Liceo Armando Robles Rivera -VALDIVIA - Región de Los Ríos


Título iniciativa:

MENSAJE PRESIDENCIAL: Beca de Internet para Estudiantes del sector Subvencionado



Definición alternativa:

"Aunque los teléfonos móviles se utilizan en todas partes del mundo, la revolución de las TIC no se llevará a cabo por voz o SMS. Sin un mejor acceso a Internet a precios asequibles, una gran parte de la población mundial seguirá viviendo en la pobreza digital y se perderá las enormes ventajas sociales y económicas que ofrecen las TIC", opina Thierry Geiger, Economista principal del Foro Económico Mundial y coautor del "Global Information Technology Report 2015" del Foro Económico Mundial.
Hoy en día, en nuestra sociedad, se visualiza la tecnología como una herramienta que puede tener un impacto en el proceso educativo y en el desarrollo de capacidades estratégicas en las personas. Bajo este concepto, se gestan y ejecutan diversos proyectos y propuestas pedagógicas que llegan a beneficiar a un amplio rango de personas en todo el territorio nacional, en especial a los estudiantes.
En vista de que cada día la sociedad avanza más en lo que a tecnología respecta, el mundo educativo no puede quedarse al margen de este nuevo fenómeno al que podemos calificar como auténtica revolución; ya que nos es posible acceder a cualquier información con tan sólo apretar un botón. Y sin embargo, hay aún 49,7% de estudiantes que no tienen acceso a Internet (según datos de MINEDUC). Es a partir de la información recabada y mencionada anteriormente, que nace nuestro proyecto, el cual es un incentivo en forma de subsidio para el acceso y cobertura a redes de Internet para estudiantes del sector subvencionado.
Beneficio que se hará efectivo a través de la creación de una tarjeta llamada "Beca de Internet para Estudiantes del sector Subvencionado" (BIES).
Esta busca brindar un apoyo de carácter económico a los estudiantes del sector subvencionado, haciéndose cargo el MINEDUC de que estos tengan acceso al mundo globalizado del Internet. Además de aumentar los niveles de equidad y disminuir la brecha digital.
Asimismo, esta iniciativa de ley, busca integrar e incluir a los estudiantes a la "Sociedad Digital".
La sociedad digital se define como un momento histórico, el cual modifica la transmisión de conocimiento del sistema productivo y la sociedad. Esto debido a que altera las formas de aprender, producir y organizarnos. Asimismo, la sociedad digital es caracterizada por la gran cantidad de información que en ella circula y la rápida obtención de la misma. Esto se refleja en la normalización de los avances tecnológicos. En relación a este fenómeno encontramos dos grupos claramente definidos: los Nativos Digitales y los Inmigrantes Digitales.
Los llamados Nativos Digitales son aquellos que nacieron rodeados de tecnología, teniendo más facilidad a la hora de acceder y desarrollar sus capacidades con esta. Se diferencian de los Inmigrantes Digitales en que estos últimos son los que tuvieron la necesidad de integrarse a este mundo digital sin haber nacido con la tecnología al alcance, motivo por el cual les es más difícil interactuar con esta.
Dicho esto, es pertinente destacar que en muchos países del mundo se han implementado sistemas similares a nuestra propuesta. Por ejemplo, en la isla de Taiwan, que pertenece a China, se cuenta con un sistema de identificación para tener acceso a Internet gratis de buena señal.
En Tallinn, capital de Estonia, se implementó el mismo sistema, más globalizado aún; una red inalámbrica que cubre toda la ciudad.
En Estados unidos, país de origen de la red Internet, la administración educativa ha impulsado programas para proporcionar acceso en todos los centros de educación primaria y secundaria. En Nueva York, por ejemplo se implementaron redes de alta cobertura en plazas y edificios públicos, más precisamente, en Manhattan.
Con la BIES, se busca generar este acceso, pero a diferencia de los casos anteriores, buscamos el acceso a contenidos en espacios privados. Y esto se realizará mediante la creación de una tarjeta que se recargará mensualmente. Dicha tarjeta se conseguirá vía postulación, y será exclusiva para los estudiantes que destaquen por su rendimiento académico, esto con el fin de que el estudiante beneficiario se sienta incentivado a progresar, informarse y adquirir conocimientos que le servirán para insertarse en la vida cotidiana, buscando una mejora en su rendimiento académico y la estimulación necesaria para el desarrollo de sus capacidades en el mundo globalizado. Todo esto con el acceso a Internet, puesto que éste transforma la manera de relacionarnos.


