Liceo De Salamanca -SALAMANCA - Región de Coquimbo


Título iniciativa:

MOCIÓN PARLAMENTARIA QUE MODIFICA LEY 20.370 E INCORPORA PLAN DE SALUD MENTAL ADOLESCENTE



Definición alternativa:

En chile según la ley 21.331 se define como salud mental el estado de bienestar en el que la persona es consciente de sus propias capacidades, puede realizarlas, puede afrontar las tensiones normales de la vida, trabajar y contribuir a su comunidad. En el caso de niños, niñas y adolescentes, la salud mental consiste en la capacidad de alcanzar y mantener un grado óptimo de funcionamiento y bienestar psicológico sin embargo esta definición por si mismo requiere de ciertos ajustes en materia de salud mental adolescente.
En este contexto debemos considerar algunos alcances que hacen estrictamente necesario la incorporación de medidas de cuidado, orientación, formación y reparación en el contexto de la salud mental adolescente en materia escolar.

Suicidio Adolescente
Entre 2000 y 2017 se registraron 6, 292 suicidios en adolescentes y jóvenes en Chile. Las tasas promedio de mortalidad por suicidio en Chile fueron de 8,5; 5,4 y 14.7 por 100 000 en los grupos 10-24, 10-19 y 20-24 años, respectivamente, en el periodo 2000-2017 (ARANEDA 2021)
Según OPS, el suicidio es un problema de salud pública a menudo descuidado, rodeado de estigmas, y tabúes, donde cada caso es una tragedia que afecta gravemente no sólo a los individuos, sino también a las familias y las comunidades. Sin embargo, los suicidios, son prevenibles con intervenciones oportunas, muchas de ellas de bajo costo. De aquí que, para abordar la complejidad de las conductas suicidas, es necesario identificar los factores de riesgo, las barreras de acceso y las crisis, entre otros. En esta línea, se sabe que existe una fuerte asociación entre el suicidio y los trastornos mentales.
De aquí que entre las intervenciones posibles, cabe considerar la detección y tratamiento tempranos de la depresión y de los trastornos por consumo de alcohol y el apoyo psicosocial en las comunidades, entre otras. (OPS, 2021). Sin embargo la OPS advierte igualmente que muchos suicidios también pueden producirse de forma impulsiva en momentos de crisis.
En lo que respecta a los jóvenes, según OMS, el suicidio es la cuarta causa principal de muerte entre los jóvenes de 15 a 29 años de edad, por detrás de los traumatismos debidos al tránsito, la tuberculosis y la violencia interpersonal (OPS; 2020).

Trastornos Asociados
La depresión en adolescentes es un problema de salud mental grave que provoca un sentimiento de tristeza constante y una pérdida de interés en realizar diferentes actividades. Afecta la manera en que tu hijo adolescente piensa, se siente y se comporta, y puede provocar problemas emocionales, funcionales y físicos. Aunque la depresión puede ocurrir en cualquier momento de la vida, los síntomas entre los adolescentes y los adultos pueden ser diferentes.
Algunos problemas como la presión de sus compañeros, las expectativas académicas y los cuerpos que cambian pueden ocasionar muchos altibajos en los adolescentes. Sin embargo, para algunos adolescentes, estar deprimido es mucho más que solo sentimientos temporales, sino que es un síntoma de depresión.
Además debemos considerar que existen otros trastornos de carácter permanente que requiere especial atención y que puede generar frustraciones y situaciones de conflicto como el caso de los TEL, TDA, TDAh, TEA, TAB entre otros.
MEDIDAS DE MITIGACIÓN.
1. Programa de Convivencia Escolar: La ley 20.370 propone al programa de convivencia escolar para abordar estos temas de salud mental, sin embargo lo deben hacer sin recursos, con pocos profesionales y sin apoyo de las instituciones externas, las derivaciones a salud mental no prosperan y las redes a través de INJUV (Plan Hablemos de Todo) y SENDA (Continuo Preventivo) son aislados, no hay trato directo con el estudiante y por lo general el apoyo es insuficiente, dejando el estado de bienestar del estudiante a la merced de la voluntad de un programa hospitalario o un servicio público que no es especialista (INJUV de MIDESO y SENDA de Interior)
2. Salud Responde: Dentro de las líneas de acción con las que cuenta Salud Responde, se encuentra la participación activa en el Programa Nacional de Prevención del Suicidio. Sin embargo no hay un abordaje desde el adolescente. Se sugiere Escuchar, observar y actuar en el hogar, en la escuela, entre amigos y compañeros. Entonces, la pregunta que surge, ¿con que herramientas contamos para contener a un adolescente en crisis?

