Complejo Educacional La Frontera -TEMUCO - Región de La Araucanía


Título iniciativa:

Mensaje Presidencial que impulsa la Redistribución de Mermas de Alimentos en Chile



Definición alternativa:

De acuerdo al Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (2021), al menos un 17% de los alimentos producidos a nivel mundial acaba siendo desperdiciado en el proceso de distribución y en la venta al por menor. Esto se produce, principalmente, por los niveles estéticos del mercado, las ineficiencias en la cadena de distribución, los daños superficiales en los envases, la conservación inadecuada y la proximidad de la fecha de vencimiento. Lo anterior, resulta alarmante ya que representa un uso inadecuado de los recursos que se requieren para la producción alimenticia tales como la mano de obra, el agua, la energía y la tierra (FAO, 2019).
Actualmente, en Chile se desperdician más de 1,62 toneladas de alimentos al año (DEC UST, 2022) y, en contraste, presentamos una tasa de pobreza que incrementó al 10,9% tras la pandemia de coronavirus (CEPAL, 2021). En este sentido, el rescate y redistribución de mermas de alimentos se torna una alternativa viable para apoyar a los sectores vulnerables, combatir el hambre y la malnutrición y reducir las pérdidas y desperdicio de alimentos en nuestro país.
En el año 2015, Chile formó parte de los países que aprobaron la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y, por lo tanto, reducir el desperdicio de alimentos es una responsabilidad que debemos asumir a la brevedad. A la fecha, esta temática ha ido cobrando cada vez mayor relevancia a nivel nacional; esto lo podemos constatar en la conformación del Comité Nacional para la Prevención y Reducción de Pérdidas y Desperdicios de Alimentos en Chile (CN-PDA) que coopera con el Ministerio de Agricultura para reducir la pérdida de alimentos a lo largo de la cadena agroalimentaria. Asimismo, podemos apreciar la relevancia que ha adquirido esta temática en el accionar de la «Red de Alimentos» que ha rescatado más de 32 millones de kilos de productos de primera necesidad desde su fundación en el año 2010 y, además, en la gestión del «Mercado Mayorista Lo Valledor» que rescata y redistribuye frutas y verduras que se encuentran aptas para el consumo humano en la Región Metropolitana y en el «Banco de Alimentos Biobío Solidario» que ha rescatado más de tres millones de kilos de alimentos en las regiones del Biobío y Ñuble.
Los Bancos de Alimentos anteriormente mencionados, no entregan los alimentos directamente a las personas en situación de vulnerabilidad, sino que lo hacen a Organizaciones No Gubernamentales que sean parte del registro de la Resolución Exenta N°129 del Servicio de Impuestos Internos (SII) que permite la redistribución de alimentos que sean inviables para comercializar. No obstante, la redistribución alimenticia que se realiza hoy en día en Chile presenta diversos obstáculos ya que los Bancos de Alimentos deben cubrir la totalidad de la recepción, el almacenamiento y el transporte sólo mediante voluntarios que colaboran con estas actividades, por lo que no siempre se puede contar con una amplia cobertura territorial y eficiencia operacional (ODEPA, 2021).
Hasta el momento se han presentado cuatro mociones en el Congreso Nacional con respecto al desperdicio alimentario (Biblioteca del Congreso Nacional, 2021). En octubre de 2015, se propuso regular la entrega de alimentos a organizaciones sin fines de lucro y, durante el transcurso del año 2016, se presentaron tres propuestas para modificar el Código Sanitario, establecer la obligación de donar los alimentos no comercializables y regular las fechas de consumo preferente, pero no se ha reanudado la tramitación de dichos proyectos desde el año 2021, pese a que se refundieron las propuestas para tramitarlas de manera conjunta.
Según el movimiento ciudadano «Disco Sopa», el desperdicio de alimentos tiene una raíz profunda, difícil de extraer sin la presencia de políticas públicas (Codexverde, 2021). Por lo anterior, resulta fundamental impulsar un proyecto de ley que frene la pérdida de alimentos, ocasione una mayor concientización ciudadana e incentive a las cadenas comerciales a donar las mermas de alimentos en vez de desecharlas.
El desperdicio de alimentos continúa siendo una materia que no ha sido considerada a cabalidad por nuestra legislación y, por ello, debe tramitarse una iniciativa que cree un nuevo organismo público que permita sistematizar la donación de alimentos no comercializables a nivel nacional. De esta manera, podrá involucrarse el Estado y el sector privado en la tarea de redistribuir alimentos que permitan suplir las carencias alimenticias de la población más vulnerable, optimizar las cadenas alimentarias, reducir el desperdicio, evitar el despilfarro de recursos naturales y contribuir al «Hambre Cero» y la «producción y consumo responsables» que establecen los Objetivos de Desarrollo Sustentable de la Organización de las Naciones Unidas.


