Colegio Academia Tarapaca Orella -IQUIQUE - Región de Tarapacá

Título iniciativa:

POLITICA EDUCACIONAL DE PROMOCIÓN Y RESPETO POR LOS DDHH COLEGIO ACADEMIA TARAPACA IQUIQUE



Definición alternativa:

MENSAJE PRESIDENCIAL

Presentamos a vuestra consideración un proyecto ley que tiene como objetivo la permanente promoción, difusión y respeto por los derechos fundamentales, en ese contexto, este proyecto de ley propone la instauración de políticas educacionales, en todos los niveles de escolarización. Con el objetivo de tener ciudadanos no sólo más respetuosos de los derechos humanos sino que además empoderados en el ejercicio de los mismos y consecuencialmente más comprometidos con el país. Consiguiendo una sociedad más justa y tolerante
FUNDAMENTOS:
a. Perspectiva histórica y el efecto en Chile. A nivel sudamericano, hubo dictaduras que se caracterizaron por la violación sistemática de los DDHH. En el caso de Chile, se estableció una dictadura militar y pese a existir una declaración universal de los DDHH, el estado de Chile realizó violaciones sistemáticas a los DDHH, algunas de las cuales se han condenado después del retorno de la democracia.
Es por esta razón que el Estado debe hoy propiciar garantías de no repetición, de violaciones a los DDHH, y generar cambios en el funcionamiento de las instituciones buscando asegurar el respeto por los DDHH en nuestra sociedad.
Históricamente, el tratamiento de los DDHH en Chile no ha sido parte de una institución unificada y con potestades transversales de carácter estatal. Sino que ha sido abordada a través de programas u organizaciones gubernamentales, pero con fines parciales y específicos, siendo el de mayor relevancia en el último tiempo el Instituto Nacional de Derechos Humanos. (INDH).
No se han intervenido integralmente las políticas educacionales en esta materia, siendo éste un pilar fundamental para desarrollar jóvenes con derechos y deberes frente a la sociedad.

b. Obligación Estatal: El estado de Chile se encuentra obligado, además, de forma legal, al respeto, promoción y difusión de los DDHH, así, la Constitución política de Chile de 1980, en su artículo 5 se expresa el deber del Estado en el respeto y promoción de los DDHH.
Desde el ámbito internacional, existe la declaración universal de DDHH, y la convención Americana quien establece en sus artículo 1 y 2 la obligación que deben cumplir los Estados participes, comprometiéndose a respetar, proteger y promover los DDHH. La obligación de respetar supone que los Estados deben abstenerse de restringir los DDHH o de interferir en su realización. La obligación de proteger exige que los Estados deban resguardar a las personas o grupos de personas de las violaciones de los DDHH.
En este sentido, entonces, una ley como la que se propone, fortalece de manera permanente el cumplimiento de Chile como país con las obligaciones legales indicadas. Constituyendo la educación en materia de DDHH un aporte fundamental a la protección, respeto y promoción de estos, lo que resulta imprescindible para el desarrollo de la Nación.
Se deben sumar también, los informes de las comisiones de Verdad y Reconciliación que han establecido la necesidad de reforzar la Educación en DDHH, en todos los niveles educacionales y particularmente en las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad Pública.
c. Diagnóstico social, El concepto de DDHH no está presente dentro de las vidas de los chilenos y estudiantes, en general no entienden el concepto y lo relacionan directamente a hechos que ocurrieron en épocas pasadas en Chile, la ignorancia frente a los DDHH es una temática que está latente en la mayor parte de la sociedad, ya que se ignoran los derechos de segunda y tercera generación, lo que provoca una preocupación por parte del gobierno nacional. (Fuente: Estadísticas INDH: Instituto Nacional de Derechos Humanos)
d. Ciudadanos comprometidos: Si bien La educación en DDHH supone un aporte fundamental a la protección de los mismos y fomenta comunidades tolerantes, respetuosas y justas, esenciales para el desarrollo de la nación, como hemos indicado. Resulta indispensable, asegurar el aprendizaje e incorporación de estos conceptos y materias en los niños y jóvenes del país para garantizar nuevas generaciones respetuosas de los mismos, el currículum existente es limitado, y proponemos una política transversal, que involucre a todos los sectores de la Comunidad educativa a fin de alcanzar el objetivo propuesto.


Propuesta legislativa:

PROPUESTA DE LEY
Lo que nosotros proponemos es la creación de una política pública que tiene como objetivo respetar, promover y garantizar la educación sobre DDHH, considerando las normas ya existentes respecto de la educación en Chile y según lo establece la ley general de educación.
Artículo 1º Con el Objetivo de Desarrollar conocimientos, habilidades y actitudes que permitan el desarrollo personal, social, el conocimiento y la cultura en la temática de los Derechos Humanos. El Ministerio de Educación establecerá, conforme los procedimientos legales vigentes, la obligación de que todo establecimiento educacional del país deberá mantener programas educativos que incorporen el respeto, promoción y garantía de los Derechos Humanos.
Cada establecimiento podrá definir, conforme a los lineamientos generales de los curriculum, las actividades educativas que se realizaran anualmente en los establecimientos y las asignaturas que desarrollan las referidas temáticas, debiendo asegurar un mínimo de 24 horas pedagógicas anuales para cada alumno. Se consideraran para estos efectos también los talleres de reflexión y debate, actividades extraescolares trabajos de investigación, montaje de una obra teatral.
Artículo 2º Dichas políticas se realizarán en todos los establecimientos del país, ya sean subvencionados, particulares o municipales, integrando a toda la comunidad educativa: alumnos, alumnas, padres, hermanos y apoderados, profesionales de la educación, asistentes de la educación, equipos docentes directivos y sostenedores educacionales.
Artículo 3º Esta política pública, será a través de una ley que mande a educar de formar permanente y transversal desde la perspectiva de los D.DH.H.

Artículo 4º Estos proyectos se realizarán en forma anual, en todos los establecimientos educacionales del país, en los niveles básica y media, los cuales tendrán en su calendarización políticas de promoción y respeto por los Derechos Humanos que irán cambiando anualmente con distintas temáticas que apunten a los DDHH, con el fin que el alumno desarrolle una visión global sobre el tema. Esto se hará efectivo por medio de la adecuación curricular a través de la creación de los proyectos y/ o programas, haciendo efectivo que la educación en derechos humanos sea una realidad transversal para todos los integrantes de los establecimientos de Chile.
Artículo 5º El ministerio deberá además, coordinar y organizar anualmente capacitaciones a docentes de los establecimiento públicos y “subvencionados” para el aprendizaje de técnicas de enseñanza y actualización en la temática de derechos humanos, su alcances y forma de enseñanza.
Artículo 6º. Cada establecimiento deberá promover en cada integrante de la comunidad educativa el respeto por los Derechos Humanos en aspectos como la diversidad, la igualdad, la inclusión entre otros, donde todos los integrantes se informen, opinen y se comprometan con los DDHH, generando ciudadanos comprometidos y conscientes de sus derechos y deberes
Artículo 7º. El Consejo Nacional de Educación aprobará las bases curriculares de dicho proyecto de acuerdo al procedimiento, velando por que los objetivos de aprendizaje contemplados en éstas sean relevantes, actuales y coherentes. Asimismo, deberá constatar que los objetivos de aprendizaje del proyecto y/o programa que se le presentan sean adecuados a la edad de los estudiantes.