las principales normativas que incluyen aspectos relacionados con la creación y gestión de áreas verdes son la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades (Ley N° 18.695),


Propuesta legislativa:

, la ordenanza general de urbanismo y construcciones, la ordenanza general de urbanismo y construcciones, la ley de bosques (D.S. N° 4.363) (Vargas y Balmaceda, 2011).”(http://www.mma.gob.cl). Sin embargo, no existen leyes que expliciten la creación obligatoria de parques recreativos. En el contexto mundial, existe en Colombia un ejemplo de ley que regula la creación y mantención de parques correctamente equipados, donde dentro de un plazo de 6 años, se implementó la construcción de centros recreativos multifuncionales. Esta iniciativa fue efectiva de acuerdo a las expectativas y necesidades de niños y adolescentes ya que abordó áreas de recreación, deporte, seguridad y salud. Por otra parte, en el parque Clemyjontri, situado en Virginia se implementó también un plan de plazas y centros recreativos que apunta a los mismos ideales, como la salud, la recreación y los cuidados especiales de los niños; que el latinoamericano expuesto pero con la integración de niños con discapacidades, que no han tenido la oportunidad de recrearse.
Actualmente, el Gobierno en conjunto con la Fundación Mi parque, promueven la creación de proyectos que desean revertir la tendencia que indica que un 56% de los chilenos nunca visita parques debido a la insatisfacción que produce la poca seguridad, manutención y diversidad de estas áreas. Sin embargo en término legales esto no está regulado ya que no existe legislación con respecto a los parques sino que la creación de estos queda sólo a voluntad de la Municipalidad.
En Antofagasta se esperó más de una década para recién comprender y atender a las necesidades de la comunidad. Así por ejemplo tardó más de 10 años en que la Plaza de los Eventos de Antofagasta fuese tomada en cuenta tras tiempo de abandono. Hoy este espacio está en vías de convertirse en un polo de desarrollo comunitario pues contempla la construcción de una explanada donde se llevarán a cabo actividades recreativas, además de la habilitación de equipamiento comercial, según informa (http://www.soychile.cl/Antofagasta)Si bien la necesidad del proyecto de ley nace en la ciudad de Antofagasta se busca poder implementarlo a nivel nacional ya que se considera como una prioridad para el bienestar del país.Este proyecto se enmarca dentro de nuestra Constitución Política que asegura “El derecho de presentar peticiones a la autoridad, sobre cualquier asunto de interés público o privado, sin otra limitación que la de proceder en términos respetuosos y convenientes”, “El derecho a la seguridad social”. La acción del Estado estará dirigida a garantizar el acceso de todos los habitantes al goce de prestaciones básicas uniformes, sea que se otorguen a través de instituciones públicas o privadas. (Artículo 14 y 18 respectivamente) y en lo que dispone la convención internacional de los Derechos del niño (1989), “a una vida segura y sana”, descansar jugar y practicar deportes. Vivir en un medio ambiente sano y limpio y a disfrutar del contacto de la naturaleza)
3. Proyecto de Ley:
Art. 1º. Cada ciudad debe contar con parques recreativos (no áreas verdes, ni multi canchas) proporcionales a la población, es decir, por cada 50.000 habitantes se deberá contar con un parque. La construcción estará a cargo del Ministerio de Obras Públicas de Chile.
Art. 2º. El financiamiento se realizará de un porcentaje extraído de los fondos municipales y también por medio de la RSE (Responsabilidad Social Empresarial) de cada comuna, es decir, las grandes empresas deberán contribuir a financiar las medidas ya establecidas.
Art. 3º. Una vez creado el parque, se entregará a la Junta de Vecinos quien deberá mantener y fiscalizar el sector donde se ubique éste. inciso a) La Junta Vecinos deberá comunicar en un informe mensual dirigido a la Municipalidad de cada ciudad, los acontecimientos desarrollados como talleres, presentación de artistas, el estado de la infraestructura, manutención, entre otros.
Art. 4º. Todo parque deberá tener una sala de emergencia, un negocio de alimentos saludables, baños, iluminación y un equipo de seguridad para fiscalizar el ingreso y cuidado del recinto.
Art. 5. Toda persona mayor de 18 años que sea sorprendida cometiendo destrozos o desórdenes dentro de la instalación será multado con 2 UTM.
Inciso a) Se aplica también a los padres de los menores de edad sorprendidos causando destrozos.
Art. 6. Se prohíbe el consumo de alcohol, tabaco y toda sustancia ilícita al interior del parque. Se multará con 3 UTM a quien se sorprenda en estas irregularidades.
Art. 7. La Municipalidad de cada ciudad deberá destinar fondos para contratar personal de vigilancia en los parques. Para ello tendrá que construir una caseta que permita monitorear las diferentes áreas del recinto.
Inciso a) La vigilancia deberá permanecer durante las 24 horas del día, con turnos rotativos según planifique cada Municipio.