Propuesta legislativa:

Con el propósito de reducir el desperdicio de alimentos en Chile, sométase a discusión el siguiente Mensaje Presidencial, conducente a prohibir y penalizar el desecho de alimentos que se encuentren en condiciones de consumo humano.
Artículo 1. Prohíbase la destrucción de alimentos que hayan perdido su valor comercial, pero que aún se encuentren aptos para el consumo humano. Los supermercados de más de 500 metros cuadrados tendrán la obligación de donar los alimentos que hayan sido desechados por cuestiones estéticas, daños superficiales o proximidad de la fecha de vencimiento.
Artículo 2. Créese el Instituto Nacional de Redistribución de Alimentos, en adelante «INRA», el cual será de carácter estatal y territorialmente descentralizado para contar con su presencia en la totalidad de las regiones que constituyen el territorio nacional.
Artículo 3. El INRA será el encargado de recolectar las mermas de alimentos proporcionadas por los supermercados, categorizarlas y redistribuirlas.
Artículo 4. La recolección de las mermas de alimentos se realizará tres veces por semana y, una vez que los alimentos hayan sido recepcionados por el INRA, se eximirá de toda responsabilidad a los supermercados donantes.
Artículo 5. Para garantizar la inocuidad de los alimentos donados, el INRA será asesorado por el Ministerio de Salud, la Agencia Chilena para la Inocuidad y Calidad Alimentaria y la Comisión Nacional para la Prevención y Reducción de las Pérdidas y Desperdicio de Alimentos. Dichas entidades, serán las responsables de establecer los criterios para categorizar los alimentos donados y propiciar la seguridad alimenticia de quienes los reciban.
Artículo 6. Los alimentos recepcionados por el INRA podrán ser donados a toda persona chilena que se encuentre entre el 0 y el 40% con menores ingresos o mayor vulnerabilidad según el Registro Social de Hogares.
Artículo 7. El INRA contará con una sede en cada capital regional del país para redistribuir los alimentos recolectados semanalmente. Dichos alimentos deberán ser retirados personalmente por quienes deseen acceder a ellos.
Artículo 8. Para anunciar las cantidades y especificaciones de los alimentos que serán donados semanalmente en cada sede del INRA, se dispondrá de una página web y una aplicación móvil que serán permanentemente actualizadas para mantener informada a la población que desee recibir aquellos alimentos.
Artículo 9. Los supermercados que incurran en la destrucción o desecho de alimentos aptos para el consumo humano serán multados con 650 Unidades Tributarias Mensuales.
Artículo 10. A los supermercados que donen sus mermas de alimentos dentro de los plazos establecidos y sin incurrir en faltas durante el transcurso del año, se les proporcionará una reducción del 15% del Impuesto a la Renta que deben declarar anualmente ante el Servicio de Impuestos Internos.
Artículo 11. Se prohíbe cualquier intento de comercialización durante el proceso de redistribución de alimentos.
Artículo 12. El INRA colaborará con la Asociación de Ferias Libres, Chilealimentos, Olla Rabbani, Disco Sopa y los diversos Bancos de Alimentos existentes en Chile para incentivar y agilizar la donación de alimentos por parte de aquellos locales comerciales que no contempla esta ley.
Artículo transitorio. Las disposiciones del presente proyecto serán difundidas por los principales canales de televisión abierta, estaciones de radio y diarios de circulación nacional y regional a contar de su publicación en el Diario Oficial.

Referencias iniciativa:

Biblioteca del Congreso Nacional. (2021). Desperdicio de Alimentos en Chile. Serie Minutas N°32-21. Recuperado de https://obtienearchivo.bcn.cl/obtienearchivo?id=repositorio/10221/32197/1/Minuta_32_21_Desperdicio_Alimentos_Chile.pdf
CEPAL. (2021). Panorama Social de América Latina 2020. Santiago, Chile.
Codexverde. (29 de septiembre de 2021). ¿Será suficiente? Las iniciativas para lograr la meta de reducir en un 50% el desperdicio alimentario al 2030. Codexverde: Información, Discusión y Análisis para el Desarrollo Sustentable. Recuperado de https://codexverde.cl/sera-suficiente-las-iniciativas-para-lograr-la-meta-de-reducir-en-un-50-el-desperdicio-alimentario-al-2030/
DEC UST. (28 de septiembre de 2022). Doctora de Nutrición y Dietética: en Chile, más de 1.62 millones de toneladas de alimentos se tiran a la basura. Santo Tomás en Línea. Recuperado de https://enlinea.santotomas.cl/actualidad-institucional/mundo-academico/directora-de-nutricion-y-dietetica-en-chile-mas-de-1-62-millones-de-toneladas-de-alimentos-se-tiran-a-la-basura/250030/
FAO. (2019). El estado mundial de la agricultura y la alimentación. Progresos en la lucha contra la pérdida y el desperdicio de alimentos. Roma, Italia.
ODEPA. (2021). Los Bancos de Alimentos y su rol para reducir el desperdicio de alimentos. Recuperado de https://bibliotecadigital.odepa.gob.cl/bitstream/handle/20.500.12650/70829/ArtPDA062021.pdf
Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente. (2021). Índice de Desperdicio de Alimentos 2021. Nairobi, Kenia.