Colegio Nuestra Senora Del Carmen -VALDIVIA - Región de Los Ríos


Título iniciativa:

Departamento de sexualidad y afectividad por establecimiento educacional



Definición alternativa:

Modificación a la Ley 20418:
Inclusión de un departamento de sexualidad y afectividad por establecimiento educacional
Primeramente plantearemos como Iniciativa Juvenil de Ley, una modificación
a la ley ya existente, LEY NÚM. 20.418 QUE FIJA NORMAS SOBRE
INFORMACIÓN, ORIENTACIÓN Y PRESTACIONES EN MATERIA DE
REGULACIÓN DE LA FERTILIDAD.
La ley 20.418 contempla en sus artículos el derecho de
recibir educación, orientación e información en materia de regulación de
fertilidad, la cual debe ser completa, sin sesgo y libre, de acuerdo a las
creencias u orientaciones para la vida sexual o afectiva de los individuos, a fin
de reducir los embarazos adolescentes, violencia sexual y enfermedades de
transmisión sexual.
Este proyecto de ley nace de la situación de mortalidad infantil y de la madre
que se mantiene constante desde la década del 80 en nuestro país, la cual en
resumen dice que un niño hijo de madre sin instrucción en materia de
regulación de fertilidad, tiene seis veces más probabilidades de morir que uno
hijo de madre con instrucción superior, siendo esta cifra mayor en los partos
de los sectores socioeconómicos con menos recursos de nuestro país y a
medida que la edad de la madre disminuye. Además, la ley surge para
disminuir los embarazos adolescentes, los cuales fluctúan entre los 15 y 19
años y en donde el 48% de estos se concentran en el nivel socioeconómico
bajo el nivel de la pobreza y en el 74% de los dos quintiles.
En este contexto, los establecimientos educacionales reconocidos por el
Estado, deben incluir un programa de educación sexual en la Enseñanza
Media, de acuerdo al proyecto educativo, convicciones y creencias del
establecimiento, con el objeto de promover una sexualidad responsable y dar a
conocer los métodos anticonceptivos existentes para regular la fertilidad.
Sin embargo, estos programas de educación sexual no se están impartiendo en
los establecimientos como deberían, sino que se abordan como un puñado de
contenidos en la asignatura de Ciencias Naturales que están incluidos en los
niveles de séptimo básico y segundo año medio, en los que se trata el aparato
reproductor masculino y femenino, fecundación y lactancia, y en forma de
pincelada el tema de las enfermedades de transmisión sexual y métodos
anticonceptivos, catalogándolo como un programa de educación sexual, el
cual no lo es.
Antes que todo, debemos entender por fertilidad la capacidad de producir o
sustentar una descendencia numerosa, que es el resultado de diversos factores
tanto biológicos como culturales, que afecta tanto hombres como mujeres, por
el contrario de lo que se creía en siglos pasados, de que la fertilidad estaba
ligada sólo a la mujer, por lo que el derecho a esta educación e información
debe ser impartida por igual a todos los jóvenes, sin distinguir en el género, y
a su vez, debe abarcar aspectos como el respeto, la diversidad y la autoestima,
puesto que la sexualidad y vida afectiva van mucho más allá de las relaciones
sexuales, sino que están ligados al acontecer emocional y psicológico de las
personas, que se manifiesta en el comportamiento, en los sentimientos y las
pasiones, por lo que es necesario incluir el ámbito emocional en el programa
que se plantea, ya que gran parte de estos procesos, están íntimamente ligados
a los sentimientos, siendo los jóvenes el principal eje de esta iniciativa, la cual
busca darle otro enfoque a la información, programas y departamentos sobre
la educación sexual responsable que se llevan hoy en día y que busca el
desarrollo íntegro y personal de cada persona que pueda tener acceso a este,
sin discriminación de género, orientación afectiva o nivel socioeconómico. A
su vez, con la propuesta planteada se podrá abordar el tema de la violencia
sexual de mejor manera, pudiendo exponer las causas, las consecuencias,
formas de evitarla y el debido tratamiento físico y psicológico a las víctimas
de esta, y a su vez disminuyendo esta situación que se ha convertido en un
problema a tener consideración en la sociedad actual.
La ley existente no abarca totalmente los temas en materia de educación
sexual, y afectiva que debiera poseer cada estudiante del país, pues necesita
dar mayor énfasis a la enseñanza sobre un conjunto de actitudes y valores
como un modo de vivir.
El Estado debe considerar la sexualidad y la afectividad como un tema en el
que se debe proporcionar especial atención, pues ante la desinformación y
poco o nulo impartimiento de conocimientos se generan no solo las alzas de
embarazo adolescente e ITS, sino también de violencia en relaciones de
noviazgo, problemas de género y discriminación en cuanto a diversidad.
A la visión de algunos nuestro país pudiera no estar preparado ante una
iniciativa como esta, sin embargo en el Liceo Lastarria de Santiago fue
implementada una iniciativa similar con resultados positivos. La comunidad
con voluntad logró aplicar el cambio y crear una experiencia innovadora en
pro de la igualdad.


Propuesta legislativa:

Frente a la problemática presentada, definida la necesidad regulatoria y
considerando la situación de deficiencia en educación sexual y afectiva,
podemos señalar que el problema a resolver es el siguiente:
La situación en la que se encuentra el Estado chileno es alarmante.
Actualmente la ley 20.418 no es efectiva para los asuntos que desea solventar,
primeramente los conocimientos sobre educación sexual y afectividad no son
abordados adecuadamente, sino que se ven limitados y explicados
básicamente, ajustándose a parámetros que no permiten generar una calidad de
educación en los ámbitos señalados.
Actualmente no existe una ley que aborde íntegramente los conocimientos que
debieran brindarle a cada joven de nuestro país en temas de sexualidad y
afectividad, pues la vigente 20.418 se enfoca principalmente en la regulación
de la natalidad y el embarazo adolescente, y la prevención de las infecciones
de transmisión sexual, nombrando escasamente la afectividad. Efectivamente
es importante impartir sobre estas temáticas, sin embargo estos no son los
únicos que debieran ser dados a conocer a los estudiantes, temas como la
afectividad, la diversidad, el género y la prevención de la violencia en las
relaciones interpersonales no son comprendidas en dicha ley, a pesar de que
estos sean igual de relevantes y estén fuertemente relacionados entre sí. Es por
esto que el Estado debiera emplear una mayor fiscalización en los
establecimientos educacionales para que así los estudiantes no sean
despojados de su derecho de recibir una educación integral.
PROYECTO DE LEY:
Reforma para la LEY NÚM. 20.418
Artículo 1.- Toda persona tiene derecho a recibir educación, información y
orientación en materia de regulación de la fertilidad, sexualidad y afectividad
en forma clara, comprensible, completa y, en su caso, confidencial. Dicha
educación e información deberán entregarse por cualquier medio, de manera
completa y sin sesgo, y abarcar todas las alternativas que cuenten con la
debida autorización, y el grado y porcentaje de efectividad de cada una de
ellas, para decidir sobre los métodos de regulación de la fertilidad y,
especialmente, para prevenir el embarazo adolescente y las infecciones de
transmisión sexual. Recalcando la afectividad y sus diferentes derivados, el
género, la diversidad, la violencia sexual y sus consecuencias, incluyendo las
secundarias o no buscadas que dichos métodos puedan provocar en la persona
que los utiliza y en sus hijos futuros o en actual gestación. El contenido y
alcance de la información deberá considerar la edad y madurez psicológica de
la persona a quien se entrega.
Artículo 6.- Será de carácter obligatorio que los establecimientos
educacionales cuenten con un departamento interno compuesto por un
profesional de la salud capacitado en temas de sexualidad y afectividad, el
cual se encargará de las funciones mínimas de facilitar información y
asesoramiento para estudiantes respecto a los problemas de sexualidad y
afectividad. El mismo departamento deberá ser coordinador efectivo para
generar instancias efectivas y periódicas en donde se imparta la docencia de
sexualidad y afectividad, facilitar la investigación de la materia y proveer los
suministros varios que el estudiante requiera para su acompañamiento.
El proyecto de ley que estamos postulando tendría un gran impacto en la
sociedad, ya que si se implementara sería de gran ayuda a la población
estudiantil en cuanto a guiarlos, informarlos y educarlos. La integración del
departamento anteriormente mencionado garantizará el decrecimiento de mala
información sexual que posee el estudiantado, la ignorancia o falta de cultura
sexual y de afectividad, enfrentar como sociedad el tema de las violaciones,
crear confianza en los jóvenes para preguntar y/o platicar sobre temas que los
inquieten, enseñar el control de los impulsos, entender la autoestima como
tema de importancia para radicar la carencia afectiva y la inseguridad, en
general, ayudará a potenciar a los estudiantes en una vida sexual y afectiva
responsable.