Colegio San Francisco Javier -PUERTO MONTT - Región de Los Lagos


Título iniciativa:

Modificación del artículo 362 del Código Penal en violación de menores de 14 años.



Definición alternativa:

Antecedentes.-
1. De acuerdo al estudio que reveló el Ministerio Público en Santiago, se dio a conocer que "en Chile 17 personas son víctimas de violación diariamente y 13 de estas son menores de edad".
2. "Más de 12 mil menores han sufrido abusos sexuales o violación en Chile desde el 2012, y durante todos estos años siempre la mayor cantidad de víctimas se encuentran entre los 0 y 15 años, con un 77%".
3. Según un estudio realizado por la ONU en el año 2014, "Chile es tercero en el mundo en tasa de denuncias por violación a menores".
4. Actualmente en Chile y según información publicada en la web de la Biblioteca Del Congreso Nacional, "la violación a un menor de catorce años tiene la sanción o pena de entre 5 años y un día a 20 años".
5. El Instituto Interamericano del Niño asegura que "en América Latina más de dos millones de niños y adolescentes son explotados sexualmente cada año". Esto indica que cada hora 228 menores, en su mayoría niñas, son violadas, en la mitad de los casos, por algún miembro de su familia.
6. "En Argentina, los violadores de menores pueden pagar cerca de 20 años de prisión y, cuando se presenta más de un abuso perpetrado por el mismo individuo, se puede contemplar la cadena perpetua e incluso la castración química para abolir ese deseo sexual".
7. "La mayoría de los violadores se rehabilita y reinserta en la sociedad española tras cumplir la condena y la tasa de reincidencia se sitúa en el 10 % en España", según la una entrevista hecha por el diario el periódico a la psicóloga Rocío Gómez.
Fundamento del proyecto.-
Actualmente en nuestra sociedad los casos de violación están ocurriendo en gran cantidad, exactamente con 228 casos de violación de menores de edad por hora según el Instituto Interamericano del Niño, y esto provoca más angustia y dolencias en los menores de edad y familias perjudicadas. Por esta razón en el país existe la necesidad de cambiar la justicia en temas de violación y abuso sexual a un menor, ya sea con aumento de penas, rehabilitaciones psicológicas y precauciones para que los niños de hoy no sigan sufriendo.
En este propósito resulta clarificadora, tomando como antecedente la justicia en Argentina, ya que en ese país, los violadores pagan una pena de alrededor de 20 años de cárcel, en caso de que sea un solo abuso, y si es más de uno la pena puede ser mayor, esto nos parece un ejemplo y luego de compararlo con nuestro país Chile consideramos que es una pena justa por el daño causado a los menores que luego sufren y padecen de un trauma por el resto de sus vidas, y la tomamos como ejemplo para redactar este proyecto de ley. También es una buena iniciativa por parte de países como España. En este país se realizan rehabilitaciones psicológicas a los violadores para que al terminar su condena no vuelvan a cometer el mismo delito, y funciona perfectamente ya que de los violadores que se rehabilitan y luego salen de la cárcel y vuelven a integrarse a la sociedad, solo el 10% vuelve a cometer el error.


Propuesta legislativa:

Propuesta legislativa:
Contenido.-
La propuesta busca lograr una estabilización de la pena para el imputado o culpable, aumentándola en cantidad de años y haciendo una rehabilitación con un psicólogo, en la cual este pueda darse cuenta del mal que está haciendo. Además separando las etapas de los menores en 3: Infante (0-5 años), niñez (6-10 años) y adolescencia (11-14 años), ya que un adolescente posee más conocimientos y posee un cuerpo más de desarrollado, pero un bebe e incluso un niño es incapaz de defenderse y resulta muy dañado e incluso puede morir ya que su cuerpo no está preparado.
Entonces el proyecto de ley modifica el artículo 362 del código penal el cual dice que quien accediere carnalmente, por vía vaginal, anal o bucal, a una persona menor de catorce años, será castigado con presidio mayor en cualquiera de sus grados.
Por lo anteriormente expuesto, se propone el siguiente:
Proyecto de Ley.-
Introdúzcase la siguiente modificación al artículo 362 del código penal, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado, se encuentra contenido en la Biblioteca del Congreso Nacional, agregándose en el artículo 362, en el inciso 1, la letra b) con el siguiente objetivo:
Se produce una división de edades para las penas del imputado en 3: Infante (0-5 años de edad), niñez (6-10 años de edad) y adolescencia (11-14 años de edad)
Introdúzcase la siguiente modificación al artículo 362 del código penal, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado, se encuentra contenido en la Biblioteca del Congreso Nacional, agregándose en el artículo 362, en el inciso 1, la letra c) con el siguiente objetivo:
Para la etapa de infante, la pena irá desde 20 años y 1 día a 25 años, para la etapa de niñez, la pena será de 17 años y 1 día a 20 años, y la pena para la etapa de adolescencia consistirá de 15 años y 1 día a 17 años. Además se introduce una rehabilitación psicológica para la recuperación del imputado.