Debido a esto es que proponemos una moción parlamentaria que promueva la modificación de la ley 20370 y establezca la creación de un plan de salud mental escolar, que acompañe, promueva la salud mental adolescente dentro de los establecimientos educacionales, haciendo hincapié en la prevención del suicidio


Propuesta legislativa:

MOCIÓN PARLAMENTARIA QUE MODIFICA LEY 20.370 E INCORPORA PLAN DE SALUD MENTAL ADOLESCENTE


Artículo único. - Introduciendo las siguientes modificaciones en el decreto con fuerza de ley Nº2, del Ministerio de Educación, del año 2010, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N.º 20.370, General de Educación:

1. Agréguese al Titulo preliminar los siguientes artículos al párrafo 3° sobre Convivencia escolar posterior a articulo 16 E.

Articulo 16 F: Para efectos de esta ley se entenderá Salud Mental adolescente como Estado de bienestar en el cual cada estudiante desarrolla su potencial, puede afrontar las tensiones de la vida, puede estudiar y/o aprender de forma productiva y fructífera, aportando así a su comunidad escolar

Articulo 16 G: Será deber del establecimiento velar por la promoción del bienestar psicológico de los estudiantes, la detección de señales de alerta en conductas suicidas, apoyo y acompañamiento a los estudiantes, protección frente a factores de riesgo, formación de la comunidad educativa, orientación y contención a los padres y/o apoderados, promover talleres, ferias e intervenciones sobre la salud mental adolescente.

Articulo 16 H: Será deber del establecimiento contar con una dupla psicosocial externa a las labores de programa de integración y convivencia escolar con el fin exclusivo de la implementación del Plan de Salud Mental el cual buscará la promoción, resguardo, acompañamiento y contención en el marco de la salud mental adolescente.

Articulo 16 I: Cada establecimiento deberá contar con un profesional de la salud que será el encargado de la implementación, dirección, coordinación, capacitación de los miembros de la comunidad educativa en materia Salud Mental Escolar, detección de síntomas y comportamientos propios de problemas de salud mental y conducta suicida en adolescentes, así mismo deberá contar con un/a asistente social encargado de la derivación de los casos al servicio de salud próximo y el seguimiento de los casos emergentes.

Artículo 16 J: El equipo asociado al plan de salud mental del establecimiento debe contemplar
a) Incentivar las competencias sociales y emocionales de los estudiantes
b) Detectar tempranamente las conductas de riesgo de los estudiantes
c) Derivar y hacer seguimiento de los casos de salud mental del establecimiento
d) Dar asesoría y acompañamiento a las familias considerando estrategias de contención en casos de crisis emocionales de los jóvenes
e) Desarrollar coordinaciones con los médicos tratantes y las medidas de salud incorporadas como pausas, tratamiento farmacológico.
f) Informar a los profesionales de la educación de la situación del estudiante de tal forma de considerar en el marco de la integración escolar.
g) Desarrollar una ficha de derivación de estudiantes para profesionales y asistentes de la educación de forma de tomar las medidas pertinentes.
h) Será deber de la dirección y sostenedor del establecimiento contratar a mas funcionarios en caso de que la demanda supere a los profesionales

Articulo 16 K: Corresponderá a la Superintendencia de Educación la fiscalización de la;
a) Conformación del equipo del plan de salud mental
b) Diseño, implementación, seguimiento y evaluación del plan de salud mental anual.

Articulo 16 L: Si las autoridades del establecimiento no adoptaren las medidas establecidas en el Plan, podrán ser sancionadas de conformidad con lo previsto en el artículo 16 de este cuerpo legal.

Referencias iniciativa:

- Suicidio en adolescentes y jóvenes en Chile: riesgos relativos, tendencias y desigualdades. Revista panamericana de salud pública n°45
- Variaciones de los suicidios adolescentes en el
contexto de la pandemia COVID-19 - Eduardo Goldstein - Texto redactado para comisión de salud - BIBLIOTECA DEL CONGRESO NACIONAL
- LEY 20.370. BIBLIOTECA DEL CONGRESO NACIONAL
- LEY 21.331 BIBLIOTECA DEL CONGRESO NACIONAL
- Prevalencia de ideación e intento suicida en adolescentes de la Región Metropolitana de Santiago de Chile - Rev. méd. Chile v.138 n.3 Santiago mar. 2010
- Salud mental en niños, niñas y adolescentes - María Pilar Lampert - Texto de asesoria parlamentaria - BIBLIOTECA DEL CONGRESO NACIONAL
- El 20% de niños y jóvenes padecen de algún tipo de enfermedad mental - EL MOSTRADOR 13 DE AGOSTO 2021
- Estudio de políticas públicas relacionadas con la salud mental de niños, niñas y adolescentes - DEFENSORÍA DE LA NIÑEZ 2022
- La salud mental de los jóvenes en Chile: claves y perspectivas para abordar la problemática REVISTA INJUV AGOSTO 2019