Liceo Abate Molina -TALCA - Región del Maule


Título iniciativa:

Reforma Educacional: incluyendo la construcción de ambientes educativos



Definición alternativa:

Título Iniciativa de Ley: Moción Parlamentaria para modificar la Ley Nº 20.370 Ley General de Educación, incluyendo la Construcción de Ambientes Educativos.

Fundamentación a Propuesta de Ley

La Declaración Universal de los Derechos Humanos, ratificada por Chile, plantea la educación como un derecho fundamental de todos los seres humanos, que les permite adquirir conocimientos, desarrollar habilidades y alcanzar así una vida social plena.

Por otra parte, según la ley Nº 20.370 Ley General de Educación; en el DFL Nº 2 del año 2009, establece en el Art 2º que La educación es el proceso de aprendizaje permanente que abarca las distintas etapas de la vida de las personas y que tiene como finalidad alcanzar su desarrollo espiritual, ético, moral, afectivo, intelectual, artístico y físico, mediante la transmisión y el cultivo de valores, conocimientos y destrezas. Se enmarca en el respeto y valoración de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, de la diversidad multicultural y de la paz, y de nuestra identidad nacional, capacitando a las personas para conducir su vida en forma plena, para convivir y participar en forma responsable, tolerante, solidaria, democrática y activa en la comunidad, y para trabajar y contribuir al desarrollo del país.

Para que el cumplimiento de los aspectos nombrados recientemente, sean eficaces y equitativos, se necesitan condiciones básicas que deben abarcar a todos los establecimientos del país, las cuales actualmente, no son de carácter obligatorio ni se cumplen igualitariamente en los establecimientos educativos.

En materias de estadística, en el caso de Chile existe una mayor inversión en infraestructura, materiales y recursos, lo que no ha demostrado una mejora en la calidad de educación a causa de que no se han focalizado en otros factores de vital importancia como la cantidad de estudiantes en aula, la proporción estudiante-profesor, el diseño de ambiente educativo y la forma de impartir las clases.

Con respecto al primer punto, en el año 2009 Chile asumió el tratado con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), organización que se ha dedicado a la investigación y el análisis de diversos fatores que impactan en la educación. Según su estudio titulado Education at a Glance (2018) uno de los factores destacados es la cantidad de alumnos por sala, ante el cual Chile sobre sale con una cantidad promedio de 30 estudiantes versus al promedio de los países miembros de la OCDE que es 21 estudiantes por curso. Por otra parte, en Estados Unidos se puso en práctica el proyecto STAR Student/ Teacher Achievement Ratio, que reafirma la hipótesis de que la disminución del número de estudiantes por curso mejora los resultados académicos.

Es importante distinguir entre la cantidad de alumnos por sala y la proporción estudiantes-docentes a la hora de plantear políticas públicas en el área de educación. Ya que como lo demuestran diversos estudios académicos, si bien Chile figura con un promedio de 30 estudiantes por sala, el promedio de estudiantes por docente es de 23 en estadísticas de la OCDE, lo cual dista de la realidad de los liceos públicos en nuestro país que es de más de 40 alumnos por profesor.

La mayoría de los estudios sobre educación apuntan a que los factores anteriores son solo una parte del problema de calidad educativa, pues pretender que la disminución de estudiantes por sala o profesor va a solucionar una disyuntiva tan polémica es no considerar la participación de los distintos actores de la educación. Por eso nuestra propuesta no solo apunta a ello, sino que plantea la necesidad de cambios metodológicos en los diseños educativos y la modificación de los espacios que componen los procesos de enseñanza-aprendizaje. Con respecto a ello, cabe mencionar que la distribución y diseño de las salas de clases se mantiene desde los inicios de los modelos educativos de nuestro país, para lo cual podemos observar los primeros establecimientos educativos como el Instituto Nacional y el Liceo Abate Molina que a través de registro fotográfico demuestran la mantención de la estructura de aula que se basa en el modelo de clases pasivas.

Si bien en Chile existen planteamientos contrarios a este tipo de reformas educativas, bajo el fundamento de que el manejo presupuestario no permite las modificaciones expuestas, ni los resultados educativos justifican su ejecución, la OCDE plantea que la mayoría de los países desarrollados han optado por este tipo de cambios, pero en concordancia con reformas estructurales que abarcan otros aspectos como los planteados en nuestra propuesta. Lo cual, en concordancia con las reformas a la Carrera Docente, que apuntan a la mejora de las condiciones formativas y laborales de los profesores, podrían demostrar una mejora en la calidad de educación y a la superación de la reproducción de desigualdades sociales que se perpetúan a través de nuestro sistema educativo.


Propuesta legislativa:

Propuesta de Ley

MOCIÓN PARLAMENTARIA: PROYECTO DE REFORMA A LA LEY Nº20.370 LEY GENERAL DE EDUCACIÓN.

