Col Tec Profesional Republica Argentina -ÑUÑOA - Región Metropolitana


Título iniciativa:

Mensaje que crea Subvención Especial para el Desarrollo Integral de los y las estudiantes.



Definición alternativa:

Nuestro soporte regulatorio sería mensaje, ya que necesitamos dinero del Estado para que esta ley sea posible, por ende, es un acto que se ejecuta con leyes o iniciativas por parte de nuestro poder ejecutivo, encabezado por el Presidente. Es de creación, ya que incorpora una nueva subvención a las ya existentes.

La educación debe de ser integral y completa. Esto significa que debe de incluir un compendio de aspectos y atender a todas las necesidades y manifestaciones de las personas.

Nuestra propuesta de ley surge de la necesidad de que los estudiantes puedan tener un desarrollo más íntegro. Con esto nos referimos al desarrollo de diferentes capacidades y distintas habilidades, que creemos que los alumnos necesitan para su ciclo vital. La necesidad de éste proyecto va dirigida a mejorar la calidad con la que el/la estudiante desempeñan su vida escolar, brindándole así con éste proyecto todas las herramientas posibles para que el/la estudiante puedan desenvolverse logrando mejores resultados tanto en su vida escolar como en su vida personal.

Por un lado, creemos que el maestro debe acercarse al aprendizaje de su alumnado desde todas las inteligencias, de forma que las oportunidades de alcanzar los conocimientos sean iguales para todos y todas. Pero, además, queremos que el alumnado desarrolle todas sus inteligencias centrando su aprendizaje en aquello que especialmente le motiva y en lo que se siente más capaz.

Según la OCDE, Chile ocupa el puesto n° 48 en lo que a calidad educativa se refiere, sorprendente lugar de todas formas pues es sabido que la educación de Chile es una que segrega según las clases sociales y según la capacidad económica, viéndose esto reflejado en una tabla que hizo Emol en los mejores resultados PSU por colegio,(reflejando ésta las posibilidades de surgir en un colegio municipal a uno privado) en la que se menciona que de los 100 mejores colegios de Chile (según puntaje PSU) 93 son privados, 4 municipales y 3 particulares subvencionados.

En muchos colegios de Chile hay estudiantes que no tienen el dinero suficiente para llevar los materiales que se piden en el entorno educativo e incluso en muchas ocasiones se deben hacer "colectas" de dinero para financiar alguna actividad ya que el establecimiento educacional no cuenta con el dinero para sustentarla, los/as estudiantes de instituciones públicas cuentan con pocas áreas recreativas o talleres para distraerse en comparación a los talleres que puede sustentar un colegio sin necesidades sociales y económicas.

- Chile tiene una tasa de suicidios adolescentes llegando a 10.5 por 100.000 habitantes.
- Chile cuenta con un 28,2% de tasa de sobrepeso en estudiantes.

Con nuestro proyecto habrán más talleres y actividades de carácter deportivo, artístico, político, entre otros, con la finalidad de que los/as estudiantes puedan reducir sus niveles de estrés, tener un lugar en el cual desenvolverse y descubrirse, para que puedan llevar a cabo una vida más sana, para mejorar su autoestima y su conocimiento sobre el entorno que los rodea, dando además una gran variedad de actividades y talleres para que el/la estudiante puedan elegir; resolviendo de igual manera el área en el que el/la estudiante aprenden y llevan a cabo su vida escolar de forma que se vean motivados/as y mejorando así su desempeño escolar y brindándoles las herramientas para que puedan surgir y prosperar en las áreas que más les acomoden.

El problema que se busca resolver con esta propuesta de ley es él incompleto desarrollo que se les ha entregado hasta el día de hoy a los estudiantes de clase media y baja. Necesitan formar estudiantes cultos e inteligentes, pero que además sean respetuosos, responsables, colaboradores y buenos ciudadanos; con valores y con habilidades para vivir esos valores en su vida cotidiana. Y para ello, necesitamos que también los profesionales de la educación y las familias, sean modelos del ejercicio de estas habilidades y sepan estimularlas en niños y jóvenes. El desarrollo personal, social y ético es central para una convivencia armónica, favorece el aprendizaje y es factor clave para la prevención de conductas de riesgo.

Como antecedente político se pone de ejemplo a la LEY DE SUBVENCIÓN ESCOLAR PREFERENCIAL cuya intención es mejorar la calidad y equidad de la educación en los establecimientos que atienden estudiantes cuyos resultados académicos se pueden ver afectados por sus condiciones sociales y económicas, estos alumnos son determinados como prioritarios y preferentes por el Ministerio de Educación. Pero esta ley claramente no basta para el total desarrollo integral de cada uno y una de los y las estudiantes.

El impacto que esta ley tendría si fuera aprobada es educar alumnos con más capacidades que se puedan desarrollar cómodamente en un espacio escolar que les entregue todas las herramientas para que su desarrollo en el ciclo vital sea pleno, tanto en lo personal como en lo social. Todo ello con el fin de moldear individuos libres.


Propuesta legislativa:

Artículo 1º.- Créase una subvención educacional denominada para el desarrollo integral, destinada al mejoramiento de la calidad de la educación de los establecimientos educacionales de dependencia municipal, DAEM y Corporación, y Servicios Locales de Educación, que se pagará por todos los estudiantes matriculados que estén cursando primer o segundo nivel de transición de la educación parvularia, educación general básica y enseñanza media.

Artículo 2º.- El desarrollo integral dentro de los establecimientos escolares, para efectos de la presente ley, tiene relación con los Indicadores de Desarrollo Personal y Social que son evaluados por la Agencia de Calidad de la Educación a través de los cuestionarios, tales como: Autoestima Académica y Motivación Escolar, Clima de Convivencia Escolar, Participación y Formación Ciudadana y Hábitos de Vida Saludable.

Artículo 3º.- Para que los sostenedores de establecimientos educacionales puedan recibir el beneficio de la subvención escolar para el desarrollo integral, deberán cumplir con los siguientes requisitos y obligaciones:

a) Informar a los postulantes al establecimiento y sus familias sobre el proyecto educativo y su reglamento interno.

b) Destinar la subvención y los aportes que contempla esta ley a la implementación de las medidas comprendidas en el Plan de Mejoramiento Educativo, con especial énfasis en las acciones que busquen potenciar el desarrollo integral de todos los estudiantes.

Artículo 4º.- El Director del establecimiento educacional queda obligado a :

Enviar a la Superintendencia la rendición de cuenta de todos los recursos percibidos por la subvención escolar para el desarrollo integral.
Acreditar el funcionamiento de las instancias de diálogo y reflexión intra y entre estamentos que establece la normativa legal.

Presentar al Ministerio de Educación acciones concretas para el desarrollo integral de los y las estudiantes que se enmarquen en el Plan de Mejoramiento Educativo, en cualquiera de sus cuatro dimensiones, establecidas en la Ley 20.248.

Establecer metas de efectividad para la mejora de los Indicadores de Desarrollo Personal y Social.

Artículo 5°.- La subvención escolar para el desarrollo integral tendrá el valor de 1 Unidad de Subvención Educacional de carácter mensual por alumno.