Ozanam -SANTIAGO - Región Metropolitana


Título iniciativa:

Mensaje presidencial que modifica DFL2 del MINEDUC sobre propósito formativo de la E Media



Definición alternativa:

Definición Alternativa: La educación en Chile tras la pandemia mundial ocurrida en el 2020, entró en una profunda crisis existencial que podemos visualizar en la contradicción entre lo que establece el Ministerio de Educación como su propósito formativo: El principal objetivo de la Educación Media es que los y las estudiantes expandan y profundicen su formación general y desarrollen conocimientos, habilidades y actitudes que les permitan ejercer una ciudadanía activa e integrarse plenamente a la sociedad y las tasas de deserción escolar e inasistencias existentes entre el 2019 y el 2022 que alcanza un 38% según el Centro de Estudios MINEDUC. Esto viene en conjunta relación pues el colegio se ha transformado en un espacio de violencia escolar y en un sin sentido formativo entre las habilidades que nos exige el siglo XXI a nivel laboral y lo propuesto por los Planes de Estudios para III° y IV° año medio. Evidentemente el actual Plan de estudio necesita poder incluir de manera urgente asignaturas transversales asociadas a la gestión del tiempo, inteligencia emocional y hábitos de estudio, temáticas que solamente las podemos ver como talleres extra-programáticos que exceden al tiempo que un adolescente de III° y IV° Medio puede destinar. Por lo tanto nuestra propuesta es modificar el DFL 2/2010 del MINEDUC para establecer nuevas normas de utilización en las horas de libre disposición de los establecimientos con Jornada Escolar Completa para que se puedan impartir al menos en 2 horas (de las horas reglamentarias para los establecimientos, según su modalidad) asignaturas que apunten a la instauración de habilidades para el siglo XXI, como las mencionadas anteriormente.

El DFL 2/2010 del MINEDUC se contradice formativamente con lo que establece el Decreto N°876, pues mientras que el primero establece en su artículo 30 que el objetivo de la Enseñanza Media debe ser que los estudiantes se puedan desarrollar habilidades y actitudes que los formarán en el ámbito personal, social y cultural apuntando a un desarrollo de las habilidades para el siglo XXI,, el Decreto 876 intenciona el Plan de Estudios de III° y IV° Medio hacia una mirada academicista privilegiando asignaturas como Matemática y Lengua y Literatura.

Actualmente nos regimos por el Decreto Exento 876 exento del Ministerio de Educación, el que establece las tres modalidades existentes dentro del sistema educativo chileno en III° y IV° Medio (Humanista Científico, Técnico Profesional y Artístico) y la Formación Diferenciada de dichas modalidades.

La organización del tiempo escolar del presente decreto menciona que el tiempo mínimo escolar para establecimientos con cualquiera de las tres diferenciaciones será de 42 horas si están inscritos a la jornada escolar completa (Ley N° 19532).

Fundamentación de la Propuesta: Las principales necesidades que se han podido evidenciar en los estudiantes a consecuencia de la pandemia, y que consolidan nuestra propuesta es el Plan de Reactivación Educativa propuesto este año, el que establece de manera implícita la necesidad de modificar el DFL 2/2010 del MINEDUC; pues se evidencia la carencia a través de su Decreto Exento N°876 de asignaturas que enseñen habilidades blandas o que apunten a un desarrollo integral real en los estudiantes dentro de los Planes de Estudio. Por ello es que no es casual que este Plan apunte por ejemplo; al fortalecimiento de aprendizajes mediante estrategias de fortalecimiento de la innovación y educación integral, estrategias de transformación digital y la creación de Talleres de Artes y Deportes, asignaturas que deberían ser obligatorias y no parte solo de un plan de reactivación momentáneo.

A lo anterior se suma, y teniendo en cuenta el contexto pandémico, el hecho que el Ministerio de Educación, desarrolló en el 2022 la Política de Reactivación Educativa Integral Seamos Comunidad, con el objetivo de impulsar una respuesta comprehensiva y estratégica a las necesidades educativas (en áreas como el aprendizaje, la convivencia, el bienestar integral, salud mental) y de bienestar socioemocional que han emergido en las comunidades educativas durante la pandemia. Nuevamente se nos presenta una política educativa que debiera ir de la mano con los Planes de Estudio de los establecimientos y cómo no se encuentra explícita en estos se debe plantear como una solución momentánea a un contexto determinado.

Así entonces, si bien se puede evidenciar un gran intento por parte del MINEDUC para la recuperación de la formación integral y de los aprendizajes post pandemia; creemos que estos esfuerzos también deben integrarse en la legislación vigente, para que no sea un elemento transitorio sino un cambio permanente dentro del sistema educativo.


Propuesta legislativa:

Propuesta Legislativa: Teniendo todo lo anterior como antecedente es que proponemos añadir un artículo para regular los Planes de Estudio de III° y IV° Medio; manteniendo las horas de libre disposición de los establecimientos educacionales, pero con otra regulación.

Esta regulación consiste en que el sostenedor tenga la obligación de que a lo menos la mitad de las horas de libre disposición sean asignaturas ligadas a la educación emocional, salud mental, hábitos de estudio, educación vocacional; es decir, asignaturas que se enmarquen dentro de las habilidades del siglo XXI que el mismo MINEDUC proclama en sus planes y programas. Para ello proponemos que en el artículo que se agregaría al DFL/2 del 2010 se establezca la obligatoriedad de impartir asignaturas que contengan dentro de sus planificaciones, objetivos asociados a las necesidades formativas y/o valóricas antes mencionadas.

Este nuevo artículo llevaría a modificar otros decretos que regulan los planes y programas en Educación Media; logrando así el propósito formativo que el mismo DFL N°2 entrega, y actualizando la enseñanza a las habilidades del siglo XXI propuestas por el MINEDUC y a la necesidad de acortar brechas en los estudiantes en la recuperación de aprendizajes post pandemia.

La redacción del artículo sería de la siguiente forma: "Artículo 31 BIS: El Ministerio de Educación, previa consulta con el Consejo Nacional de Educación, regulará el uso de las horas de libre disposición de los establecimientos educacionales con reconocimiento oficial, para integrar la enseñanza de habilidades para el Siglo XXI, como la educación emocional, la salud mental y la orientación vocacional. Un reglamento particular regulará las horas a utilizar, materias a tratar, objetivos de aprendizaje e implementación en general del presente artículo".

Referencias iniciativa:

https://reactivacioneducativa.mineduc.cl/

https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1136650

https://www.ciperchile.cl/2022/12/19/desercion-escolar-como-evitarla/

https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1014974

https://www.curriculumnacional.cl/portal/Recursos-digitales/Desarrollo-docente/86740:Un-recorrido-por-las-habilidades-para-el-siglo-XXI

https://centroestudios.mineduc.cl/wp-content/uploads/sites/100/2023/04/APUNTES-25_2023_fd01.pdf