Instituto Obispo Silva Lezaeta -CALAMA - Región de Antofagasta


Título iniciativa:

Disminución de impuestos para las personas que adopten perros callejeros.



Definición alternativa:

Tenencia responsable Se define "como el conjunto de obligaciones que contrae una persona cuando decide aceptar y mantener una mascota o animal de compañía"1.
De acuerdo a esta definición se puede concluir que toda persona tiene la responsabilidad de brindarles a las mascotas de compañía todos los cuidados que sean necesarios para que puedan vivir dignamente. El Proyecto de ley que hace poco fue aprobada en la cámara del senado y de diputados, y está a punto de entrar en vigencia sólo resta la firma de promulgación de la excelentísima presidenta de la república. ¿Pero es acaso esta ley una ley completa? ¿Podemos pensar que los animales que hoy se encuentran en situación de calle y abandono podrán vivir dignamente? ¿Las personas podrán ser responsables con sus mascotas? ¿Con esta ley se acabarán las mordeduras y enfermedades asociadas a esta hacia las personas?
Todo indica que no, producto de que Ley Cholito tiene problemas de argumentación y de investigación científica, sobre todo en lo que especifica su artículo 25, que hace mención sobre la esterilización temprana a todo animal (cachorro) que sea vendido o adoptado, no teniendo presente que esto conlleva a serios daños de salud en la vida de ese animal. Por otra parte, no se especifica que pasará con los animales que ya se encuentran en situación de abandono en las calles de todo Chile, en cuanto a la adopción de estos no existe una política o plan estratégico de motivación hacia la adopción, por lo tanto, el control en la tasa de crecimiento de la población canina en situación de calle crecerá de igual forma.
Según los últimos datos entregados sobre el número de población canina en las calles de nuestro país es alrededor de 1.7 millones de perros callejeros. Los perros representan un problema de salud grave en Chile, porque en el año se producen toneladas de fecas que están en la vía pública, además de que en Chile más de 59 mil personas son mordidas por perros al año, lo cual produce enfermedades y en algunos casos la muerte de personas.
Definitivamente, este tema es discutido por veterinarios y por varias agrupaciones animalistas, los perros en situación de abandono son expuestos a un permanente maltrato, algunos de estos maltratos son: el caso del perro quemado en Santiago centro, perros abusados sexualmente a cuadras del congreso y el perro que fue apaleado en Recoleta y esto no tan solo afecta a los perros, sino que también afecta el bienestar del grupo humano.
Frente a una situación parecida a la que se está viviendo en el país, Argentina aplico una disminución de impuestos a las personas que adopten perros para reducir la cantidad de perros callejeros que está enfrentando la población del país. Al igual que en Holanda los perros callejeros eran un problema lo cual lo enfrentaron, realizaron jornadas de esterilización masiva y castración obligatoria además de crear leyes contra el abandono, con una condena de 3 años y multas de $17 mil dólares (11.441158 pesos chilenos)
Para el Gobierno parte de la solución se encuentra en la ley de tenencia responsable de mascotas, la que contemplará la implantación de un chip en perros y gatos, esto se sumaría a un plan de esterilización masivo y obligatorio en todo el país.
La solución es la esterilización, que, si bien el Gobierno está tomando medidas, pero aún el número es muy bajo todavía y por otro lado es la educación, advierte la coordinadora de la Fundación Stuka.
Para el decano de Veterinaria de la U. de Chile la solución pasa por juntar a todos los interesados y hacer políticas públicas al respecto. Esto no se soluciona sólo con una ley, se soluciona con voluntades, Urcelay.
El SAG y las otras instituciones discuten las formas de resolver un problema que está en las calles originado por el abandono de los animales.


Propuesta legislativa:

Proyecto de ley
La importancia de crear esta moción de ley es mejorar el bienestar de las personas que habitan en Chile, la convivencia sana y responsable con las mascotas, y crear un estímulo para toda aquella persona que quiera y pueda adoptar un perro o un gato, a través de la disminución o devolución de impuesto, lo cual esto incentivará a las personas a adoptar animales callejeros provocando la disminución del número de perros en situación calle o abandono.
Artículo 1: el objeto de la ley es que toda persona que adopte un animal callejero recibirá una disminución o devolución de impuestos de venta, renta y servicio, en un 25%
Artículo 2: cada familia podrá adoptar hasta dos perros callejeros, estos deberán ser entregados por los respectivos caniles municipales, dejando registro de los datos personales, dirección, etc.
Artículo 3: Los perros deberán ser entregados esterilizados y con todos los tratamientos sanitarios al día. Además de su inscripción con microchip, que será implantado por cada municipio.
De la fiscalización
Artículo 4: Cada municipio a través de su respectivo departamento se encargará de fiscalizar de acuerdo al registro a cada domicilio familiar que haya adoptado un perro, se fiscalizará el estado sanitario y las condiciones ambientales donde vive.
Artículo 5: Cada una de las visitas que se realicen se deberá dejar una hoja de registro de acuerdo a las observaciones que se lograron visualizar.
De los deberes de las personas.
Artículo 6: Las personas tendrán el deber de alimentar, cuidar, y brindar un espacio físico adecuado a sus mascotas (perros) Además de mantener al animal bajo condiciones sanitarias óptimas.
Artículo 7: Las personas deberán tener un registro carnet veterinario acerca de todas las vacunas y tratamientos médicos de cada perro.
Artículo 8: Cada persona que adopte un perro deberá dar aviso dentro de las 48 horas sobre la pérdida o muerte del animal; este último el médico veterinario deberá certificar la causa de muerte del animal.
Artículo 9: en caso de existir un indicio de maltrato animal o que la causa de muerte sea específicamente a raíz del mismo maltrato animal, el propietario quedará citado al juzgado pertinente.
De las sanciones.
Artículo 10. Cada persona que abandone, maltrate, o tenga a su perro en condiciones deplorables, serán citados al juzgado pertinente. Y deberá cancelar multas que van desde las 10 UTM, hasta las 20 UTM.
Artículo 11: en caso de haber algún indicio de maltrato animal queda automáticamente suspendida el beneficio entregado en el artículo 1.
Artículo 12: la persona que realice un acto de maltrato animal quedará inhabilitada de por vida para poseer otro perro.