Colegio Inmaculada Concepción -CONCEPCION - Región del Biobío


Título iniciativa:

LEY QUE CREA UN PLAN DE SALUD MENTAL ESCOLAR EN ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS Y SUBVENCIONADOS



Definición alternativa:

PROYECTO DE LEY QUE CREA UN PLAN DE SALUD MENTAL ESCOLAR EN ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, SUBVENCIONADOS.

FUNDAMENTACIÓN DEL PROYECTO


Contrario a lo que muchos pudieran pensar, el cuidado de la salud mental no es privativo de psicólogos, psiquiatras u otros profesionales de la salud mental y salud general. De hecho, se ha demostrado que la escuela es por lejos el mejor lugar donde realizar acciones de cuidado de la salud mental durante la infancia y la adolescencia, ya que en estos espacios se encuentran una parte importante del día y se generan la mayor cantidad de interacciones sociales. En las escuelas se produce una importante formación social, dado por el grupo de pares, los profesores, los asistentes de la educación y todos los miembros de la comunidad educativa. Por ello nos parece del todo relevante abordar esta terrible problemática social que ha quedado abandonada en Chile en los últimos años: la Salud Mental, en especial de las futuras generaciones.
En Chile, según la Superintendencia de Educación, un 22,5% de los niños, niñas y adolescentes sufre algún tipo de trastorno de salud mental, lo que implica que un número cada ves mayor de chilenos (2 de cada 10) tiene dificultades en su experiencia escolar primaria o secundaria. Debemos pensar en un abordaje para esta problemática. (1)
Los establecimientos educacionales son uno de los contextos más importantes durante la niñez y adolescencia, ya que es ahí donde se llevan a cabo la mayor parte de las interacciones sociales y cotidianas. Así, son un ámbito propicio y estratégico para promover la salud mental, fomentar estilos de vida saludables, y aprender a convivir sanamente con otros, como también para propiciar estra- tegias para sobrellevar el estrés y prevenir conductas de riesgo para la salud, entre otras.
(1) Superintendencia de Educación, Salud Mental Escolar: tarea de todos, 2018.


Propuesta legislativa:

PROYECTO DE LEY QUE CREA UN PLAN DE SALUD MENTAL ESCOLAR EN ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS y SUBVENCIONADOS


ARTÍCULO 1:
Cada establecimiento de educación primaria y secundaria, ya sea público, subvencionado o que reciba fondos públicos, deberá conformar un Equipo de Salud Mental Escolar que será el encargado de generar un Plan de Salud Mental para el establecimiento educacional considerando el contexto local y cultural en el que se sitúe, además de las principales problemáticas en salud mental que presenten sus estudiantes. Este equipo estará compuesto por un Psicólogo(a), Director(a), Orientadores, Duplas Psicosociales y profesores jefes, además de otros profesionales pertinentes según consideración del directos del establecimiento. Este equipo tendrá como plazo 1 año desde promulgada esta ley para generar el Plan señalado.

Artículo 2:
Cada establecimiento de educación primaria y secundaria, ya sea público, subvencionado o que reciba fondos públicos, deberá contar en su planta con un Psicólogo(a) u otro profesional del área de la salud mental, a fin de coordinar los elementos técnicos y prácticos de la creación e implementación del Plan de Salud Mental del Establecimiento.

Artículo 3:

El Plan generado por cada institución deberá:
• Promover un ambiente escolar positivo, que cuide de la salud mental de todos sus integrantes (estudiantes, padres, profesores, asistentes de la educación y equipo directivo), e incentive el desarrollo de competencias socioemocionales.
• Prevenir la aparición de problemas de salud mental, mediante la intervención oportuna que reduzca factores de riesgo y fomente factores de protección.
• Detectar precozmente a aquellos estudiantes que se encuentran en riesgo o han desarrollado algún problema de salud mental, y,
• Apoyar a aquellos y aquellas estudiantes que presentan problemas de salud mental mediante el desarrollo de un plan individual de intervención que atienda a sus necesidades educativas especiales, junto con el trabajo coordinado con el centro de salud o especialista tratante.