Colegio Santa Teresa De Los Andes -AYSÉN - Región de Aysén


Título iniciativa:

Ley de etiquetado de envases



Definición alternativa:

Según datos estimados por la ONU cada minuto se compran un millón de botellas plásticas y al año se usan 500.000 millones de bolsas plásticas en el mundo. Un tercio de la producción de plástico no es reciclable.
Hoy la ONU estima que existen 100 millones de toneladas de plásticos en los océanos.
El daño generado por el sobreconsumo de plástico en el mundo afecta considerablemente los ecosistemas mundiales y en forma particular a especies marinas y aves. Diversos estudios actuales pretenden indagar en los efectos del microplástico en los seres humanos. El informe dado a conocer por el prestigioso Centro para el Derecho Ambiental Internacional (CIEL) concluyó que considerando el ciclo de vida completo en la producción de plástico hay efectos negativos hacia la salud humana relacionándolo con enfermedades como el cáncer, la neurotoxicidad, la toxicidad reproductiva y del desarrollo y el deterioro del sistema inmunológico.
Diversas agrupaciones y científicos de Chile y el mundo estiman que las políticas ambientalistas en nuestro país se encaminan en dirección a la responsabilidad y la conciencia frente a la contaminación por plástico, en particular haciendo referencia a la ley 21.100 y a la 20.920. Aun considerando este tipo de iniciativas, según datos entregados por el Ministerio de Medio Ambiente, en nuestro país el 12% de basura corresponde a plástico, lo que equivale a 10 mil a 12 mil toneladas al año.
Después de una compra la cantidad de residuos generados por el concepto de envase es realmente alarmante, y como ya hemos planteado altamente contaminante. Generalmente este envase busca preservar, mantener y publicitar el producto, sin embargo dadas las alarmante cifras es necesario preguntarse: ¿están siendo los envases pensados para sustentar el producto que contienen, o más bien están siendo pensados como un elemento publicitario?, ¿es necesario un envase plástico que triplica en volumen al elemento que contiene?, ¿es indispensable el envase?.
A nivel mundial no son pocas las empresas que ya han generado adelantos relacionados con la eliminación de la mayor cantidad de residuos de los envases de sus productos. Destaca el caso de La Morella Nuts SA, empresa que investiga la aplicación de películas comestibles como protección de los alimentos, es soluble en agua. Ecodrinking Can consiste en una lata con un cierre que permite rellenarla las veces que queramos y es biodegradable. Pepsi está trabajando en una experiencia piloto para producir un nuevo envase de materiales vegetales. Otro ejemplo de material reciclable en embalaje es la empresa Dell. Esta empresa está experimentando con diversos materiales naturales (como las setas, el algodón, el arroz, la paja de trigo, bambú, etc., para aplicarlos a los envases de sus productos.
Si bien la industria es responsable de los factores relacionados con las decisiones que pueden tomar respecto de los desechos que pueden generar sus productos, son los consumidores los que en última instancia pueden marcar la diferencia, la tendencia del mercado, y claramente la oportunidad de generar un cambio en el tipo de consumo que adquiera. La conciencia relacionada con los residuos que genera lo que se consume a diario, puede depender de la educación ambiental que se tenga, pero también es imprescindible poner al alcance del consumidor información clara y relevante relacionada con el fin último del producto que está comprando.
Esta iniciativa permitiría no sólo informar al consumidor respecto del fin último en el ciclo de vida del embalaje o envase que está adquiriendo en sus productos. Considerando las demandas sociales y la creciente educación ambiental es natural pensar que la tendencia en el consumidor será optar por comprar productos cuyos envases resulten ser lo más sustentables posibles. La industria, que ya da señales de compromiso con el medio ambiente, generará opciones innovadoras para atraer al consumidor. En la lógica del mercado, el residuo, desecho o basura que dejan los productos que se consumen, será en adelante un factor más a ser considerado por productores y consumidores.
Podríamos estimar que a mediano plazo, esta ley promovería la reducción considerable de la cantidad de basura producida por concepto de envases.
Las evaluaciones científicas relacionadas con la contaminación por plástico y las demandas sociales amparadas en la conciencia ambiental deben ser llevadas al plano legislativo cuanto antes, de tal manera que se establezcan orientaciones claras al consumidor relacionadas con los efectos de su consumo.
Con tal efecto proponemos una moción parlamentaria para la creación de un Proyecto de Ley que proporcione, por medio de una señalética clara, información relevante al consumidor sobre el tipo de residuo que genera cada producto, orientándolo y conduciéndolo a una conducta de consumo responsable.


