Trinity College -MACHALI - Región de O'Higgins


Título iniciativa:

Iniciativa de Ley: “Eutanasia: El derecho de morir en paz”



Definición alternativa:

La Organización Mundial de la Salud (OMS) define la eutanasia como aquella "acción del médico que provoca deliberadamente la muerte del paciente".
En las personas que mantienen una enfermedad de tipo terminal se ve disminuída notablemente su calidad de vida, tanto por los constantes dolores, como también por la carga psicológica que esta situación conlleva.
La eutanasia es una alternativa, no una solución y esta se puede realizar por acción directa, entregando una dosis al enfermo o no proporcionando el soporte básico para la supervivencia del mismo.
La legislación actual plantea que esta acción sobre el enfermo es un homicidio, no considerando la voluntad del enfermo de finalizar su vida para detener el sufrimiento constante.
El consentimiento y la voluntad del paciente son claves para la ejecución de la acción con causal de muerte, ya que el afectado es el que sufre y tiene derecho a exigir un digno cierre del proceso de vida.


Propuesta legislativa:

Propuesta de Ley


Artículo n° 1. Toda persona tiene derecho a una muerte digna, teniendo en cuenta el derecho a detener su sufrimiento.

Artículo n° 2: La acción que se efectúe al paciente debe estar estipulada previamente por este último y no puede ser ejecutada sin el consentimiento final del paciente.

Artículo n°3: Los pacientes deben pasar por una Comisión Evaluadora, la cual analiza la situación médica y, a través de un voto secreto, autoriza la ejecución de la Eutanasia.

Artículo n°4: En el caso de una ejecución sin consentimiento del paciente, el/los ejecutores de la acción con causal de muerte, serán culpables de homicidio, ya que no fueron autorizados por el enfermo.

Artículo n°5: En caso de arrepentimiento del enfermo, sólo basta con expresarlo libremente a la comisión presente en el momento de la ejecución o suspensión del tratamiento.