Propuesta legislativa:

PROYECTO DE LEY: Mensaje Presidencial: Beca de Internet para Estudiantes del sector Subvencionado
Título 1: Tarjeta (herramienta beneficiaria).
Artículo 1: Explíquese los siguientes conceptos como:
1) Entiéndase por "Sector Subvencionado" como el conjunto de establecimientos educacionales que reciben algún tipo de subvención por parte del Estado.
2) Entiéndase por servicio de Internet todo tipo de conexión a Internet el cual esté a la disposición de los consumidores.
Artículo 2: Créese una tarjeta con nombre "Beca de Internet para Estudiantes del sector Subvencionado" (BIES)
1) Esta tarjeta tendrá un uso de índole único y exclusivo para concretar el pago del servicio de Internet.
2) Recárguese mensualmente con el monto de CLP $15.000 (quince mil pesos chilenos). Este monto no es acumulable; cada vez que se recargue el saldo será reiniciado al monto inicial ($15.000).
3) La tarjeta es intransferible.
4) Para efectos del contrato en el caso de menores de edad, este, se llevará a cabo mediante su representante legal o tutor, de acuerdo con las normas vigentes del ordenamiento.
5)El beneficio involucra a la familia completa, por ende, por grupo familiar se hará entrega de máximo una tarjeta.
Artículo 3: En caso de pérdida, robo o daño de la tarjeta, se debe ingresar a la página www.bies.cl y completar el formulario de reposición.
1) En cualquiera de estos casos, se debe iniciar el trámite de bloqueo de tarjeta en la página web.
2) Posteriormente, se debe dejar constancia en carabineros (en caso de pérdida o robo), para luego iniciar el trámite de reposición.
3) Máximo de dos reposiciones anuales.
4) Al perder la tarjeta por tercera vez, la persona perderá el beneficio automáticamente.
Título 2: Beneficios
Artículo 1: La obtención de este beneficio se realizará mediante una postulación, a través de la página web www.bies.cl
Artículo 2: La postulación al beneficio debe llevarse a cabo durante el segundo semestre del año anterior a la obtención; desde el 1 de agosto hasta el 31 de octubre.
1) La postulación se hará cada año, cada postulante debe presentar sus datos en la fecha establecida.
2) Los beneficiarios deberán someterse a postulación anualmente.
Artículo 3: Requisitos para obtener el acceso a la postulación:
1) Promedio de notas anual anterior igual o superior a 6.0, si el estudiante cursa educación básica.
2) Promedio de notas anual anterior igual o superior a 5.5, si el estudiante cursa educación media.
3) El postulante tiene que contar con algún equipo en su hogar que tenga la posibilidad de realizar conexión a Internet, ya que el Estado no se hará cargo de entregar estos.
Artículo 4: La cantidad de beneficiarios está sujeta a cambios, dependiendo directamente en cómo afecten los resultados de la aplicación del beneficio en el primer año (2018). En caso de que los resultados arrojados sean efectivos, se implementará para el año 2019 en la educación superior.
1) La cantidad inicial de beneficiarios del año 2018 serán:
• 25.000 estudiantes que cursen la educación básica
• 35.000 estudiantes que cursen la educación media
• Total: 60.000 (sesenta mil) estudiantes beneficiarios a nivel nacional.
2) La cantidad de beneficiarios se repartirá de manera igualitaria a lo largo de todo el país; 4.000 (cuatro mil) beneficiarios por región.
3) En caso de que en una región no se lleguen a ocupar las 4.000 vacantes, el dinero destinado a las vacantes remanentes, no se destinará a esos fondos.
4) De los estudiantes por grupo familiar, sólo uno puede postular a acceder a este beneficio.
5) En el caso de que haya más de un promedio similar con decimales, el beneficiario se escogerá por orden de postulación.
Artículo 5: Se destinarán fondos de CLP $900.000.000 (novecientos millones de pesos chilenos) mensuales por parte del MINEDUC para este proyecto.
Artículo 6: Es responsabilidad del MINEDUC velar por el acceso al internet de los estudiantes de buen rendimiento académico.
Artículo 7: Las empresas privadas podrán postular para adherirse a esta ley, los que decidan hacerlo recibirán reducción de impuestos referentes al servicio de Internet, y deberán cumplir con los siguientes requisitos:
1) Creación de un plan especial para la BIES que contenga desde 15 mb de bajada y 2 mb de subida en adelante, con un valor máximo de $15.000