Artículo Único: Introdúzcase la siguiente modificación a la Ley General de Educación Nº20.370:

TITULO V

Construcción de Ambientes Educativos

Párrafo 1

Sobre la distribución y ambientación del aula.

Artículo 73
Se establece como forma básica de distribución de bancos, disponer de los asientos uno junto a otro, formando una cadena alrededor de las paredes laterales y posterior del aula, focalizando la atención en el profesor, generando así el fin de la educación pasiva, dando paso a un nuevo sistema de interacción estudiante y profesor.

Artículo 74
Como forma alternativa de distribución de bancos, se proponen 2 nuevas formas de disposición de asientos:
a) Para fomentar el trabajo colaborativo, la cantidad total de bancos se dividen en 4, para proceder a agruparlos en las 4 esquinas del salón, formando grupos circulares o cuadrados, dejando espacios libres para el desplazamiento del profesor y del estudiantado.
b) Para fomentar el trabajo participativo e individualizado, se dispone de los bancos a dos lados del salón, en hileras enfrentadas desde un lado al otro del aula. Para la ubicación de cada banco, se les ordena en un sistema isla intercalada, con el fin de que ningún alumno vea la parte posterior del estudiante ubicado al frente.

Articulo 75
Cada establecimiento debe contar al menos con una sala temática, a libre disposición del alumnado.

Articulo 76
Se debe fomentar a cada curso del establecimiento, la producción de un patrimonio comunitario a elección (véase mural, escultura, plantación, etc.), para contribuir a la creación de identidad común en un ambiente digno y acogedor en cada aula.
Párrafo 2
Sobre la cantidad de estudiantes en el aula.

Artículo 77
En búsqueda de un mejor ambiente educativo, y una mayor proyección profesional del profesor dentro del aula, con el fin de un trabajo más personalizado y eficaz, se establece un rango máximo de estudiantes comprendido entre 25 a 30 estudiantes.

Párrafo 3
Sobre profesionales de la educación.

Articulo 78
Se establece un máximo de 20 estudiantes por docente en relación al trabajo en aula. Por esta razón se estima la presencia de dos profesores en aula con el objetivo de personalizar y apoyar el trabajo de los estudiantes y generar un diseño de clase colaborativo entre profesionales que apunte al aprendizaje en diversidad.

Articulo 79
Presencia permanente de educadores diferenciales para casos de estudiantes con discapacidad y facilitadores culturales que acompañen de forma permanente el proceso de adaptación en casos de estudiantes extranjeros con diferente idioma.

Párrafo 4
Sobre las formas en que se realizan las clases en aula

Articulo 80
Modificación de la estructura de clases pasivas a clases de participación-acción, lo cual privilegia la planificación y diseño de procesos donde el protagonismo este enfocado en los y las estudiantes y no en los docentes, dando a estos últimos un enfoque de guías pedagógicos.

Articulo 81
Definir las clases de educación física como mixtas sin establecer una división por sexo, pero con la posibilidad de ofrecer una mayor diversidad de propuestas pedagógicas que respondan a la diversidad y que estén a disposición de todos los integrantes independiente de su sexo u orientación sexual.

Articulo 82
Establecer las clases de artes visuales y artes musicales como dos asignaturas obligatorias, con horarios diferentes de tal modo que los y las estudiantes puedan optar a ambos.

Fuentes
• Ley Nº20.370 Ley General de Educación, Legislación Chilena, Biblioteca del Congreso Nacional de Chile. 2009
https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=1006043
• OCDE, Education at a Glance, OECD Indicators: Oecde Publishing. 2013.
http://www.oecd.org/education/eag2013%20(eng)--FINAL%2020%20June%202013.pdf
• OCDE, Education at a Glance, OECD Indicators: Oecde Publishing. 2018.
https://read.oecd-ilibrary.org/education/education-at-a-glance-2018_eag-2018-en#page1
• Fundación Elige Educar, Alumnos por curso en la educación escolar: realidad actual y su relación con los resultados de aprendizaje, AcciónEducar, Año 2, Nº32, 26 de junio 2015.
http://accioneducar.cl/wp-content/files_mf/1443578310Ana%CC%81lisisAlumnosporCurso_26.6.2015.pdf
• Monika Dockendorff, Número de alumnos por curso: la promesa pendiente, El Mostrador, 16 de junio 2015.
https://www.elmostrador.cl/noticias/opinion/2015/06/16/numero-de-alumnos-por-curso-la-promesa-pendiente/
• Mauricio Arias, En Chile, los profesores tienen en promedio 24 alumnos según la OCDE, Noticias, Elige Educar, 15 de septiembre 2016.
https://eligeeducar.cl/profesores-promedio-24-alumnos-por-clase
• Monica Dockendorff, Número de alumnos por curso: un estado del arte, Proyecto de Magíster presentado a la Facultad de Educación de la PUC. Enero 2015.
https://repositorio.uc.cl/bitstream/handle/11534/15783/000656411.pdf?sequence=1