Propuesta legislativa:

1. Se establecerá una catalogación para todos los envases de uso no industrial relacionado con el tipo de desecho o residuo que genera de acuerdo a la siguiente tabla:
Compostable "Sello Verde": Residuos orgánicos que gracias a la acción de microorganismos que actúan de manera sucesiva
sobre los materiales orgánicos originales generan un proceso de descomposición aeróbica. Este proceso ocurre en presencia de humedad y genera elevadas temperaturas que permiten higienizar la mezcla, produciendo dióxido de carbono, agua y materia orgánica estabilizada
(Compost).
Biodegradable "Sello amarillo": Residuos que se generan que pueden deshacerse en forma natural, por la acción de agentes como insectos, lombrices, hongos y bacterias. Algunos demoran días o semanas en descomponerse.
Reciclable/Reutilizable "Sello naranjo": Reciclaje:
Proceso de transformación de ciertos materiales con-
tenidos en los residuos en materia prima secundaria
para procesos productivos.
Reutilización:Técnicas de reaprovechamiento de un material o producto, sin cambiar su naturaleza original.
Basura "Sello rojo": Todo tipo de residuo que no se puede compostar, biodegradar, reciclar o reutilizar.
(MMA)


2. Todos los envases deberán ser marcados con sellos distintivos y atractivos a la vista dependiendo del tipo de la catalogación de su desecho o residuo. El sello deberá corresponder a la categoría establecida por la empresa que indicará si el envase es compostable, biodegradable, reutilizable y reciclable o basura. De ninguna manera se podrán atribuir propiedades, condiciones o beneficios distintos a las que realmente presentan o contengan de acuerdo a su propia naturaleza.


3. Todos los envases deberán ser marcados con sellos distintivos que cubran el 20% de la cara principal (frontal), del producto en cuestión, considerando únicamente la vista frontal como el 100%.

4. Será responsabilidad de los fabricantes, distribuidores e importadores de cualquier producto de uso no industrial declarar y rotular el envase según las categorías mencionadas en el punto nº 2 y siguiendo lo establecido en el Nº 3.

5. En el caso de que el envase contenga elementos de distintas categorías deberá ser considerado más de un sello indicando el porcentaje de cada uno.

6. Constituirá una responsabilidad del Ministerio del Medio Ambiente generar las instancias para supervisar el correcto etiquetado de los envases, considerando, si es necesario, poner a disposición de las distintas empresas productoras la información relevante que se requiera en los temas que a esta ley competen.

7. El que produjere, expendiere o comercialice cualquier producto en un envase que no considera la normativa expuesta en esta Ley y/o que presente o comercialice con sellos que no corresponden a su categoría será sancionado con la pena de multa de 50 a 1000 UTM. Será potestad de la autoridad competente solicitar la prohibición de la venta del producto en caso de constituir una falta reiterada a esta normativa.

8. Será responsabilidad del Ministerio del Medio Ambiente generar las instancias científicas y técnicas, para la medición y evaluación de los efectos de la presente Ley, tanto en aspectos referidos a las conductas del consumidor como a aquellos que se refieren a al estudio relacionados con la cantidad de residuos generados y al porcentaje de material que se recicla en nuestro país. Constituirá parte de esta evaluación establecer la periodicidad de los estudios y su correspondiente difusión.