Colegio Domus Mater -VALDIVIA - Región de Los Ríos


Título iniciativa:

Promoción del plan de manejo sustentable y delimitaciones del terreno forestal.



Definición alternativa:

La región de Los Ríos representa un paisaje con un gran número de especies exóticas y nativas que se plantan con fines de producción forestal. Está panoramica es visible desde todas las comunas de la región, al igual que la contribución económica de la actividad forestal.

Al día de hoy la industria forestal representa aproximadamente un 2,1% del Producto Interno Bruto del país, por lo que es un rubro sumamente importante para la economía de Chile. Debido a esto, es imprescindible mantener y/o aumentar la actividad forestal, reconociendo que es necesario promover simultáneamente un desarrollo respetuoso con los recursos naturales que se utilizan en la industria forestal.

En ese sentido, el siguiente proyecto tiene como objetivo reinstaurar las bonificaciones dentro de la legislación chilena, en particular, del Decreto de Ley N°701, establecido en 1974, con la intención de promover e incentivar el manejo de los terrenos de aptitud preferentemente forestal a acciones de reforestación con bosques nativos, ligados a una bonificación proporcional al costo de inversión en la(s) hectárea(s), además de ampliar el rango de protección de los recursos hídricos en los suelos de cumplan con las condiciones de uso forestal.


Propuesta legislativa:

Introducése las siguientes conceptualizaciones en el artículo 1°:

Para los efectos de este decreto de ley se entenderá por:

Bonificaciones: Valores pagados de forma periódica por la realización de una acción forestal que sea retribuida e incentivada de parte del Estado de Chile a aquellos propietarios y planes de manejo que cumplan los requisitos estipulados.


2. Modifíquese el siguiente valor en el artículo 13°: Sustitúyase "400 metros" a "700 metros"

3. Agréguese el siguiente artículo al Título VI, DE LOS INCENTIVOS A LA ACTIVIDAD FORESTAL:

Serán candidatos a la bonificación de incentivo forestal aquellos pequeños y grandes propietarios, que presenten un plan de manejo aprobado por la Corporación Nacional Forestal (CONAF) proyectado a la reforestación de terrenos de aptitud preferentemente forestal con especies nativas del territorio chileno. El monto de la bonificación deberá ser estipulado por hectáreas, bajo las tablas de valores en Unidad de Fomento por 10.000 m2.

La proporción que determine el valor de la bonificación corresponderá al 70% de los costos de forestación acreditados por el propietario del terreno en el plan de manejo.

Dicha bonificación del 70% se dividirá en la proporción:

a) 20% del valor de las acciones, que se entregará a las personas que suscriban nuevas acciones de reforestación con bosque nativo.
b) 50% del valor de las plantaciones forestales y su manejo, que se entregará a los propietarios una vez certificado, después de un plazo de germinación y crecimiento de las especies entre 15-20 años que acredite el cumplimiento del plan de manejo presentado.

Referencias iniciativa:

Biblioteca del Congreso Nacional. (s/f). Biblioteca del Congreso Nacional. www.bcn.cl/leychile. Recuperado el 13 de junio de 2023, de https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=6294

CONAF. (s/f). Conaf.cl. Recuperado el 13 de junio de 2023, de https://www.conaf.cl/nuestros-bosques/plantaciones-forestales/dl-701-y-sus-reglamentos/