Colegio Gerónimo Rendic -LA SERENA - Región de Coquimbo


Título iniciativa:

Disminución del plazo de exclusividad de los laboratorios en la creación de medicamentos.



Definición alternativa:

El estado protege el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación del individuo. Le corresponderá, asimismo, la coordinación y control de las acciones relacionadas con la salud esto se entiende por lo establecido en la constitución actual, que es deber del estado disponer a toda persona el acceso a la salud y todas sus implicaciones, que dentro de estas están los medicamentos, sin duda los medicamentos son parte indispensable en la salud de cualquier persona, tanto es así que en una encuesta realizada por el Instituto Nacional de Estadísticas se muestra que una familia promedio conformada por 4 personas, destina $84.791 a la salud del cual el 32% se dirige únicamente a fármacos, cifra que significa un gran impacto financiero a los hogares, ya que el 50% de los trabajadores en Chile recibe una remuneración menor a $380.000, Por lo tanto, se cae en un incumplimiento del rol protector del estado, este rol se ve dificultado por los altos precios de los fármacos porque contamos con un alto porcentaje de personas que no pueden acceder a ellos, haciendo de una necesidad básica un privilegio.
Este alto porcentaje está inmerso dentro del actual cuadro legal en el cual se dicta que cuando se entrega una patente de fármacos a un laboratorio tiene una extensión de 20 años, tiempo en que el laboratorio goza de exclusividad de comercialización, distribución y elección de precios, ya que el estado solamente le dispone un valor máximo.
Si vemos la diferencia de precios que existe entre un genérico y un original es abismal, una de las principales diferencias la registró el genérico Omeprazol, que tiene en el mercado un valor de $1.099, mientras que el original, Losec, registra un valor de $37.460, Diferencia equivalente a 34 cajas del mismo producto. El Atenolol y Losartan presentan diferencias de precios que van desde el 1.333% o 14 cajas, hasta el 1.781% o 18 cajas del genérico respectivo. Un dato relevante ya que son dos de los medicamentos más vendidos en el país. , nuestra solución para el 50% de los trabajadores en Chile, los cuales no cuentan con una manera equitativa en la obtención de medicamentos, sería reducir el tiempo de extensión de una patente y con esto se facilitaría el acceso a los diferentes sectores socio económicos por que el tiempo donde los precios son altos sería menor y los genéricos o bioequivalentes saldrían al mercado en un menor lapso de tiempo.
En todo cambio existen implicancias negativas, tales como la desmotivación en el momento de investigar y crear un fármaco porque al reducirles la extensión de la patente los laboratorios verían menores ingresos, nuestra resolución a esté contra es creando un organismo parte de estado para financiar el área químico farmacéutica en investigación y creación de fármacos para así fomentar mucho más esta área y obtener una mayor motivación, entonces con esto más laboratorios tendrán la oportunidad de investigar y disponer mayor número de medicamentos para la sociedad.


Propuesta legislativa:

En nuestra propuesta planteamos qué, para poder realizar un cambio el cual beneficie y ayude a la comunidad en un área que es tan delicada como lo es la salud se necesitan hacer ajustes y modificaciones en la ley además de la creación de un organismo que potencie dicha búsqueda para esta ayuda en pos de fármacos más accesibles a la sociedad la cual se ve muy afectada por los altos precios de estos.
Si bien sabemos, una patente es un conjunto de derechos exclusivos concedidos por un estado al inventor de un nuevo producto, susceptibles de ser explotados comercialmente por un periodo de tiempo limitado, después de la caducidad de la patente cualquier persona puede hacer uso del medicamento sin necesidad del consentimiento del titular pasando a ser de dominio público. Por esto planteamos qué la modificación que llevaremos a cabo será a la Ley 19.039(propiedad industrial), más específicamente en el Artículo 39.- Las patentes de invención se concederán por un periodo no renovable de 20 años, contado desde la fecha de presentación de la solicitud. Se plantea Realizar una reducción en la duración de la patente concedida a la empresa o persona titular. Actualmente son 20 años de extensión de la patente lo cual se verá acortado a solamente 15 años desde la entrega de esta. Además de otro cambio a efectuar en la Ley 19.039 Artículo 48.- Una vez aprobada la concesión y después de acreditarse el pago de los derechos correspondientes se concederá la patente al interesado y se emitirá un certificado que otorgará protección a contar de la fecha en que se presentó la solicitud. El cambio a efectuar en el artículo 48 es que la patente empezara a contar desde que se entrega esta y no desde la solicitud de dicha patente.
Otro cambio es en la Ley 19.039 Artículo 49.- El dueño de una patente de invención gozará de exclusividad para producir, vender o comercializar, en cualquier forma, el producto u objeto del invento y, en general, realizar cualquier otro tipo de explotación comercial del mismo. El cambio a realizar será en conjunto con la reducción anterior ya que titular de la patente gozará de exclusividad de comercialización y producción durante solo 10 años, después de esto existirá un periodo adicional de 5 años donde otras empresas del sector privado podrán comercializar bajo la primicia de entregarle un 5% de las ganancias totales de la venta y distribución del producto. Consiguientemente se creará un organismo parte del estado para subvencionar al área químico farmacéutica de las universidades estatales, para investigación y creación de fármacos, con esto buscamos aumentar la motivación en esta área y el organismo será subvencionado por el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación.