Liceo Los ángeles A-59 -LOS ANGELES - Región del Biobío


Título iniciativa:

Moción- Iniciativa Juvenil de ley modificatoria: Mejoramiento de la implementación de JEC.



Definición alternativa:

Situación actual
El problema y su importancia
El escenario actual se caracteriza por ser una época de transformaciones muy radicales haciendo que las sociedades sean cada vez más complejas y diversas. Hoy, con el vertiginoso desarrollo de las comunicaciones, se genera gran cantidad de conocimientos, que en corto tiempo quedan obsoletos al ser reemplazados por otros nuevos.
A este proceso no es ajena nuestra sociedad chilena en general y el sistema educativo en particular, el que adquiere una importancia decisiva, al ser considerado “Como el único e insustituible medio para que las personas y las naciones puedan participar plenamente en el nuevo tipo de sociedad emergente”. (Comisión nacional para la modernización para la educación, 1995. Citado en: Jornada Escolar Completa Diurna para todos. Ministerio De Educación, 1997-1992, Pág.: 7)
La rapidez y complejidad de los cambios de todo tipo exigen sistemas educativos que caminen de la mano con este proceso. En este sentido, “El desafío para la educación es acortar la distancia entre lo que los alumnos aprenden hoy y las realidades con las que convivirán mañana. Por esto es que se dice que los alumnos más que aprender muchas cosas, necesitan “aprender a aprender” y “aprender a hacer”.( Cristian Cox: El fondo De La Reforma Curricular De Enseñanza Media: Preparar Para El Futuro. Sitio www.mineduc.cl)
La Jornada Escolar Completa “es el cambio planteado en el régimen horario de funcionamiento del sistema escolar; y la implementación de una jornada completa de ocho horas pedagógicas”. Su origen se enmarca dentro de las diversas políticas educativas que se han venido realizando desde el año 1990 destinadas a mejorar la calidad y equidad de la educación.
Chile, al implementar la Jornada Escolar Completa, “pasa a convertirse en el tercer país latinoamericano (después de Colombia y Jamaica), que destina más tiempo para que sus alumnos aprendan” (UNESCO, Informe mundial sobre la educación, ediciones Santillana ,1993.) “Ubicándose en un nivel comparable al tiempo de trabajo escolar de Gran Bretaña, Canadá y Taiwán y superior al de Estados Unidos” (O.E.C.D. Educatión at a Glance, O.E.C. Dindicator, Paris, 1996 y Ministerio de Educación de Chile, Reforma Jornada Completa Diurna para Todos, Stgo, 1997)
En relación a la Jornada Escolar Completa, nuestra experiencia como estudiantes, nos llevó a plantearnos una serie de interrogantes, fundamentalmente porque creemos que la implementación de ésta es deficiente, lo que imposibilita un desarrollo integral en la educación de los y las estudiantes, con el consecuente impacto en el desarrollo social de la comunidad escolar y del entorno comunitario.
La cantidad de horas y permanencia de los estudiantes y profesores en el establecimiento, en base a un número considerable de investigaciones realizadas (Evaluación Jornada Escolar Completa, informe final. Santiago: Universidad Catolica 2005; Jornada Escolar Completa: La experiencia chilena; Jornada Escolar Completa: La divina tragedia de la eduación) ( http://www.ceppe.cl/articulos-liderazgo-y-escuelas-efectivas/189-jornada-escolar-completa-la-experiencia-chilena-concha. http://www.opech.cl/inv/documentos_trabajo/JEC.pdf) entrega como resultado esencial una negativa predisposición de los estudiantes a la experiencia escolar ya que esto genera agotamiento, desinterés, stress, y la consiguiente carga emocional que perjudica el desarrollo integral del estudiante. (http://www.tesis.uchile.cl/tesis/uchile/2004/romero_a/sources/romero_a.pdf)
El punto central de nuestra propuesta es generar mecanismos legales o modificaciones a los mismos que apunten a respetar los rangos establecidos por norma ministerial sobre todo a lo referente a los tiempos destinados por ley a actividades no lectivas. (ART. 31.- LEGE), o bien, a equilibrar los tiempos destinados a horas lectivas y actividades de libre disposición en base al contexto del establecimiento y requerimientos de los estudiantes.
El mejoramiento de la Implementación de la JEC, por medio de actividades no lectivas (talleres certificados) orientados al desarrollo de habilidades y actitudes para la formación integral de los educandos, lograría responder en parte a los intereses y necesidades personales y colectivas que presentan los estudiantes que se encuentran en el proceso formal de educación y que no poseen alternativas de desarrollo paralelo, a no ser, que se implementen al interior de la unidad educativa debido al tiempo que permanecen por ley en el establecimiento y la limitación de recursos monetarios personales a ser empleados en dicha dirección (opciones educativas de desarrollo Integral), ya que, los establecimientos municipales atienden a un porcentaje considerable de alumnos vulnerables.
Lo anterior indica que se bebe implementar una mejor distribución de la carga horaria y mayor disponibilidad de tiempo para actividades no lectivas ya que la practica transgrede los fines de la educación establecidos por la LEGE.


Propuesta legislativa:

Modifica la ley 20.370 y 19.532
Proyecto de ley:
Artículo 1°: Introdúcense las siguientes modificaciones a la Ley 20.370:
Modifícase el Art. 31 en el inciso décimo en la siguiente forma:
“Para los establecimientos que operen en el régimen de jornada escolar completa, las bases curriculares para la educación parvularia, básica y media deberán asegurar una proporción equivalente al 15% de tiempo de trabajo escolar de libre disposición y un 15% de tiempo de trabajo escolar de cursos de especialización para estudiantes. En ese mismo régimen, los planes y programas de estudios para los niveles de educación básica y media que elabore el Ministerio de Educación deberán asegurar, a lo menos, una proporción equivalente al 15% de tiempo de trabajo de cursos de especialización para estudiantes. Estos cursos de especialización deberán tener por objeto entregar herramientas básicas en materias como primeros auxilios, inglés técnico y social, artesanías, liderazgo, desarrollo sustentable, idiomas, arte, robótica y áreas del deporte, entre otros, y deberán ser reconocidos al estudiante una vez finalizado el curso y este cumpla con los estándares de conocimiento mínimos exigidos en el programa respectivo, recibiendo el correspondiente certificado que dé cuenta de ello.”

Artículo 2°: Introdúcense las siguientes modificaciones a la Ley 19.532:
Modifícase el Art. 2 letra b) de la siguiente forma:
“Un tiempo semanal y el tiempo diario de permanencia de los alumnos en el establecimiento que permita la adecuada alternancia del trabajo escolar con los recreos y su alimentación, permitiendo además, que la distribución académica de las asignaturas de mayor relevancia curricular, entendiendo por estas como aquellas asignaturas medibles por los instrumentos estandarizados SIMCE y PSU, se concentren exclusivamente en la primera mitad de la jornada. Todo esto en conformidad a las normas que se señalen en el reglamento.”