Liceo San Jose U.r. -AYSÉN - Región de Aysén


Título iniciativa:

Ley de tarifa cero para los adultos mayores en el transporte público urbano



Definición alternativa:

Chile actualmente presenta una situación compleja, más del 14% de la población corresponden a adultos mayores, es decir, 1.717.478 personas. De estas el 46 % son hombres y el 54 % son mujeres según datos del CENSO del año 2002, cantidad que según estimaciones estadísticas seguirá aumentando, cambiando la estructura de la pirámide de población nacional.
Respecto de lo anterior, la población senil recibe pensiones que no alcanzan para cubrir sus necesidades mínimas.Según la encuesta CASEN del año 2015, la pensión promedio de los adultos mayores es de $329.000, concentrándose cerca el 60% de sus gastos en medicamentos y calefacción; y un 20% en el transporte público. Siendo más específicos, según datos de esta misma encuesta, el grupo de ancianos del primer quintil, sólo obtienen una pensión de $102.897, lo que sin lugar a dudas constituye un drama económico y social para estas personas.
Según el diario electrónico el Mostrador, las personas que se jubilan en Chile, tienen una tasa de reemplazo en promedio del 37%, siendo una de las peores de la OCDE, lo que en consecuencia convierte a los adultos mayores en una población que pierde poder adquisitivo, es decir que puede consumir menos. Este mismo medio detectó en el año 2015, que el monto promedio de pensiones entregadas por la AFP, fue de $191.331, renta inferior al sueldo mínimo.
Un estudio de la fundación sol sostiene que el gasto promedio en transporte público de los santiaguinos es del orden de los $30.000, suma que si se aplica a una renta de un adulto mayor equivale a un 30% de la jubilación que puede percibir.
Según el diario La tercera, en la ciudad australiana de Adelaida, los adultos mayores no pagan en los principales medios de transporte público, con horarios delimitados y con un sistema fácil y eficiente. El diario La voz indica que en Argentina, específicamente en la ciudad de Córdoba la locomoción colectiva no tiene costo en trayectos urbanos e interurbanos, obteniendo una gran acogida en la población.
En nuestro país, una pequeña ciudad ubicada en la zona austral es pionera en la gratuidad del transporte público de la población senil. La comuna de Puerto Aysén cuenta con el uso de tickets en la locomoción colectiva, financiada por la municipalidad de la comuna, que hace un esfuerzo para apoyar a la tercera edad.
La legislación chilena actual se fundamenta sobre el estado social de derecho, es decir, que el estado debe proteger los derechos económicos y sociales de la población. La constitución política chilena en el artículo 1 sostiene que la finalidad del estado es promover el bien común,resguardando la dignidad humana. También el estado debe ser un medio para favorecer el desarrollo integral de todos los seres humanos.
En Chile incluso existen instituciones que velan por el bienestar de los adultos mayores, como el SENAMA, que tiene como misión fomentar el envejecimiento activo y el desarrollo de servicios sociales y valoración en la sociedad, circunstancia que da a entender que el estado si tiene una preocupación real por los ancianos.
Actualmente los adultos mayores viven una situación crítica desde el punto de vista económico. Sus exiguas rentas no les permiten desarrollarse dignamente en la sociedad chilena, siendo de vital importancia que el estado le proporcione ciertas garantías para que puedan llevar una vida más digna.
Considerando este diagnóstico surge la siguiente propuesta legislativa que tiene el carácter de mensaje: ''Ley de tarifa cero para los adultos mayores en el transporte público urbano''


Propuesta legislativa:

Artículo N°1 Los beneficiarios:
Crease un sistema de gratuidad en el transporte público para los adultos mayores jubilados, a partir de los 65 años en hombres y 60 años en mujeres.
Artículo N°1 bis: Se entiende por transporte público a microbuses, taxibuses, trolebuses,metro, ferrocarriles urbanos y servicios metropolitanos,es decir, transporte urbano.
Artículo N°1 ter: Para financiar este proyecto de ley, el estado chileno asignará un 10% de la recaudación de los impuestos específicos al combustible.

Artículo N°2 Ejecución del beneficio:
El ministerio de transportes y telecomunicaciones creará una tarjeta nacional para adultos mayores, con el objetivo de que los jubilados accedan a la gratuidad en el transporte público urbano. Esta tarjeta tendrá un carácter nacional, por lo cual es independiente de la localidad donde residen los beneficiarios.

Artículo N°3 Asignación del beneficio:
Las personas que cumplan con los requisitos nombrados artículo N°1 y que estén jubilados deberán solicitar la tarjeta al ministerio de transportes y telecomunicaciones. Aquellas personas que aún no se han jubilado obtendrán automáticamente esta tarjeta una vez que terminan sus trámites de jubilación, a partir de la publicación de la ley.

Artículo N°4 Restricciones y sanciones:
Si un beneficiario es sorprendido realizando un mal uso de la tarjeta, será excluido para siempre del beneficio.