Colegio Calama -CALAMA - Región de Antofagasta


Título iniciativa:

Donación de órganos



Definición alternativa:

Se entiende como donación de órgano, cuando una persona mayor de 18 años, una vez fallecida, se extraen sus órganos para que sean implantados en otra persona. Esta acción se puede realizar, tanto en personas vivas (siempre y cuando no altere el funcionamiento vital del cuerpo) y personas muertas (en el cual se solicita la autorización de un familiar), solo si este es menor de edad.
La implementación de la concientización sobre la donación de órganos ya sea en colegios, universidades y trabajos, es necesaria debido a dos factores importantes: uno de ellos, es el alto número de personas en lista de espera para trasplante, donde muchas personas que pertenecen a ésta mueren, y la otra, es el alza de personas que se niegan a ser donantes, ya sea, por carácter social, cultural y/o religiosos, en algunos casos son los familiares los que no dan la autorización de donar los órganos del reciente familiar fallecido. Por lo que, si se comienza a concientizar sobre este tema y entregarle la información correspondiente sobre esta problemática, además de sus beneficios sociales (un solo donante puede salvar hasta a ocho personas) las personas podrán ayudar y mejorar un problema muy grave y apremiante que existe en nuestro sistema de salud.
En el caso de los beneficios sociales, el hecho de mejorar la vida de la persona, tanto el donante como el beneficiado. Además de implementar un pensamiento distinto a las personas que están alrededor del donante, o sea un familiar de él.
Básicamente con esta ley se quiere contrarrestar o más bien disminuir la tasa de mortalidad y dar una oportunidad de una vida óptima y mejorar la vida de las personas con la necesidad de un nuevo órgano saludable. Esto se logrará concientizando al público mediante charlas y campañas que promuevan este tipo de movimiento.


Propuesta legislativa:

Se pretende implementar por ley un programa de concientización tanto en las escuelas ( En las escuelas se implementará en el currículum de educación física y salud), universidades, sistemas de salud, etc. Para la donación de órganos voluntaria. las personas que son donantes de órganos serán beneficiadas junto a su familia directa, si es el caso, en la lista de espera para alguna donación.
Esta ley es importante, porque según la ley del congreso nacional de chile, toda persona mayor de 18 años es considerado donante de sus órganos una vez que haya fallecido, pero esto no ocurre por cuestiones culturales, sociales, familiares y religiosos que toman los parientes de los fallecidos.